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Por un momento detente a pensar ¿qué harías solo con el 20 o 30% de lo que ganas actualmente? ¿Podrías tener el estilo de vida que te gusta? ¿Es lo que te gustaría recibir en tu edad de retiro?  Si no logras visualizarte tan solo con ese porcentaje de tu sueldo, este blog está diseñado pensando en ti. 

 

 

 

En ocasiones las personas piensan que solo con su AFORE podrán retirarse de manera digna, aun sin realizar aportaciones voluntarias. Esto es un error, debido a la actualización de la Ley IMSS 1973 a la Ley IMSS 1997. El esquema para el retiro ha sufrido modificaciones que afectan el a qué edad te podrás pensionar y cuánto dinero recibirás en tu retiro, antes, solo necesitabas acumular 500 semanas cotizadas, ahora 1250 semanas (25 años). En el esquema de Ley 73, las personas se podían retirar con el 80 o hasta el 100% del sueldo de los últimos 5 años, con la Ley 97 solo recibes lo que ahorraste, esto equivale al 20 o 30% del último sueldo.

Las afores promueven las aportaciones voluntarias, ya que solo una pequeña cantidad de tu sueldo se destina al ahorro, Si eres asalariado (godín), cada mes se destina a tu Afore el 6.5% de tu salario base de cotización ante el IMSS. (Esto es importante, ya que las personas contratadas bajo outsourcing o esquema mixto, se considera este ahorro con lo mínimo por ley en muchas ocasiones)… En fin de ese 6.5%, tu patrón aporta el 5.15%, tú el 1.125% y el Gobierno Federal 0.225%. OJO… Si eres freelance, todo el dinero ahorrado dependerá SOLO DE TI. Por eso es muy importante buscar maximizar los recursos y más para un fin tan importante y a tan largo plazo, es indispensable saber en qué se invierte y qué rendimientos que se puede tener.

Si ya te cayó el veinte como dirían las abuelitas, sobre la importancia del ahorro, aquí te dejo algunos datos que te pueden ayudar a aclarar tus dudas al momento de decidir donde ahorrar, para que en tu viejito te la pases tranquilo y feliz. Recuerda que la diversificación es muy importante, o sea no pongas todos los huevos en la misma canasta.

 

Las Afores invierten el mayor porcentaje de tu ahorro en instrumentos conservadores (deuda), ejemplo: en los tan famosos cetes (Certificados de la Tesorería, respaldados por el Gobierno Mexicano), ya que son muy seguros, es decir, tienen bajo riesgo. Dependiendo de la edad de la persona, puede variar y hasta tener un 20% del ahorro en instrumentos agresivos (renta variable) los cuales son inversiones que se operan en la Bolsa Mexicana de Valores a través de Casas de Bolsa. Si las personas son jóvenes, es cuando se usa este esquema, ya que les permite ganar mayores rendimientos, ya que ese dinero se usará en varios varios años. Así que si solo se invierte en opciones conservadoras, tu dinero ganara anualmente entre un 2 o 3% por encima de la inflación.

Ahora bien, existen otras opciones de ahorro para el retiro, son los llamados Planes Personales para el Retiro o PPR`s, son privados, y varias compañías los comercializan con diferentes características, los dos tipos mas relevantes: con seguros de vida o 100% inversión

Los que contienen seguro de vida funcionan así: tu aportación mensual deberás cumplirla por los años que te falten para llegar a la edad de 60 o 65 años y todo ese tiempo estarás cubierto por una suma asegurada, en 3 casos

Invalidez, Fallecimiento y/o Supervivencia.

Son seguros de vida que garantizan que ante cualquier eventualidad (invalidez), recibas tu meta de ahorro. Y en caso de fallecimiento dejas una herencia a tus beneficiarios.

Los que contienen portafolios de inversión, son planes que te permiten incrementar tu dinero, no tienen seguro de vida, son 100% inversión y son más flexibles con las aportaciones vs los que tienen seguro de vida, ya que no estas obligado a aportar rigurosamente los 25 años, o el tiempo que falte.

Si ahorras $2,000 pesos por mes a largo plazo (1250 semanas) tendrías $600 mil pesos, en el ejemplo de los planes con seguro de vida, recibirías esa cantidad más un 2 o 3% $618 mil pesos al final del plazo. En un plan con portafolios de inversión podrías alcanzar más de $1.3 millones de pesos. Pues los rendimientos se incrementan, pues no hay un costo de seguro.

Ambos planes se rigen bajo el art. 151 de la Ley de ISR, por lo tanto puedes hacer deducibles al 100% estas aportaciones y así lograr saldo a favor en tu declaración anual. Son planes diferentes, que cubren necesidades específicas (protección y acumulación) y por lo tanto conllevan riesgos distintos, por eso es importante que los estudies a detalle antes de tomar una decisión.

 

Si tienes alguna duda respecto a deducciones o PPR`s con gusto me puedes escribir y te enviare información más detallada para que estés informado y puedas tomar la mejor decisión para tu retiro.

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