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Según lo establecido en la ley vigente del Impuesto sobre la Renta, las ganancias por enajenación de acciones se consideran ingresos acumulables (artículo 18 LISR) y la tasa del impuesto se calculará aplicando un 10% sobre las ganancias obtenidas.
Antes de la modificación de la LISR de 2014, las ganancias por enajenación de acciones estaban exentas del pago de impuestos. Tras sucesivas propuestas fiscales en 2014 se eliminó dicha exención, agregando una nueva sección que contiene este régimen. Se contempla en los artículos 129 y siguientes que regulan la enajenación de acciones en la bolsa de valores.
¿Quién está obligado al pago de este impuesto?
Las personas que obtengan ingresos por la enajenación de acciones cuando se encuentren en México estarán obligadas a tributar por estas plusvalías. Es decir, debe ser residente en México o que el valor contable o títulos provenga en más del 50% de bienes inmuebles ubicados en territorio mexicano.
Artículo 129 LISR
Las personas físicas estarán obligadas a pagar el impuesto sobre la renta, cuyo pago se considerará como definitivo, aplicando la tasa del 10% a las ganancias obtenidas en el ejercicio derivadas de:
I. La enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas o de títulos que representen exclusivamente a dichas acciones, cuando su enajenación se realice en las bolsas de valores concesionadas o mercados de derivados reconocidos en los términos de la Ley del Mercado de Valores o de acciones emitidas por sociedades extranjeras cotizadas en dichas bolsas de valores o mercados de derivados.
¿Cómo se realiza el pago del impuesto?
El impuesto será retenido cuando se produzca la operación por el comprador siempre que sea residente en México o cuente con un establecimiento permanente en territorio nacional. En caso de que el adquirente no cumpla las condiciones previstas con anterioridad, será el contribuyente que venda las acciones la persona que tendrá que pagar el impuesto en las oficinas dispuestas para ello en el plazo de 15 días luego de la operación.
¿Cuál es el monto de la ganancia por la venta de acciones?
En caso de que la operación se liquide en efectivo, la ganancia o pérdida será la diferencia entre el monto que se reciba por la venta y las cantidades previas que se pagaran por la celebración de dicha operación (artículo 20 LISR), aplicando una serie de reducciones que desarrollamos a continuación.
Pero para determinar la ganancia por la enajenación de acciones deberemos también restar al ingreso obtenido por la venta de las acciones las pérdidas obtenidas en el ejercicio o las pendientes de deducir de ejercicios anteriores.
"Se disminuirá al precio de venta de las acciones o títulos, disminuido con las comisiones por concepto de intermediación pagadas por su enajenación, el costo promedio de adquisición, adicionado con las comisiones por concepto de intermediación pagadas por su adquisición, el cual se calculará dividiendo el monto efectivamente pagado, por la compra de acciones o títulos, entre el número de acciones o títulos efectivamente comprados."
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Si tienes cualquier duda adicional será un gusto ayudarte.
Saludos