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Tipos de acciones y sociedades en México

Elegir la estructura jurídica correcta exige conocer los tipos de acciones y sociedades vigentes en México. Aquí se comparan derechos, responsabilidades, obligaciones fiscales y escenarios de uso para seleccionar la figura más adecuada.
Tipos de acciones para invertir


Iniciar o formar parte de una empresa en México implica conocer los diferentes tipos de sociedades y acciones que pueden constituirse. Este conocimiento es fundamental para cumplir con las normativas nacionales y para tomar decisiones corporativas alineadas con los objetivos del negocio. A continuación se describen las alternativas disponibles en el país y la forma de seleccionar la estructura adecuada con un enfoque claro y analítico. 

¿Qué tipos de acciones existen en nuestro país?

Las acciones representan fracciones iguales del capital social de una compañía y permiten a los inversionistas adquirir participación patrimonial y derechos económicos. Además de los dividendos, ciertos tipos de acciones ofrecen facultades de participación en las decisiones corporativas, dependiendo de lo previsto en los estatutos sociales y en la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM)

Aunque existen diversas modalidades, en México destacan los tipos de acciones que se explican a continuación, debido a su influencia directa en la participación y rentabilidad dentro de las sociedades anónimas. Para facilitar la comprensión, se integra un ejemplo práctico por cada categoría. 

Acciones Ordinarias

Las acciones ordinarias son las más utilizadas y otorgan derecho a voto en las asambleas de accionistas, además de acceso a los dividendos decretados por la sociedad. Quien posee estas acciones interviene de forma directa en la conducción estratégica de la empresa. 

Ejemplo: una empresa con valuación de 100 millones de pesos mexicanos (MXN) emite 1 millón de acciones ordinarias, de modo que cada título tiene un valor nominal de 100 MXN. Si se decreta un dividendo de 5 MXN por acción, un accionista con 100 títulos recibiría 500 MXN. 

Acciones Preferentes

Las acciones preferentes confieren prioridad en el pago de dividendos y en la liquidación de la sociedad en caso de disolución. Suelen ofrecer un dividendo fijo y se pagan antes que los dividendos correspondientes a los accionistas ordinarios. En la mayoría de los casos no incorporan derecho a voto, lo que reduce la intervención del titular en la gestión de la empresa. 

Ejemplo: una compañía emite acciones preferentes con un dividendo anual del 7%. Un inversor con 200 acciones, con valor nominal de 100 MXN cada una, obtendría 1,400 MXN anuales en dividendos. 

Acciones sin Voto

Las acciones sin voto permiten percibir dividendos, pero no otorgan participación en las decisiones corporativas. Son útiles para inversionistas interesados en rendimiento financiero sin involucrarse en la administración. Para las empresas, permiten captar capital sin ceder control. 

Ejemplo: una startup tecnológica emite acciones sin voto para atraer inversión manteniendo el control en manos de los fundadores. Un inversor adquiere 500 acciones a 50 MXN cada una y recibe dividendos en función de los resultados financieros de la empresa.

¿Qué determina el precio de las acciones?
El valor de una acción en México depende del desempeño financiero de la emisora, las condiciones del mercado bursátil, el nivel de oferta y demanda y la información difundida por la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) y la Bolsa Institucional de Valores (BIVA). La rentabilidad final para el inversor varía según el tipo de acción y la salud financiera de la empresa emisora.


¿Qué tipos de sociedades existen?

En el entorno empresarial mexicano, la elección del tipo de sociedad mercantil determina la estructura legal, las obligaciones operativas y el grado de responsabilidad de quienes participan en el negocio. Las sociedades están formadas por dos o más personas (salvo excepciones previstas en ley) con el fin de realizar actividades económicas conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM)

Cada figura presenta particularidades en materia de aportaciones, administración y transmisión de la participación social. A continuación se describen las sociedades más utilizadas en México, especialmente por emprendedores y pequeñas empresas. 

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.)

La S. de R.L. es habitual entre PYMES debido a la protección patrimonial que ofrece. La responsabilidad de cada socio se limita a su aportación y el capital se divide en partes sociales, cuya transmisión requiere consentimiento de los demás socios, lo que mantiene control interno sobre la composición de la sociedad. 

  • Conformación: mínimo 2 socios y máximo 50.
  • Responsabilidad: limitada al monto aportado por cada socio.
  • Capital mínimo: no existe un mínimo legal; se fija en estatutos.
  • Administración: a cargo de uno o varios gerentes designados. 

Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)

La S.A.S. fue creada para facilitar la formalización de negocios mediante un proceso digital a través de la Secretaría de Economía. Puede constituirse de forma unipersonal y permite operar con menor carga administrativa que otras sociedades. Es especialmente útil para emprendimientos de reciente creación. 

  • Conformación: uno o varios socios (puede ser unipersonal).
  • Responsabilidad: limitada al capital aportado.
  • Capital mínimo: no requiere; puede constituirse con 1 MXN.
  • Administración: flexible, con uno o varios administradores.
Nota: sujeta a un límite anual de ingresos, ajustado periódicamente.

Sociedad Anónima (S.A. de C.V.)

La S.A. de C.V. es apropiada para empresas que buscan crecer o atraer inversionistas. El capital se divide en acciones libremente transmisibles, lo que favorece la entrada o salida de accionistas. La modalidad de capital variable permite ajustar el capital sin modificar estatutos. 

  • Conformación: mínimo de 2 accionistas.
  • Responsabilidad: limitada al capital suscrito.
  • Capital mínimo: sin mínimo legal vigente tras reformas recientes.
  • Administración: Consejo de Administración o Administrador Único; requiere Comisario

Sociedad en Comandita Simple (S. en C.S.)

La S. en C.S. combina dos tipos de participación: los socios colectivos, responsables de forma ilimitada y encargados de la gestión, y los socios comanditarios, cuya responsabilidad se limita a su aportación y sin intervención administrativa. 

  • Conformación: mínimo de 2 socios (uno colectivo y uno comanditario).
  • Responsabilidad: ilimitada para colectivos; limitada para comanditarios.
  • Capital mínimo: no previsto; depende del objeto social.
  • Administración: a cargo de socios colectivos. 

Sociedad Cooperativa (S.C.)

La Sociedad Cooperativa se integra por personas que buscan atender necesidades económicas y sociales comunes. Su capital es variable y la gestión se rige por principios democráticos conforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas

  • Conformación: mínimo de 5 socios.
  • Responsabilidad: limitada al capital aportado.
  • Capital mínimo: determinado en estatutos.
  • Administración: democrática, con sistema “un socio, un voto”.

Tipos de sociedades para crear empresas


Consideraciones fiscales y legales

Las obligaciones fiscales y legales determinan el marco operativo de cualquier sociedad en México. Su cumplimiento asegura transparencia, correcta rendición de cuentas y protección tanto para los socios como para terceros que interactúan con la empresa. Además, permiten que la entidad mantenga regularidad ante las autoridades federales y estatales. 

En términos generales, todas las sociedades mencionadas deben atender un conjunto de deberes fiscales y regulatorios comunes, definidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la normativa mercantil y las disposiciones estatales: 

  • Registro en el SAT: Cada sociedad debe inscribirse ante el SAT para obtener su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tramitar su e.firma, requisito indispensable para emitir facturas, presentar declaraciones y operar formalmente. 

  • ISR (Impuesto sobre la Renta): Las utilidades netas están gravadas con una tasa corporativa del 30%, aplicable a la ganancia fiscal luego de deducciones autorizadas. Las sociedades deben presentar pagos provisionales mensuales y declaración anual. 

  • IVA (Impuesto al Valor Agregado): Las empresas que realizan actividades gravadas deben inscribirse en IVA, llevar contabilidad relacionada y presentar declaraciones mensuales. La tasa general es 16%, salvo excepciones con tasas reducidas o exenciones sectoriales específicas. 

  • Impuesto Sobre Nómina (ISN): Es un gravamen estatal aplicado a los sueldos y salarios. La tasa varía según la entidad federativa y oscila entre aproximadamente 2% y 3%, dependiendo del estado en que opere la empresa. 

  • Cuotas al IMSS e INFONAVIT: Las sociedades empleadoras deben registrar a sus trabajadores ante el IMSS y cubrir las cuotas obrero-patronales. También deben aportar al INFONAVIT para el fondo de vivienda de los empleados. 

  • Contabilidad Electrónica: Todas las sociedades están obligadas a llevar contabilidad electrónica y enviarla periódicamente mediante los sistemas del SAT, incluyendo pólizas, balanzas y catálogos. 

Diferencias fiscales y legales entre cada sociedad

Aunque las obligaciones generales son similares, cada figura societaria presenta matices en materia administrativa, contable y de supervisión. 

Tipo de sociedad
Diferencias
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.)
Menor carga administrativa que la S.A. y estructura flexible para PYMES. Requiere fedatario público para su constitución.
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
Constitución digital y gratuita. Ventajas para emprendimientos con ingresos moderados. Sujeta a límite anual de ingresos y menor rigor formal que otras sociedades.
Sociedad Anónima (S.A. de C.V.)
Mayor formalidad: asambleas periódicas, obligación de Comisario, controles internos más estrictos y estructuras contables más robustas. Frecuente auditoría externa.
Sociedad en Comandita Simple (S. en C.S.)
Responsabilidad diferenciada según tipo de socio. Complejidad administrativa mayor al integrar socios colectivos con responsabilidad ilimitada.
Sociedad Cooperativa (S.C.)
Régimen fiscal particular, con posibles diferimientos de ISR según su actividad. Organización democrática y enfoque social en la operación.
 

Ventajas y desventajas de cada tipo de acción y sociedad

Cada modalidad de acción y cada estructura societaria ofrece beneficios y limitaciones que conviene evaluar para alinear la figura jurídica con los objetivos financieros y operativos de la empresa.

Tipo de acción
Ventajas
Desventajas
Acciones ordinarias
Derecho a voto. Participación en dividendos. Mayor liquidez.
Mayor riesgo en escenarios de liquidación. Dividendos no garantizados.
Acciones preferentes
Prioridad en dividendos. Dividendos fijos. Mejor posición en liquidación.
Generalmente sin voto. Menor potencial de apreciación.
Acciones sin voto
Acceso a dividendos. Menor costo por título. Atractivas para inversionistas pasivos.
Menor atractivo económico. Limitaciones en eventos corporativos.

A continuación se muestran las correspondientes a las principales sociedades en México:

Tipo de sociedad
Ventajas
Desventajas
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.)
Responsabilidad limitada. Carga administrativa menor que la S.A.
Restricciones en transmisión de partes sociales. Límite de 50 socios.
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
Constitución digital rápida. Flexibilidad organizativa. Útil para startups con ingresos moderados.
Sujeta a tope anual de ingresos. Menos adecuada para negocios de gran escala.
Sociedad Anónima (S.A. de C.V.)
Facilita atracción de capital. Acciones libremente transmisibles.
Mayor rigor formal. Requiere Comisario. Costos notariales y contables más altos.
Sociedad en Comandita Simple (S. en C.S.)
Combina socios con distintos niveles de responsabilidad. Estructura adaptable.
Responsabilidad ilimitada para socios colectivos. Administración más compleja.
Sociedad Cooperativa (S.C.)
Responsabilidad limitada. Posible diferimiento de ISR según actividad. Enfoque social.
Requiere mínimo de 5 socios. Gestión democrática más lenta.

Cómo elegir la estructura adecuada para tu negocio

La elección de la figura societaria influye en la capacidad de crecimiento, la operación diaria y la relación entre socios. Estos criterios pueden servir como guía inicial:

  • Tipo de negocio y sector: La actividad determina necesidades regulatorias, licencias y niveles de control interno.

  • Visión a futuro: Si se prevé atraer inversionistas, emitir acciones o escalar operaciones, conviene optar por figuras con mayor flexibilidad corporativa.

  • Responsabilidad y riesgos: El nivel de riesgo financiero y operativo ayuda a decidir si conviene una estructura con responsabilidad limitada o esquemas mixtos.

  • Requisitos de capital: Cada figura admite distintos parámetros en aportaciones, capital variable y formalidades para su modificación.

  • Número de socios: La estructura debe ajustarse a la composición prevista: unipersonal, pequeños grupos o colectivos amplios.

La decisión final depende de las características de tu proyecto y de las metas que pretendas alcanzar. Una evaluación detallada de tu modelo de negocio, nivel de riesgo y necesidades de capital facilitará elegir la figura societaria más adecuada dentro del marco legal mexicano.

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