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SAT amplía plazo para la declaración anual

SAT amplía plazo para la declaración anual

Como es sabido, tradicionalmente el plazo para presentar la declaración anual para personas físicas termina cada 30 de abril, pero para este año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) decidió ampliar el plazo y la nueva fecha es el 31 de mayo, es decir se contará con otro mes para que los contribuyentes puedan realizar su declaración de impuestos del año 2020.

 

Para sustentar la nueva fecha, el SAT publicó el 4 de abril una versión anticipada de la Resolución de la Miscelánea Fiscal en donde dice que “para los efectos del artículo 150, primer párrafo, de la Ley de Impuesto sobre la Renta (ISR) las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2020 a más tardar el 31 de mayo”.
 
Además, y para ayudar a los pagadores de impuestos, si alguien no cuenta con su Contraseña, el SAT también facilita los trámites para no asistir a una oficina y se puede renovar y hasta generar por medio de SAT ID.
 
 

¿Quiénes deberán presentar la declaración anual 2020?

Las personas físicas que en 2020:
  • Obtuvieron ingresos por salarios (o sea los que tuvieron un patrón y dejaron de tenerlo antes del 31 de diciembre del 2020).
  • Los que obtuvieron ingresos de diferentes sueldos.
  • Quienes trabajaron para dos o más patrones al mismo tiempo.
  • Cuyo salario provenga del extranjero.
  • Quienes obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Quienes por la totalidad de todos sus ingresos excedieron los 400 mil pesos.
  • Quienes prestan servicios profesionales y cobran por honorarios.
  • Los del régimen de actividad empresarial.
  • Quienes tributan en el régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales (bimestrales).
  • Quienes hagan actividades empresariales utilizando plataformas tecnológicas.
  • Quienes obtienen ingresos rentando algún inmueble.
  • Si alguien enajenó bienes.
  • Si adquirieron bienes.
 
De igual manera una persona física debe informar al SAT algún préstamo, donativo o premio obtenidos durante 2020, que sea mayor a 600 mil pesos.
 
Esta ampliación de plazo para presentar la declaración anual se autorizó debido al impacto de la pandemia, pues al igual que el año pasado en este 2021 seguimos viviendo sus efectos, aunque la diferencia esta vez en comparación al año pasado es que ahora se otorgó sólo un mes de prórroga.
 



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