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Cachilipox 28/06/25 07:08
Ha respondido al tema Acceso a ayuda mayores 52 años siendo autonomo y cesando voluntariamente en la actividad sin motivos economicos
La prestación por "cese de actividad", aunque se conoce como "el paro de los autónomos", jurídicamente no tiene nada que ver con la "prestación por desempleo".Se lleva mucho tiempo hablando en lo político de hacer algún tipo de pasarela entre cese de actividad de autónomos y subsidios por desempleo, al menos el de mayores de 52 años. Pero por ahora, no hay correspondencia alguna.Además, tal como comentas, si el cese es voluntario, ni siquiera sería asimilable a desempleo por causas involuntarias. Es como pedir una excedencia o dimitir del puesto en el régimen general. Algo perfectamente legal, pero que no da derecho a prestación por desempleo (ni subsidios).En plan modo posibilista, y dentro de lo legal:Ya que al parecer tiene ahorros económicos (eso que comentas de formalizar un convenio especial....), podrías perfectamente alargar la situación de alta en RETA, a los solos efectos de acumular 1 año de pérdidas. Una vez tengas ya ese 1 año de pérdidas (significativas), cesas voluntariamente la actividad (por pérdidas), y solicitas el cese de actividad. Como debes llevar bastante tiempo cotizando, eso te daría 2 años de prestación por cese.
Cachilipox 24/06/25 10:55
Ha respondido al tema Seguridad social de una autonomo societario ( Es Pago en especie si o no )
A.- Hay que declararlo, sí o sí.B.- Se declara como retribución dineraria o en especies, según cual sea la cuenta bancaria donde esté domiciliada la cuota RETA. Si está domiciliada en una cuenta tuya particular, y la empresa, además de tus emolumentos, te transfiere unos fondos para el RETA, eso es retribución dineraria. Si la empresa te transfiere a ti solo tus emolumentos, y asume la domiciliación en una cuenta propia, eso entonces es retribución en especies. De ambas dos maneras, la cuantía que la empresa se deduce, y tú tributas, es exactamente la misma.
Cachilipox 22/06/25 06:25
Ha respondido al tema Usufructo de piso a padre para alquileres y luego donacion padre a hijo
Habiendo coherederos, la cosa se puede complicar.Se podrían declarar expresamente esas donaciones como no colacionables.Aunque tiene sus límites.....
Cachilipox 22/06/25 04:15
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Tiene pinta de ser una forma de apañar las valoraciones fiscales a lo establecido en el Reglamento IRPF, Artículo 48:"... se considerará precio ofertado al público, en las retribuciones en especie [...] el previsto en [...] deduciendo los descuentos ordinarios o comunes. Se considerarán ordinarios o comunes [...]cualquier otro distinto a los anteriores siempre que no excedan del 15 por ciento ni de 1.000 euros anuales."Traducido a tu futura declaración IRPF, por ese bien recibido a coste 0,00 €, deberías declararlo por 26,99 € - 15 % = 22,94 €. (4,05 € de descuento)Y el total de descuentos aplicados en todo el año, estaría topado a 1.000 € como máximo.
Cachilipox 21/06/25 12:52
Ha respondido al tema Me cobran el IVA 2 veces.
No parece muy correcto.Tratan el IVA de la compra como si fuera un IVA no deducible, y a continuación repercuten el IVA, tanto sobre la base de lo comprado como sobre el IVA de lo comprado.
Cachilipox 17/06/25 15:06
Ha respondido al tema Los 22.000 euros que obligan a la presentación de la RENTA... ¿qué casilla son?
Ingresos íntegros (=todos). Casilla 0012.
Cachilipox 15/06/25 15:00
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Tu interpretación será todo lo razonable que quieras.Pero la Ley no dice eso.Y respecto de la web en concreto, el artículo principal iba solo de lo de Vine.Lo de Wallapop solo se comenta en un comentario anexo. Y lo que dicen no es correcto.O sea, si eres viner, ganancia patrimonial no procedente de transmisión, base general, por el valor de mercado de los bienes o servicios recibidos.Si además eres wallapoper, ganancia patrimonial SÍ procedente de transmisión, base del ahorro, por la diferencia entre precio de venta - coste de adquisición.
Cachilipox 15/06/25 11:36
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
El cuerpo principal de ese artículo solo habla del programa Vine de Amazon.Y muy correctamente, lo referencia a "valor de mercado", sin entrar en mayor detalle.Más abajo, en las respuestas a los comentarios, alguien o algo identificado como "La Nube Fiscal", en una respuesta del 22 de noviembre de 2024, a las 8:14 am, dice algunas cosas sobre ser wallapoper una vez ya eres viner.Varios comentarios:.- Lo que dice no es correcto, pues no es coincidente con lo que dice la normativa (Ley IRPF). Expone que en una ganancia patrimonial procedente de transmisión onerosa, como valor de adquisición se utiliza el valor de mercado. Y eso no es así, en base al articulo 35 Ley IRPF.Es más, precisamente lo que dice dicho artículo es que si vendes POR DEBAJO de ese valor de mercado, debes declarar al menos como precio efectivo de venta el valor de mercado.O sea, ventas a la desesperada en Wallapop, debes declarar no por el importe vendido, sino por el valor de mercado de dichos bienes. Así que mejor no remenar en exceso este punto..- El tal "La Nube Fiscal", una de dos, o es directamente un amable bot (un ChatGPT muy bien entrenado), o es un humano que usa con profusión dicha ayuda. Dicha aplicación es fantástica y extraordinaria, pero ni acierta siempre ni por ahora crea doctrina nueva, ni siempre busca recursos en las fuentes mejores. Si dicho artefacto encuentra una información errónea en una fuente aparentemente fiable (un blog de un despacho fiscal, por ejemplo), replicará dicho error como si de la verdad mas absoluta se tratase.Un humano prudente y concienzudo, si lee algo chirriante o sorprendente en una fuente fiable, irá al BOE a contrastar. ChatGPT no hace eso.
Cachilipox 12/06/25 09:32
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Me sorprende mucho tanto el aparente conformismo de una parte de viners afectados (declaro lo que Amazon dice, sin más, y apañado, aunque sepa que es injusto), como la temeridad rayana en la estupidez de otros que por pura rabieta, simplemente deciden (veremos si osan hacerlo), no declarar, aunque estén obligados.Meterse en pleitos y fraudes fiscales contra hacienda, a sabiendas, NUNCA es aconsejable. Además, es ilegal.Y me sorprende porque el palo económico en muchos casos es muy significativo, TENIENDO en la normativa legal herramientas más que suficientes como para pelearlo de forma razonable y razonada.El asunto está, como algún forero ya ha comentado, en poder justificar y acreditar de manera suficiente el VALOR DE MERCADO de los bienes recibidos. Eso y no otra cantidad es lo que cualquier viner amateur de andar por casa debiera declarar en su IRPF.Y claro, ser viner no es solo recibir "regalos" y "regalos", es también hacerles seguimientos, reseñarlos, valorarlos.... Vamos, convertirte en un casi "experto pericial".O sea, cualquier viner que se precie, y lleve un control mínimo adecuado (o sea, ludópatas impulsivos excluidos), podría acreditar mediante una razonada Declaración responsable, que donde Amazon dijo 47.836 € (precio PVC "nominal" a salida de producto), realmente corresponderían 18.359 € (verdadero valor de mercado, justificado por ... y por .....).¿Es que Amazon nos tiene manía, y/o declara mal los importes?No, para nada. Como la cosa es muy novedosa, Amazon se limita a seguir lo que establece el articulo 48 del Reglamento del IRPF.Y es válido, para establecer el importe base a declarar (con alguna salvedad).PERO.....ESE ARTÍCULO COMO TAL ES SOLO VINCULANTE Y DE APLICACIÓN PARA LAS RENTAS DEL TRABAJO!!!!!!!!!En este caso, cualquier viner normalito no declara rentas del trabajo de Amazon, sino ganancias patrimoniales no procedentes de transmisión.Y ahí, la Ley del IRPF, artículo 43 y vinculados, dice muy claramente que el importe de la ganancia patrimonial es EL VALOR DE MERCADO!!!!!!Sr./Sra. Viner esquilmada, justifique ud. un Valor de Mercado razonable y acreditable, que necesariamente será inferior al valor PVP nominal de Amazon (que es el dato fiscal declarado que consta en la AEAT), y pagará impuestos, por supuesto que sí, pero pagará los impuestos justos y legales.Y sobre todo, CUMPLA LA LEY.
Cachilipox 05/06/25 12:02
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Con todo el respeto, llevarlo por lo de consumidores no tiene absolutamente ningún sentido, pues nadie ha sufrido perjuicio en su relación, como consumidor, con el comerciante Amazon.Puede que haya desilusión o frustración por la calidad de algunos "regalos", pero perjuicio, ninguno.Los daños, económicos, se producen solo en sede fiscal, y en relación con la Agencia Tributaria y la normativa del IRPF. Y respecto de eso, nadie es "consumidor", sino obligado tributario.El mismo hecho, la entrega por Amazon de unos bienes, si cambia la normativa tributaria, cambia el impacto y daño económico. Ni los servicios de consumo autonómicos o locales, ni las asociaciones de consumidores son competentes para un pleito fiscal contra la Agencia Tributaria y la normativa del IRPF (que es un mandato del legislador....)