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Cachilipox 23/08/25 12:10
Ha respondido al tema Alquiler parking
No se que hace normalmente la gente. Supongo que hay de todo, desde quien alquila en B sin declarar nada, hasta el que formaliza una SL "patrimonial" (hay gente pa'tó).Nota: Una excepción a lo dicho, si la propiedad es ganancial. En tal caso, realmente no sería posible conseguir un nif de CB, y como ambos dos cónyuges son propietarios al 100 % de forma indivisa de la cosa, tanto monta que monta tanto, y a efectos del IVA solo lo declara uno de los 2 (y así también lo de la emisión de la factura). Luego en el IRPF, juntos o separados según sea la declaración, atribuyendo a cada uno la mitad. 
Cachilipox 22/08/25 12:55
Ha respondido al tema Alquiler parking
Un único y mismo proveedor puede hacer una factura para dos clientes.Pero lo contrario, que dos proveedores hagan una factura conjunta a un solo cliente no se contempla en la normativa.Para estas cosas de alquileres de propiedades conjuntas, o cada titular hace su propia sub-factura y presenta sus propias liquidaciones de IVA, o se solicita un nif de Comunidad de bienes, y entonces es esta CB la que presenta las facturas y liquida los IVAS.
Cachilipox 28/07/25 12:59
Ha respondido al tema Iva soportado Asociación cultural sin ánimo de lucro exento de iva.
Existe el error frecuente de interpretar eso de "entidad exenta de IVA" con pensar que se tiene la exención del IVA soportado. Y no, solo es exención respecto de recaudar IVA con las cuotas de los socios. Pero se paga IVA como cualquier otra persona, física o jurídica.
Cachilipox 25/07/25 12:54
Ha respondido al tema Uso de local cedido por socio gratuito a su SL
Es algo plenamente legal, pero muy "exótico".Te aconsejo leer, entre otras: La aportación social en uso.https://vlex.es/vid/aportacion-social-uso-328393 Tratamiento y naturaleza de las aportaciones de socios a la cuenta 118 del PGC https://gimenez-salinas.es/tratamiento-y-naturaleza-de-las-aportaciones-de-socios-a-la-cuenta-118-del-pgc/Nota: el derecho de uso es un derecho real que tiene una valoración fiscal, y puede generar la obligación de presentación de liquidaciones de impuestos patrimoniales, aunque sea exento.
Cachilipox 09/07/25 06:03
Ha respondido al tema Amortizacion del donatario de usufruto temporal, hay que quitar el suelo?
No se de donde te sale ese divisor de 12 que pones, ya que dices que la cesión temporal del usufructo es por 10 años.Si el valor del inmueble es de 50.000, y se cede por un periodo de 10 años, el valor del derecho de usufructo es de 50.000 x 10 x 2% = 10.000 €Si te refieres a que el usufructo temporal ha sido valorado a efectos del ISD en 50.000 €, pues eso es lo que vale en derecho de usufructo.El usufructo no es un título de propiedad sobre el inmueble, no le afecta por tanto la composición del valor catastral entre suelo y construcción. El usufructo es un derecho sobre un bien ajeno. Como tal derecho, se va consumiendo a lo largo del tiempo. En el caso de cesión temporal, a razón del tiempo transcurrido en relación al tiempo total del derecho.Si el valor fiscal del derecho son 10.000 €, y la duración 10 años, cada año se consume 1/10 parte de dicho valor, 1.000  €.Y si el valor son 50.000 €, cada año se consumen 5.000 € de valor fiscal del derecho.El IIVTNU en este caso es un mayor valor de adquisición del derecho, ya que el sujeto pasivo es el beneficiario a favor de quien se haya constituido el usufructo a título lucrativo.Por tanto, el valor total final del derecho de usufructo serían o 12.000 € o 52.000 €, y su "consumo" fiscal 1/10 de esa cuantía por cada año, 1.200 o 5.200.
Cachilipox 28/06/25 07:08
Ha respondido al tema Acceso a ayuda mayores 52 años siendo autonomo y cesando voluntariamente en la actividad sin motivos economicos
La prestación por "cese de actividad", aunque se conoce como "el paro de los autónomos", jurídicamente no tiene nada que ver con la "prestación por desempleo".Se lleva mucho tiempo hablando en lo político de hacer algún tipo de pasarela entre cese de actividad de autónomos y subsidios por desempleo, al menos el de mayores de 52 años. Pero por ahora, no hay correspondencia alguna.Además, tal como comentas, si el cese es voluntario, ni siquiera sería asimilable a desempleo por causas involuntarias. Es como pedir una excedencia o dimitir del puesto en el régimen general. Algo perfectamente legal, pero que no da derecho a prestación por desempleo (ni subsidios).En plan modo posibilista, y dentro de lo legal:Ya que al parecer tiene ahorros económicos (eso que comentas de formalizar un convenio especial....), podrías perfectamente alargar la situación de alta en RETA, a los solos efectos de acumular 1 año de pérdidas. Una vez tengas ya ese 1 año de pérdidas (significativas), cesas voluntariamente la actividad (por pérdidas), y solicitas el cese de actividad. Como debes llevar bastante tiempo cotizando, eso te daría 2 años de prestación por cese.
Cachilipox 24/06/25 10:55
Ha respondido al tema Seguridad social de una autonomo societario ( Es Pago en especie si o no )
A.- Hay que declararlo, sí o sí.B.- Se declara como retribución dineraria o en especies, según cual sea la cuenta bancaria donde esté domiciliada la cuota RETA. Si está domiciliada en una cuenta tuya particular, y la empresa, además de tus emolumentos, te transfiere unos fondos para el RETA, eso es retribución dineraria. Si la empresa te transfiere a ti solo tus emolumentos, y asume la domiciliación en una cuenta propia, eso entonces es retribución en especies. De ambas dos maneras, la cuantía que la empresa se deduce, y tú tributas, es exactamente la misma.
Cachilipox 22/06/25 06:25
Ha respondido al tema Usufructo de piso a padre para alquileres y luego donacion padre a hijo
Habiendo coherederos, la cosa se puede complicar.Se podrían declarar expresamente esas donaciones como no colacionables.Aunque tiene sus límites.....
Cachilipox 22/06/25 04:15
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Tiene pinta de ser una forma de apañar las valoraciones fiscales a lo establecido en el Reglamento IRPF, Artículo 48:"... se considerará precio ofertado al público, en las retribuciones en especie [...] el previsto en [...] deduciendo los descuentos ordinarios o comunes. Se considerarán ordinarios o comunes [...]cualquier otro distinto a los anteriores siempre que no excedan del 15 por ciento ni de 1.000 euros anuales."Traducido a tu futura declaración IRPF, por ese bien recibido a coste 0,00 €, deberías declararlo por 26,99 € - 15 % = 22,94 €. (4,05 € de descuento)Y el total de descuentos aplicados en todo el año, estaría topado a 1.000 € como máximo.
Cachilipox 21/06/25 12:52
Ha respondido al tema Me cobran el IVA 2 veces.
No parece muy correcto.Tratan el IVA de la compra como si fuera un IVA no deducible, y a continuación repercuten el IVA, tanto sobre la base de lo comprado como sobre el IVA de lo comprado.