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¿Cómo saber quién es el beneficiario de un afore?

Cuando desafortunadamente un trabajador fallece y cuenta con una Cuenta Individual, los recursos que están dentro de ella serán heredables, sin embargo, ¿Qué pasa si por alguna situación especia no anote a un beneficiario? ¿Quién puede ser el beneficiario?

beneficiario afore

Se ha sabido de casos en los que un trabajador, por alguna situación especial (que es huérfano, que nunca se casó o que enviudó y no tuvo hijos) desee que su pensión (Afore) la goce un familiar como alguna tía, sobrinos o alguna persona que aprecie mucho.

PERO dentro del marco legal, del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, se establece quiénes son las personas a las cuales se les entregan los recursos del trabajador, es decir al final de cuentas estos institutos lo deciden.

 

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios?

Los beneficiarios legales tienen derecho a una pensión y, por ende, a disponer de los recursos de la Cuenta Individual a manera de pensión o en una sola exhibición.

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios? De acuerdo con la Ley del Seguro Social

En este marco legal establecen a los beneficiarios a:

  • La viuda, o el viudo (si este último dependió económicamente de la trabajadora).
  • Los hijos menores de 16 años (o mayores de 16 si no pueden mantenerse por su propio trabajo o están estudiando en planteles del sistema educativo nacional hasta los 25 años).
  • A falta del cónyuge, la concubina, o el concubinario (si este último dependió económicamente de la trabajadora).
  • A falta del cónyuge, hijos, concubina o concubinario, los beneficiarios legales serían cada uno de los ascendientes del trabajador si dependían económicamente de él.

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios? según el Artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo 

Tendrán derecho a recibir indemnización según la Ley Federal del Trabajo, en los casos de muerte o desaparición derivada de un acto delincuencial

  • La viuda o el viudo.
  • Los hijos menores de 18 años y los mayores de esta edad si tienen una incapacidad de 55% o más.
  • Los hijos de hasta 25 años que se encuentran estudiando en algún plantel del sistema educativo nacional.
  • A falta de cónyuge, la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los 5 años que precedieron inmediatamente a su muerte, o con la que tuvo hijos.
  • Las personas que dependían económicamente del trabajador, debiendo acreditar la dependencia económica.
  • A falta de las personas mencionadas en las fracciones anteriores, el Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

¿Qué pasa con las aportaciones voluntarias?

A partir del 1° de enero de 2021, derivado de la Reforma a la Ley del Seguro Social, se establece que, en caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, tendrán derecho a recibir los recursos de la cuenta individual que no tengan un fin específico, como el de ser utilizados para contratar una pensión, los beneficiarios designados expresamente por el titular en su AFORE, con los porcentajes ya designados para cada uno de ellos. 

Es decir que los beneficiarios designados por el titular de la Cuenta Individual ya no tendrán que llevar a cabo un juicio para tener derecho a la disposición de estos recursos, como ocurría antes.

Preguntas Frecuentes sobre los Beneficiarios 

¿Qué sucede si el trabajador no dejo Beneficiarios?

En caso de que el trabajador que ha fallecido no hubiera dejado escrito a un beneficiario, la asignación de los recursos se hará en el orden de lo escrito dentro del artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo escrito anteriormente.

¿Quién puede ayudar al los tramites o dudas a los beneficiarios?

Los interesados podrán acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría y atención en forma gratuita.

Para que te puedas comunicar con mayor facilidad te dejamos el siguiente correo electrónico: [email protected] 

Pasos para el Retiro de los recursos por Beneficiarios del IMSS

  • En caso de ser beneficiario legal, acude a la Subdelegación del IMSS para que te emita la Resolución de pensión correspondiente.
  • Acudir a la AFORE en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido con los documentos que te acrediten como beneficiario y llenar el formato de Disposición de Recursos que te proporcionarán ahí.
  • Una vez procesada la solitud, la AFORE pondrá a disposición del beneficiario los recursos en una sola exhibición correspondientes al régimen pensionario.

Beneficiario Legal

Retiro por Beneficiarios del ISSSTE

Dentro del ISSSTE existen dos tipos de beneficiarios, los legales y los sustitutos:

  • Legales: Son los que establece Ley del Seguro Social
  • Sustitutos: Aplican a falta de los legales. No tienen derecho a una pensión, pero sí a disponer de los recursos de la cuenta AFORE. El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje es quien emitirá la resolución para designarlos como beneficiarios de los recursos.

Pasos para realizar el tramite de Retiro en el ISSSTE 

  • En caso de ser Beneficiario legal, acude a la Delegación del ISSSTE, para que te emita la Concesión de pensión correspondiente. En caso de ser Beneficiario Sustituto, acude al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que te designa como beneficiario o bien, acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría jurídica gratuita.
  • Acudir a la AFORE en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido con los documentos antes mencionados y llenar el formato de Disposición de Recursos que te proporcionarán ahí.
  • Una vez procesada la solitud, la AFORE pondrá a disposición del beneficiario los recursos en una sola exhibición correspondientes al régimen pensionario.

NOTA: En caso de no tener derecho a una pensión se entregarán la totalidad de los recursos en una sola exhibición.

 

 

 

 

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  1. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #20
    12/10/19 19:33

    Como puedo hacer una pregunta

  2. en respuesta a Vero De Luna
    -
    Top 10
    #19
    26/08/19 23:34

    Hola,

    Si alcanza para pensión se entrega así, si no alcanza se entrega en un solo pago.

    Pero primero hay que estar seguros que son los beneficiarios legales del difunto, ¿sabe si lo es?

  3. Nuevo
    #18
    23/08/19 19:26

    Hola cuando el cónyuge fallece y ya no estaba laborando desde hace 6 años, te dan el dinero de su Afore y del IMSS-INFONAVIT completo, el total que aparece en el estado de cuenta del AFORE? Y te entregan el dinero en pagos mensuales o en una sola exhibición? Gracias

  4. Nuevo
    #17
    11/08/19 19:31

    Buenas tardes, tengo una pregunta; acaba de fallecer el papá de mi hija, estuvimos juntos por mas de 5 años pero nos separamos hace 9, cuando nuestra hija tenia 1 año de edad; él se encontraba desempleado por una enfermedad que le impedía laborar... debido a esto, no daba pensión alimenticia ni apoyo economico alguno. Mi pregunta es; si mi hija podria ser beneficiaria de su afore?? y si es asi, que se debe hacer para reclamarlo? mi hija cuenta con 10 años en este momento. Por su atencion muchas gracias.

  5. en respuesta a Dencapla
    -
    Top 10
    #16
    01/08/19 00:40

    Hola,

    Hay que llevar la “resolución de negativa de pensión” que debe otorgar el IMSS o ISSSTE, luego con ello se va a solicita el retiro de los recursos de la afore del trabajador fallecido y lo que seguirá es una serie de requisitos y documentos que dicha junta le hará saber y le pedirá a quien esté haciendo el trámite.

    Saludos.

  6. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #15
    30/07/19 22:44

    Hola
    Saben que documentos se deben llevar a la junta de conciliacion y arbitraje para la resolución de beneficiarios no legales?

  7. Nuevo
    #14
    25/05/19 03:24

    Hola mi duda es si mis hijos tiene derecho a parte del Afore de su papá el falleció hace dos años nosotros estuvimos casados por 8 años solo tuvo dos hijos conmigo él se volvió a casar no tuvo más hijos ... Mi duda es si ellos tienen derecho a algo del Afore tiene 13 y 12 años

  8. Nuevo
    #13
    21/05/19 11:43

    Como puedo saber a qué Afore pertenesco

  9. Nuevo
    #12
    17/04/19 19:33

    para reclamar el pago de afore, se puede reclamar por parte de los hermanos del trabajador fallecido, si cuentan con un documento de un juez familiar que a través de un juicio sucesorio intestamentario los declaro como herederos únicos y universales, y con este acudir al tribunal federal de conciliación y arbitraje, el trabajador no tuvo esposa concubina ni hijos ya no viven los papas, solo los hermanos ya todos adultos , si se les puede entregar la afore?
    gracias

  10. en respuesta a Palomarquez1987
    -
    Top 10
    #11
    22/03/19 11:14

    Hola,

    El dinero de las Afores no se hereda porque es una cuestión de leyes, es decir, está sentado en la Ley del IMSS que el instituto es quien determina al o los beneficiarios legales de un derechohabiente y aunque parezca absurdo no se hereda porque en la ley no dice que ese se puede heredar, no sé si me explico. Ejemplo: para que algo sea considerado robo no basta que alguien hurte algo, la ley debe contemplarlo tal cual, si no es así pues no es robo.

    Los hijos pueden ser los beneficiarios de la Afore de los padres si están en esta situación:
    - Menores de 16 años.
    - Hijos entre 16 y 25 años pero que estén estudiando.

    Tú ya no puedes ser beneficiaria legal, pero podrías intentar ser beneficiaria sustituta pero en ese caso no se te daría una pensión, solamente se te entrega en un solo pago lo que tu padre haya dejado en su cuenta de Afore. Lo que debes hacer para tramitar esto es primero ir a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y pedir que te emita el "laudo que te designe como beneficiaria" o si gustas primero acude a Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para que ellos te asesoren jurídicamente sobre este asunto (los servicios son gratuitos).

    Si la Junta te da ese documento, entonces lo llevas a la subdelegación del IMSS que corresponda junto con:

    - Identificación oficial (tuya y de tu papá).
    - Algún documento que contenga el Número de Seguridad Social de tu papá.
    - Acta de Nacimiento (tuya y de tu papá).
    - Certificado de Defunción de tu papá.
    - CURP (tuyo y de tu papá).
    - Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor de 3 meses (servicio de luz, agua, gas, boleta del predial, telefonía fija).
    - Un estado de cuenta de Afore, consulta de saldo, resumen o certificación de saldos o el contrato de la Afore de tu papá.
    - RFC de tu papá.
    - Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de cuenta CLABE.

    Me dices cómo te fue para seguir orientándote.

    Saludos.

  11. Nuevo
    #10
    22/03/19 01:06

    Hola mi padre murió de 76 años. Estaba dado de alta como empleado. El nunca se caso con mi mama pero me tuvieron a mi y el me registro. Yo tengo 31 años. Yo no se a quien pondria de beneficiario por que el tenia a más nadie que a mi. Aun así no se si el siquiera estuviera consciente por su edad de eso. Mi pregunta es por qué no puedo heredar yo si soy su única hija y entonces si yo no puedo quien se queda con lo de mi padre en su afore? Gracias. PD. Mi madre ya murió también.

  12. en respuesta a Mauricio Pf
    -
    Top 10
    #9
    14/03/19 14:56

    Hola,

    En este caso ninguno aplica para reclamar estos recursos, pues la Ley sólo menciona hasta los padres y a falta de estos no contempla a ningún otro familiar.

    Pero si tu tío en vida señaló a alguno de los familiares que mencionas a falta de beneficiarios legales, entonces sí pueden reclamar el recurso ¿sabes si dejó por escrito como beneficiarios a alguno de los familiares que le sobreviven?

    Saludos.

  13. Nuevo
    #8
    13/03/19 22:11

    Muy buenas noches, mi pregunta es acerca de nombrar un beneficiario sustituto para mi familiar fallecido, fue mi tío, murió a la edad de 49 años, soltero, nunca tuvo hijos ni cónyuge, mis Abuelos ambos ya fallecieron, de linea familiar le sobreviven 2 hermanas mi Mamá que es soltera pensionada, y mi Tía que es casada, después yo soy su sobrino y mi hermana sobrina, cual seria el tramite para solicitar ya sea por parte de mi madre o tía, que así lo quieren, reclamar sus recursos del afore, le agradezco su fina atención y comentarios.

  14. en respuesta a Salem77
    -
    Top 10
    #7
    04/03/19 19:04

    Hola,

    No se puede, en este caso el niño por línea csanguínea tiene preferencia y además al ser menor la madre es la que recibe ese beneficio.

  15. Nuevo
    #5
    01/03/19 11:28

    Buenos días,mi hermano falleció y quedamos como beneficiario mi madre y yo,mi mamá ya falleció ,mi hermano no se casó pero tuvo un hijo el cual lo registró y ya lo volvimos a ver hasta que murió mi hermano,el niño tiene ocho años,mi pregunta es yo no puedo ser beneficiaria ,es decir litigar para que la afore sea compartida?

  16. Nuevo
    #4
    10/12/18 11:13

    Cómo puedo cambiar a mi beneficiario de mi afore ya que era mi mamá pero lamentablemente falleció hace poco

  17. en respuesta a Jorge Herrerias
    -
    #3
    04/12/17 08:21

    por favor dime cuales son los documentos que necesito para recuperar la afore (principal) de mi hermana fallecida de lo cual mi mama es la beneficiaria legalpor favor se lo mas esplicito posibleconcretame la informacion porque la que me poporciona el seguro immss es confusa impresisa y tendensiosa en este paiis las reglas las interpretan cada cual a su criterio nadie sabe nada te mandan de un lugar a otro enfin es un relajo mucho te he de agradecer tu valiosa informacion tengo meses tratando de concretar la recuperacion de este dinero que no es del seguro social ni de nadie mi hermana se lo dejo a mi mama esta aclarado que la beneficiaria legal es mi mama y el imss te pide una constancia textualente testimonial de dependencia economica expedida por la autoridad judicial no entiendola cuenta esta anombrede mi hermana no del seguro social le pertenece a ella en fin espero tus amables instrucciones con el unico fin de recperar esta afore ya que no le queda mucho de vida y pueda tener unpoco mas para que viva sus ultimos dias en paz gracias

  18. en respuesta a Jorge Herrerias
    -
    Top 10
    #2
    29/11/17 12:12

    Hola,

    El documento de la autoridad judicial no sirve para este trámite, el IMSS o ISSSTE son los únicos que pueden determinar los beneficiarios.

    Los dependientes económicos son otro asunto.

    Saludos.

  19. #1
    28/11/17 20:55

    mi hermana fallecida deja afore nunca estuvo casada n tuvo hijos su mama vive oza de buena salud fisica por lo consiguiente es la benefciaria legal mi herana cuando fallecio tenia 52 años no podia solicitar pension porque sabemos que no se la dqrian implicaque no le pueden negar algo que no pidio ni tenia derecho porsu edad en el casao de su mama ya goza de una pension por lo menos desde hace 15 años ya tiene la mama la testimonial de dependencia economic expedida por la autoridad judicial certificado de defuncion identificacion edo de cuenta afore principal al 6 octubre 2017 solo fala recoger la solicitud de solicitar el oto del edo de cuenta

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