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¿Cómo saber quién es el beneficiario de un afore?

¿Cómo saber quién es el beneficiario de un afore?

Cuando fallece un trabajador, los recursos de su Afore son heredables. Te explicamos quiénes pueden ser los beneficiarios según la ley, cómo designarlos en tu Afore para evitar un juicio y los pasos para que los retiren.
¿Quién es el beneficiario de una Afore?
Cuando un trabajador fallece y tiene una cuenta individual de Afore, esos recursos son heredables. Ten en cuenta que, si nadie los reclama cuando el titular cumple (o habría cumplido) 70 años en el IMSS o 75 en el ISSSTE, el saldo se transfiere al Fondo de Pensiones para el Bienestar; la SCJN confirmó en agosto de 2026 que los beneficiarios conservan el derecho a recuperarlo en cualquier momento, sin plazo de caducidad. Pero, ¿quién puede ser el beneficiario y qué pasa si no se designó a nadie? Aquí te lo explicamos.
Puntos clave
  • Beneficiarios legales: la ley define un orden (cónyuge o viudo, hijos, concubino o concubina y ascendientes).
  • Designa a tus beneficiarios: desde 2021, si los designas expresamente en tu Afore, reciben los recursos sin necesidad de un juicio.
  • Si no dejaste beneficiario: se asignan según el orden del artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo.
  • Ayuda gratuita: la PROFEDET orienta a los beneficiarios sin costo.

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios?

Los beneficiarios legales tienen derecho a una pensión y, por tanto, a disponer de los recursos de la cuenta individual como pensión o en una sola exhibición. Hay dos marcos legales:

Según la Ley del Seguro Social

  • La viuda o el viudo (si dependió económicamente de la trabajadora).
  • Los hijos menores de 16 años (o mayores si no pueden mantenerse por su trabajo, o hasta los 25 si estudian en el sistema educativo nacional).
  • A falta de cónyuge, la concubina o el concubinario (si dependió económicamente).
  • A falta de todos los anteriores, los ascendientes que dependían económicamente del trabajador.

Según el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo

  • La viuda o el viudo.
  • Los hijos menores de 18 años, y los mayores con una incapacidad del 55% o más.
  • Los hijos de hasta 25 años que estudian en el sistema educativo nacional.
  • A falta de cónyuge, la persona que vivió con el trabajador como pareja durante los 5 años previos a su muerte, o con la que tuvo hijos.
  • Las personas que dependían económicamente del trabajador (acreditando la dependencia).

Designa a tus beneficiarios en tu Afore

Desde el 1 de enero de 2021, tras la reforma a la Ley del Seguro Social, los beneficiarios designados expresamente por el titular en su Afore (con sus porcentajes) tienen derecho a recibir los recursos de la cuenta individual que no tengan un fin específico. La gran ventaja es que ya no necesitan un juicio para disponer de esos recursos, como ocurría antes. Por eso conviene que designes y mantengas actualizados a tus beneficiarios en tu Afore.

¿Qué pasa si no dejaste beneficiario?

Si el trabajador fallecido no designó beneficiario, los recursos se asignan según el orden del artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo. Los interesados pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría gratuita; también pueden escribir a [email protected].

Pasos para el retiro de los recursos


Beneficiarios del IMSS

  • Acude a la Subdelegación del IMSS para que emita la resolución de pensión correspondiente.
  • Acude a la Afore del trabajador fallecido con los documentos que te acrediten como beneficiario y llena el formato de Disposición de Recursos.
  • La Afore pondrá los recursos a tu disposición según el régimen pensionario.

Beneficiarios del ISSSTE

En el ISSSTE hay beneficiarios legales (los que marca la Ley del Seguro Social) y sustitutos (a falta de los legales; no tienen derecho a pensión, pero sí a disponer de los recursos de la Afore, previa resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje). 

Si eres legal, acude a la Delegación del ISSSTE por tu concesión de pensión; si eres sustituto, obtén el laudo del Tribunal o pide asesoría gratuita en la PROFEDET. Después, acude a la Afore a llenar la Disposición de Recursos. Si no hay derecho a pensión, se entrega la totalidad en una sola exhibición.

Preguntas frecuentes


Los que marca la ley, en orden: cónyuge o viudo(a), hijos, concubino(a) y, a falta de ellos, los ascendientes que dependían del trabajador (artículo 501 de la LFT).


Designándolos expresamente en tu Afore, con sus porcentajes. Desde 2021, así reciben los recursos sin necesidad de un juicio.


En la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), que orienta a los beneficiarios sin costo.


Primero obtienen la resolución de pensión en el IMSS o el ISSSTE (o el laudo del Tribunal si son sustitutos) y luego acuden a la Afore a llenar la Disposición de Recursos.

Fuentes consultadas:
  • Ley del Seguro Social y Ley Federal del Trabajo (artículo 501).
  • CONSAR y PROFEDET (gob.mx).
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  1. en respuesta a Marthasalinas
    -
    Top 10
    #40
    11/11/20 23:52
    Hola,

    En los mismos documentos de la persona que falleció, ahí debe aparecer el nombre del beneficiario.

    Si eres un tercero que quiere saber y no tienes una relación directa con el fallecido es más difícil saberlo.
  2. en respuesta a Marthasalinas
    -
    Top 10
    #39
    10/11/20 18:22
    Pero actualmente los derechos de concubino y cónyuge son prácticamente los mismos. Tiene un documento de concubinato?
  3. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #38
    09/11/20 13:06
    Loque pasa es que yo no estube casada nadamas vivimos en union libre 8 años y no tubimoa hijos
  4. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #37
    09/11/20 13:00
    Hola me puedes dar informacion como puedo aserle para saber quien esta de benificiaria en una afore de una persona que ya fallesio
  5. en respuesta a Arasaldi
    -
    Top 10
    #36
    14/10/20 00:34
    Hola,

    Lo primero que deben saber es que es retroactiva, así que le deberán pagar desde el tiempo que haya enviudado.

    Lo segundo es que tiene hasta un año para solicitar la ayuda de gastos funerarios equivalente a dos meses de salario mínimo (para esto el fallecido bebió tener al menos 12 semanas de cotización en los nueve meses anteriores al fallecimiento). Aquí los requisitos completos https://www.rankia.mx/blog/aseguradoras-y-seguros/3648430-que-ayuda-para-gastos-funerarios-imss

    Los requisitos que debe cumplir para poder hacer válido este derecho son:
    -  Que el fallecido tenga al menos 150 semanas de cotización.
    -  Haber estado vigente en sus derechos  (seguros de Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez) .
    -  En este caso la señora debe acreditar que tenía un vínculo matrimonial con su acta de Matrimonio.

    Además necesitará por parte del fallecido:
    - Documento que tenga el número de seguridad social.
    - CURP.
    - Acreditar la dependencia económica con el fallecido.
    - Estado de cuenta de la Afore.
    - Acta de nacimiento.
    - Acta de defunción.

    Por parte del beneficiario:
    - Identificación oficial vigente.
    - Comprobante de domicilio de no más de tres meses.
    - CURP.
    - Documento de alguna institución bancaria que tenga el número de cuenta CLABE.



    Todo esto llevarlo a la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana al domicilio registrado.

    Para obtener la solicitud de pensión por viudez entrar a este link imss.gob.mx/tramites/imss01003a

    Pregunta ¿el señor murió por causa de riesgo de trabajo? porque si fue así hay que agregar a los requisitos el dictamen médico que certifique la causa de muerte por ese motivo.

    Si al presentar todo esto no le dan una respuesta favorable, debe pedir que le digan el motivo de negarle el beneficio por medio de la “resolución de negativa de pensión” (están obligados a informar el motivo del rechazo) y con ese documento presentarse a la Consar para pedir orientación. Hay casos donde hasta se inician procedimientos en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para que ella vea el caso.

    Sigo pendiente de lo que les digan y al tanto para continuar orientándolas en este asunto.


  6. Nuevo
    #35
    12/10/20 16:36
    Hola: mi tía lleva desde febrero tramitando la pensión por viudez en el imss y no se la otorgan, ya sin 5 ocasiones en que le piden documentos en su clínica y no avanza el proceso. ¿Que se puede hacer? 
  7. en respuesta a Alicia Espinosa Domi
    -
    Top 10
    #34
    06/08/20 22:24
    Hola,

    Con el aviso como beneficiario puedes acudir a su servicio de seguridad social para reclamar la mensualidad.
  8. Nuevo
    #33
    04/08/20 00:13
    Buenas noches quisiera saber si me pueden orientar hace un año falleció mi hermano y apenas me avisaron que me dejó de beneficiaría de su afore como puedo hacerle lo puedo reclamar en donde tenia su Afore
  9. en respuesta a Adrianaflores1
    -
    Top 10
    #32
    24/06/20 19:51
    Estamos para ayudarte.
  10. en respuesta a Adrianaflores1
    -
    Top 10
    #31
    22/06/20 21:39
    Hola, ese tipo de trámites los solicitan de manera presencial.
  11. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #29
    19/06/20 18:05
    Disculpe una pregunta más..para eso tengo k ir ala subdelegacion o a palacio federal?? 
  12. en respuesta a Adrianaflores1
    -
    Nuevo
    #28
    17/06/20 23:07
    Mil gracias x su orientación  se lo agradezco mucho. Si ese sería el problema..espero abran pronto y poder resolverlo. Nuevamente gracias.
  13. en respuesta a Adrianaflores1
    -
    Top 10
    #27
    16/06/20 01:12
    Con la negativa que le dieron y siendo la esposa legal, puede solicitar ser la beneficiaria legal en una junta de conciliación y arbitraje, el problema es que me parece que aún no están abiertas. Una vez que obtenga ese documento se presenta a una oficina de prestaciones de su unidad de seguridad social.
  14. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #26
    10/06/20 16:48
     Efectivamente  si estábamos casados..
  15. en respuesta a Luis Duran Lara
    -
    Top 10
    #25
    05/06/20 07:32
    Buenas tardes,

    Hay que investigar si lo reconoció como beneficiario legal de su afore.
  16. en respuesta a Adrianaflores1
    -
    Top 10
    #24
    05/06/20 07:30
    Hola,

    Estaba casada legalmete con él?
  17. Nuevo
    #23
    04/06/20 12:43
    Hola buenas Tardes: que se puede hacer cuando un hermano fallece pero no estoy seguro de que me dejo de beneficiario y es el unico familiar cercano......''???????
  18. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #22
    29/03/20 22:17

    Hola que tal mi esposo fallecio el n tenia ningun beneficiario en el afore.. yo solicite una pension por viudez pero me dieron resolucion negativa que sigue k tengo k aser

  19. en respuesta a Gabrielle
    -
    Top 10
    #21
    13/10/19 23:21

    Hola,

    Aquí mismo en los foros...