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Ya no pagarás el ISR de tu fondo para el retiro

Ya no pagarás el ISR de tu fondo para el retiro

En 2012 hubo trabajadores que recuperaron sus fondos para el retiro en una sola exhibición debido a que no fueron candidatos a pensión pero en varios casos se les retuvo entre el 20 y hasta el 30% de sus ahorros por concepto de ISR.

                                                                        Prodecon

En ese entonces, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) calificó este régimen fiscal como "injusto, equivocado e incomprensible" pues dicha retención por ISR "viola los derechos humanos fundamentales de los trabajadores, afectando mayormente a los de menores ingresos" y aseguró que la Procuraduría llevaría ese asunto “hasta sus últimas consecuencias”.

La Prodecon explicó que los trabajadores que alcanzan la edad de 60 ó 65 años sin tener derecho a pensión por no cumplir con las semanas de cotización sufren una retención del ISR que puede llegar al 20% de la cantidad que retiran, acto seguido, la institución promovió un juicio de amparo para demandar la inconstitucionalidad del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR); entre otras cosas, argumentó que dicho artículo, en su tercer párrafo señala que las aportaciones a la subcuenta de retiro, así como rendimientos que generen, no serán ingresos gravados para el trabajador, sólo en el ejercicio en que se aporten.

                                                                        Prodecon

Además, la Prodecon descalificó que sean gravados los ahorros de los trabajadores cuando se retiran, pues como parte de la cuota de seguridad social que aportaron a lo largo de su vida laboral, ya pagaron el ISR, dicha cuota de seguridad social considera las aportaciones hechas por el patrón y el Gobierno a la cuenta de retiro del trabajador, las cuales no se integran al salario y por lo tanto, no pagan ISRLa Prodecon aseguró que cuando el trabajador retira los fondos de su Afore en una sola exhibición, se le cobra el ISR no sólo sobre el monto de los rendimientos, sino también sobre las aportaciones de seguridad social generadas a lo largo de sus años de trabajo.

En resumen, la Procuraduría argumentó que esa Ley "viola los derechos humanos fundamentales de los trabajadores en situación de retiro".

Ahora, después de dos años de juicio, el pasado 19 de diciembre la Prodecon informa que logró una sentencia favorable contra la retención del 20% del Impuesto sobre la Renta (ISR), es decir, logró probar la inconstitucionalidad de la retención del 20% del impuesto sobre la renta, aplicado a los ahorros generados a lo largo de la vida laboral de los contribuyentes, correspondientes a las subcuentas de retiro y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, por transgredir el derecho humano a la seguridad social previsto en el artículo 123 de la Constitución Federal, así como en convenios internacionales firmados por el Estado mexicano; por ello, en la sentencia judicial se estableció que los contribuyentes deben presentar su declaración, con base en las normas relativas a sueldos y salarios para el pago del impuesto, es decir, YA NO DEBEN PAGAR EL ISR, PUES ELLO ES ILEGAL.

La misma Prodecon asegura que estas injusticias no son realizadas con dolo por parte de la autoridad fiscal y mas bien son consecuencia de "la compleja situación fiscal del país y ello genera errores de cálculo en las Afores". Para cualquier situación o duda del contribuyente sobre este tema, la Prodecon pide que asistan a cualquiera de sus oficinas en todo el país, para ayudar a que la gente no pague este impuesto debido a la situación vulnerable en la cual se encuantra al ser una persona mayor y sin empleo, por tanto no debe pagar el ISR.

 

 

  1. Nuevo
    #3
    30/06/19 16:16

    Estoy tramitando mi pensión del IMSS bajo el la ley 73, con 60 años, ¿que % de impuesto de retendrá la afore por el retiro en una sola exhibición del fondo que tengo? Gracias

  2. en respuesta a Linda De Leon
    -
    Top 10
    #2
    27/04/19 07:56

    O sea que el IMSS no te está considerando 1.2 años de trabajo?

  3. #1
    26/04/19 03:55

    A dónde debo acudir para que me apoyen si no me reactivo el 1.2 anos que dice el IMSS. Si cumpmo con las semanas cotizadas y soy de la ley del 73.

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