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Uno de los servicios con mayor demanda pero que, considero, no se tiene la suficiente información por el público en general (No financiero, inmerso o estudioso de actividades Económico-administrativas), serían los servicios de la Banca y algunos conceptos de ésta.

Entonces, los servicios de banca y crédito, legalmente sólo puede ser prestada por:

Instituciones de Banca múltiple. Son sociedades anónimas de capital fijo  organizadas de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de sociedades Mercantiles  y para organizarse y operar requieren autorización del Gobierno Federal.

Instituciones de Banca de Desarrollo. Son entidades de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonios propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito.

Es por eso que la LIC dispone que los bancos inviertan los recursos que capten del público y llevarán a cabo las operaciones que den origen a su pasivo contingente (el derivado de los depósitos del público), en términos que les permitan mantener condiciones adecuadas de seguridad y liquidez.

Para el otorgamiento de créditos, los bancos deben estimar la viabilidad económica de los proyectos de inversión respectivos, los plazos de recuperación, los estados financieros, la calificación administrativa y moral y en algunos casos las garantías.

El organismo encargado de la inspección y vigilancia de las oficinas y sucursales de las instituciones bancarias es la CNBV. La LIC establece además, que el Ejecutivo Federal, a través de la SHCP, podrá interpretar para efectos administrativos, los preceptos de la propia Ley.

 

OPERACIONES DE BANCO.

 

  • Recibir depósitos bancarios de dinero:
  • A la vista
  • Retirables en días preestablecidos
  • De ahorro
  • A plazo o con previo aviso

 

  • Aceptar préstamos y créditos
  • Emitir bonos bancarios y obligaciones subordinadas
  • Constituir depósitos en instituciones de crédito y entidades financieras del exterior
  • Efectuar descuentos y otorgar préstamos o créditos
  • Expedir tarjetas de crédito, con base en contratos de apertura de crédito en cuenta corriente
  • Asumir obligaciones por cuenta de terceros, con base en créditos concedidos, a través del otorgamiento de aceptaciones, endoso o aval de títulos de crédito, así como de expedición de cartas de crédito
  • Operar con valores en los términos de las disposiciones de la LIC y de la Ley de Mercado de Valores.
  • Operar con documentos mercantiles por cuenta propia
  • Llevar a cabo por cuenta propia o de terceros, operaciones con oro, plata y divisas incluyendo reportes sobre las últimas.
  • Prestar servicios de caja de seguridad
  • Expedir cartas de crédito previa recepción de su importe, hacer efectivos créditos y realizar pagos por cuentas de clientes

Existen dos tipos de operaciones que realizan las instituciones bancarias:

  1. Pasivas. Se refieren a las obligaciones que adquiere el banco con los ahorradores o depositantes y
  2. Activas. Aquellas derivadas del otorgamiento por parte del banco, de un préstamo o crédito bancario. Además los bancos prestan una serie de servicios públicos, que también están sujetos a disposición de carácter legal.

PASIVAS:

  1. Cuentas de ahorro
  2. Cuentas de cheques
  3. Inversiones a plazo fijo o pagarés
  4. Certificados de depósito

ACTIVAS:

  1. Tarjetas de crédito
  2. Crédito al consumo  o personal
  3. Crédito PYME
  4. Crédito empresarial
  5. Crédito hipotecario
  6. Crédito en efectivo con garantía hipotecaria
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