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Devolucion ISR automatica Rechazada

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Devolucion ISR automatica Rechazada
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Devolucion ISR automatica Rechazada
#1

Devolucion ISR automatica Rechazada

Soy asalariado, en 2017 trabaje para 2 empresas. La primera de enero a marzo y la segunda de octubre a diciembre, con un periodo en el que no trabaje de abril a septiembre.

Al realizar mi declaracion del ejercicio 2017 se precargo la informacion de mis 2 empleadores y aparecio saldo a favor, solicite la devolucion pero al dia siguiente consulte y me aparece rechazada y con este mensaje al ver el detalle:

 

Estimado contribuyente,

El Servicio de Administración Tributaria localizó la(s) siguiente(s) inconsistencia(s):

  • El retenedor no ha timbrado la totalidad de tus recibos de nómina.

Para poder continuar con el proceso de devolución se te solicita:

  • Realiza la aclaración con el retenedor y presenta una declaración complementaria o bien, si no trabajaste el año completo, presenta tu solicitud del saldo a favor en el Formato Electrónico de Devoluciones a través del Portal del SAT, adjuntando escrito libre "bajo protesta de decir verdad" y los estados de cuenta en donde se reflejen los depósitos por concepto de nómina y/o escrito expedido por tu retenedor donde manifieste el período que efectivamente trabajaste y que los periodos timbrados son correctos.

La falta de pago total o parcial no constituye una negativa a su devolución ni se considera resolución definitiva.

 

Alguien me podria explicar que es lo que me pide el SAT.

 

Saludos

#2

Devolucion ISR automatica Rechazada

Estimado Delosjr:

Buen día.

Al parecer es un error del Sistema del SAT que parece estar configurado para que si no tienes las semanas o quincenas de cotización continua con el mismo patrón, durante los 12 meses del año, te rechazan porque según su sistema, tu patrón no timbró de forma correcta las nóminas, aunque no sea verdad.

Según su sistema, no te puedes cambiar de trabajo, tu empresa no puede cambiar de razón social, no te pueden correr, ni puedes dejar de cotizar, porque no te devolverán tu dinero. Ya que el sistema del SAT lo considera como si tu patrón no hubiera timbrado de forma correcta la nómina.

Lo que procede es primero verificar con tu patrón o retenedor que los CFDI timbrados y los ingresos manifestados e tu declaración anual sean los correctos, de ser así, habría que adjuntar dichos comprobantes y en su caso escrito libre donde el patrón manifieste que la información es correcta, posteriormente presentar el trámite de devolución vía buzón tributario para que pueda proceder tu devolución correspondiente.

Para presentar la solicitud de devolución debes contar con firma electrónica para poder firmar dicha solicitud.

Cualquier duda o comentario quedo a tus órdenes en [email protected]

Saludos cordiales.