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Participaciones del usuario Jorge M. Martinez R

Jorge M. Martinez R 07/06/18 11:18
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Estimada Mayra77: Primeramente tendría que reactivar sus derechos pensionarios para poder incribirse en la Modalidad 40. Pero ¿le conviene?, dependende, entre otros aspectos del total de semanas cotizadas y su edad. Generalmente, conviene y mucho, cuando se tienen 1,000 o más semanas de cotización y entre 55 y 60 años de edad. Tambien hay que considerar que la modalidad 40 requiere de la disponibilidad de recursos para pagar esta cobertura. Le menciono, por ejemplo, que darse de alta en esta modalidad con un salairo base de cotización diario de $1,000.00 le cuesta a usted poco más de tres mil pesos al mes. Adiconalmente, es importante reslatar, que miestras uno se encuentra dado de alta en esta modalidad, no puede estar cotizando el Instituto, por lo que los recursos para dicho financiamiento deben provenir de otra fuente. Antes de decidir si se inscribe en la referida modalidad 40, le sugiero se efectúe un sencillo estudio de pensión, que le permita definir, ¿con que salario base se va a dar de alta y por cuánto tiempo?, ¿cuánto le va a costar?, finalmente y sobretodo, de cuánto sería se futura pensión en uno y otro supuesto. Saludos cordiales. Jorge M. Martínez R. [email protected]
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Jorge M. Martinez R 01/06/18 10:30
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Estimado R09ronaldo: Efectivamente, tu mamá tiene derecho a recibir una pensión aunque esta fuera mínima. Infortunadamente tiene que reactivar sus derechos pensionarios para poder acceder a la misma. Para hacerlo, de conformodad con la normatividad aplicable, efectivamente tiene que cotizar un año al IMSS. ¿Cómo puede hacerle?, lo más recomendable es que se le dé de alta en un pequeño o mediano negocio(farmacia, tienda, taller, despacho,etc...), por un periodo de 14 o 15 meses. Busca entre tus amigos y conocidos, muy seguramente alguien tu podrá ayudar. La otra alternativa, fastidiosa, tardada y costosa, es demanar al Instituto la no aplicabilidad del período de conservación de derechos, con base en los derechos adquiridos, por lo que toca a las aportaciones efectuadas durante el tiempo que estuvo activa. Esto puedes hacerlo en la junta federal de conciliación y arbitraje. Muy probablemente la resolución salga a tu favor. Te saludo cordialmente. Jorge M. Martínez R. [email protected]
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Jorge M. Martinez R 30/05/18 12:46
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1.- Si se da de alta, digamos con $2,000.00 diarios durante cinco años, obtendría una pensión de poco más de $38,000.00 2.- Definitivamente le conviene inscribirse en la Modalidad 40. Esto lo afirmo con base en la muchas semanas de cotización que tiene, y, al parecer, la posibilidad económica para invertir en esta cobertura por un período de cinco años. 3.- Ahora bien, usted tiene un buen salario dario actualmente, que sumados a la semanas de cotización totales, podría darle una buena pensión. Es cuestión de analizar, qué quisiera usted y cómo conseguirlo. Lo cierto es usted tendría derecho a una buena pensión sin modalidad 40 y a una muy buena pensión con la modalidad referida. Atte. Jorge M. Martínez R. [email protected] Atte. Jorge M. Martínez R. [email protected]
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Jorge M. Martinez R 30/05/18 12:08
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Estimado Epifanio Hernández A. 1.- el estudio de pensión no se calcula en la página del IMSS. Ese debe realizarlo con un particular. Consiste, ciertamente en un cálculo de su futura pensión considerando diversos escenarios, acumpañado de notas explicativas. 2.- No entiendo bien esta observación. ¿se refiere usted a si se da dé alta en la Modalidad 40 con un salario de $1,066.00 pesos diarios, durente cinco años en esta modalidad?. Porque por otra parte, el salario tope con el cual se puede dar de alta en esta cobertura es $2,015.00, correspondiente a 25 UMA (UNIDAD DE MEDIDA ACTUALIZADA, actualmente de $80.60 Sin esta aclaración no es posible hacer un nuevo cálculo. 3.- Usted se debe de dar de alta, en la Subdelegacion del IMSS que le corresponda conforme a su domicilio. Va a requerir: CURP Número de Seguridad Social Escrito libre, solicitando alta Modalidad 40 Identificación oficial Memoria USB comprobante del primer depósito. Reitero, no es conveniene darse de alta, sin previo análisis de su situación. Saludos. Jorge M. Martínez R. [email protected]
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Jorge M. Martinez R 30/05/18 11:18
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Estimado Epifanio Hernández A: Desde luego que puedes acceder a la Modalidad 40, misma que dadas el total de semanas cotizadas que dices tener, más las que acumularías estando en esta modalidad, te conviene y mucho. No obstante lo anterior, ¿qué tanto te conviene?, ¿con que salario base te vas a dar de alta?, ¿cuánto te va a costar? y, finalmente ¿a cuánto ascedería tu futura pensión?. Para responder a esas cuentiones se requiere un pequeño análisis. Te pongo por ejemplo la siguiente situación: Supongamos que decides incribirte a la Modadalidad 40 de forma inmediata, permanecer en ésta cinco años (hasta tus 63) y que lo haces con un salario díario de $1,000.00, entonces tenemos. Datos. Total de semanas cotizadas: 1,573. (1,313 más 260 de Modadalidad 40) Salario Diario Base de Cotización: $1,.000.00 (te costaría poco más de $3,000.00 mensuales). Edad de retiro: 63 años Siendo así tu pensión sería aproximadamente de $19,233.00 mensuales. Cabe señalar que tu decides, de conformidad con tus circuntancias personales, con cuánto te das de alta y cuánto tiempo permanceces en esa modalidad. Claró está que entre mayor se el sueldo diario con que te des de alta y mayor el tiempo que permanezcas en esta cobertura, mayor será la cuantía de tu pensión. Te recomiendo, como le recomiendo a todo áquel que quiera inscirbirse a la Modalidad, que previamente se realice un estudio de pensión. Atte. Jorge M. Martínez R. [email protected]
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Jorge M. Martinez R 25/05/18 14:22
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Estimado Manuelte58: Con la información que me proporcionas y que a continuación resumo para efecto de pensión tenemos lo siguiente: Semanas cotizadas: 510 Salario promedio últimos cinco años: $155.40 60 años de edad. Con estos datos alcanzarías una pensión mínima, debido a las pocas semanas de cotización que tienes y al muy bajo salario promedio de los últimos cinco años. La única manera de mejorar moderadamente tu pensión, es incribirte a la Modalidad 40 y permanecer en la misma cinco años, y hacerlo con un sueldo dario de por lo menos $1,000.00 (que te cuesta aproximadamente $3,045.00 al mes). En este supuesto tu futura pensión se elevaría de la mínima de $2,650.00 a poco menos de $9,000.00; claro está que si permanecieras en esta modalidad los cinco años mencionados y lo hicieras con un sueldo base mayor a los $1,000.00 indicados, que la cuantía de la pensión se elevaría progresivamente. En fin, recomiendo un estudio de pensión. Saludos. Jorge M. Martínez R.
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Jorge M. Martinez R 25/05/18 11:24
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Estimado Manuelte58: ¿Puedes darte de alta en la Modalidad 40?. Sí, sí puedes darte de alta en esta modalidad. ¿Te convie?, vamos a ver. 1.- ¿Cotizas al Seguro Social antes del 01 de julio de 1997?. Si la respuesta es sí, podría convenirte. Si la respuesta es no, definitivamente no te conviene. Esto es así, porque en tanto en la Ley de 1973, (la anterior), la pensión se calcula con base en el total de semanas cotizadas, el salario diario promedio de los últimos cinco años y la edad del solicitante; en la nueva ley (1997, ley AFORES.), la pensión se calcula con base en lo que tienes ahorrado en tu AFORE. 2.- Ahora bien, no simpre conviene incribirse an la Modadalidad 40. Conviene, y mucho, cuando tienes muchas semanas cotizadas, por lo menos unas 1,000 semanas. No obstante, dependiendo tu edad actual, los años que pudieras seguir cotizando al Instituo y los años que permanecieras inscrito en la Modadalidad 40, podría convenirte. Es decir, no podrías alcanzar una muy buena pensión, debido básicamente a las pocas semanas con que cuentas actualmente, pero si se podría mejorar sustanicalmente la cuantía de tu futura pensión. 3.- Que actulamente cotices al ISSSTE, no es porblema. Te pensionas por IMSS al amparo de la LEy 1973 (si es que cotizaste antes del 01 de julio de 1997, como ya indiqué) y posteriomente, cuando causes baja en el ISSSTE, retiras en una exhibición tu ahorros, e incluso, si cumplieras los requisitos para pensionarte por este Instituto, podrías igualmente pensionarte. No infriges ninguna ley, más aún, aprovechas la normativad aplicable. Te recomiendo, que no te inscribas en la Modalidad 40, sin antes realizar un estudio de pensión. Sin una análisis previo podría no beneficiarte. Saludos. Jorge M. Martínez R.
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Jorge M. Martinez R 25/05/18 10:52
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Estimado Erick: En atención a tus interrogantes: 1.- Efectivamente la Modalidad 40 se puede cubrir de forma rectroactiva. Seguramente tendrás que pagar un fáctor de actualización. Pero, en mi opinión te conviene pagarla mes a mes. Es menos gravoso y aseguras su contratación. 2.- Desconozco el fáctor de actualización. 3.- Financieramente te conviene pensionarte desde los 61 años, ya que si bien es cierto que recibes una pensión de menor cuantía, que la que recibiría, por ejemplo a los 65 años de edad, la recibes más tiempo. Además trabajas menos y tienes mayor tiempo para tu retiro. 4.- Esta modalidad es segura. La contratas directamente con el IMSS, lo que te da toda la seguridad jurídica y financiera que se requiere. Antes de inscriibrirte a la Modalidad 40, te recomiendo que se te efctúe un estudio de pensión, a efecto de determinar la mejor altenativa de acuerdo a tus particulares circunstancias. ¿Con qué salario diario te vas a dar de alta y cuánto te va a costar? ¿cuánto tiempo vas a estar inscrito en esta modalidad? y sobre todo, considerando diferentes supuestos ¿a cuánto va ascender tu futura pensión?. Lo cierto es que con 1900 semanas actuales de cotización más 260, correspondientes a los cinco años que eventualmente estuvieras en la modalidad 40, y dándote de alta en esta modalidad con un buen salario diario, tienes toda la probalidad de pensionarte con una cuantía muy alta, de poco más de $50,000.00 mensuales. Saludos. Jorge M. Martínez R.
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Jorge M. Martinez R 18/05/18 12:27
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Estimada Yolanda Mota Enciso. Considerando que en ningún caso se podrá pensionar antes de los 60 años, y que actualmente tiene sólo 48, y que usted misma dice que no trabajará más, lo más conveniente, para no perder sus derechos pensionarios y alzancar una buena pensión aprovechando las muchas semanas que tiene cotizadas al Instituto, es que en un plazo poco menor de cinco años se incriba en la Modalidad 40 con un buen salario diairo y permanecer en esta modalidad cinco años, y luego esperar hasta los 60 de edad, para pensionarse por cesantía. La otra alternativa, no muy atractiva, es esperar hasta poco antes de los 59 años, trabajar un año para reactivar sus derechos pensionarios y, cubierto este requisito y reactivados sus derechos, realizar el trámite de pensión, cuya cuantía seguramente será baja o muy baja, en razón que esta calcula con base, entre otras cosas, en el salario diario promedio de los últimos cinco años. Recuerde que para pensionarse por la Ley de 1973, requiere: Tener por lo menos 60 años cumplidos. Contar con un mínimo de 500 semanas de cotización. No estar cotizando al Intituto al momento de la solicitud. Encontrarse en su período de consevación de derechos. Igual a la cuarta parte del total de años o semanas cotizadas. Igualmente, recuerde que la pénsión se calcua con base en lo siguiente: El total de semanas cotizadas. El salario diario promedio de los últimos cinco años cotizados. La edad del solicitante. Saludos. Jorge M. Martínez R.
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Jorge M. Martinez R 18/05/18 12:07
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Estimado Miguelhdez: Permíteme hacer las siguientes observaciones. 1.- La Modalidad 40 puede convenir, y mucho, sobretodo cuando se tienen muchas semanas de cotización al IMSS, (por lo menos unas 1,000 semanas), y se cotiza con un salario alto, preferentemente los últimos cinco años, al menos unos tres años. ¿Te conviene inscribirite?, depende tu edad, el total de semanas cotizadas y los recursos con los que cuentes mientras estás inscrito en esta modalidad. Recuerda que mientras te encuentres en esta modalidad no puedes estar cotizando al IMSS, por lo que tus ingresos deben provenir de otra fuente, que no sea la de trabajador asalariado. 2.- Previo a la incripción en la Modalidad 40, se aconseja se realice estudio de pensión a efecto de determinar la mejor opción de pensión posible. 3.- Efectivamente existe la posiblidad de pagar en forma retroactiva la modalidad 40,pero sólo por el plazo contado a partir de tu última baja al momento en el que solicitas tu inscripción. No puedes pagar, obviamente, más tiempo (es retroactiva), pero tampoco puedes pagar menos tiempo. 4.- En la Modadalidad 40, el pago que realizas es el que cubre las cutoas obrero patronales. Recuerdas que cuando estas cotizando al seguro como asalariado, es el patrón el que entera estas cuotas al Seguro Social. Por lo demás no te debes preocupar. Si trabajaste 27 años y estabas dado de alta en el IMSS, tienes un importante número de semanas cotizadas en el Instituto, que muy probablemente te permitan acceder a una buena pensión, siempre y cuando tu salario promedio de los últimos cinco años sea alto, o bien te inscribas en la Modalidad 40, con un buen salrio dario, de unos $1,000.00 diarios, que te cuesta poco más de $3,000.00 ó hasta de $2,000.00 diarios que te cuesta poco más de $6,000.00 al mes. Si tienes duda del total de semanas cotizadas, baja tu constancia de semanas cotizadas del IMSS, por internet, necesitas, número de seguridad social, correo electrónico y CURP, o bien acude a tu Subdelegación del IMSS,que te corresponde. En ningún caso te inscribas en la Modalidad 40, sin previo análisis de tu situción o estudio de pensión correspondiente. Saludos Cordiales.
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