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Participaciones del usuario Jorge M. Martinez R

Jorge M. Martinez R 17/03/21 14:16
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer para obtener la mejor de las pensiones posibles?  Es muy importante contar con la asesoría adecuada, que defina con claridad la mejor estrategia de pensión, atendiendo a las particularidades del caso y a sus intereses y capacidades financieras. Lo cierto es que hay diferentes alternativas para diferentes casos.  Que ya no trabaja pero cotizó al seguro, por ejemplo veinte años, con un sueldo bajo, y tiene 55, 56 años. Se puede incorporarlo Régimen de Retiro Voluntario, también llamado Modalidad 40, (Artículo 194), cotizando con un salario diario relativamente alto, lo que implica, ciertamente, una inversión importante durante dos, tres…hasta cinco años, pero al final se obtiene una muy buena pensión.  Que causó baja hace años, ya tiene 60 años y cotizó al seguro 15, 20, 22, años. Se diseña una estrategia mediante la cual se reactivan sus derechos pensionarios y se tramita su pensión, o bien se reactivan su derechos, se le incorpora al régimen voluntario durante dos o tres años, y se pensiona razonablemente bien a los 62 ó 63 años, según sea el caso.  En fin, son diversos los casos que podrían presentarse. Lo cierto es que mediante una estrategia adecuada, usted podría tener acceso a una importante pensión, dependiendo, como ya se indicó, de los años que haya cotizado al seguro, la edad a la pretenda o pueda pensionarse y la inversión que esté en posibilidad de hacer. En cualquier caso, usted tiene derecho a una pensión mínima. ​ Jorge M. Martínez R.
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Jorge M. Martinez R 11/03/21 14:30
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Permítame hacer los siguiente comentarios.1.- 29 años de cotización corresponden a 1,508 semanas de cotización no las 1,800 semanas que indica. Se sugiere verificar el número de semanas cotizadas y reconocidas por el IMSS.2.- Con 55 años de edad y  un alto número de semanas cotizadas (sean 1,508 ó las 1,800 que se indican), tendría una muy alta posibilidad de obtener una muy buena cuantía de pensión inscribiéndose en la Modalidad 40 con una alta cobertura durante tres  o cinco años.3.- El cálculo de pensión se realiza en función de los siguientes tres factores:a) El total de semanas cotizadas.b) El salario base promedio de las últimas 250 semanas (poco me de los últimos cinco años)c) La edad al momento de solicitar su pensión.Es recomendable que antes de tomar una decisión respecto de la Modalidad 40, se realice un estudio de pensión que clarifique las interrogantes:¿Con qué salario base me conviene darme de alta y qué costo mensual tendría?, ¿ por cuánto tiempo voy estar pagando esta mensualidad? y fundamentalmente ¿ a qué edad voy a pensionarme y de a cuánto ascendería el monto de mi pensión?Saludos Cordiales.Jorge M. Martínez [email protected]
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Jorge M. Martinez R 05/03/21 16:56
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Estimada Ivonne:La Modalidad 40 te permite permanecer en la misma los años que usted decida. en forma general lo más conveniente es cotizar durante cinco años y hacerlo con el mayor salario que esta cobertura te permite, actualmente de $2,240.00, que tiene un costo de $6,770.00 para meses con 30 días y $6,990.00 para meses con treinta y un días.El monto de la pensión dependerá de los siguientes tres factores: 1) El total de semanas cotizadas, 2) El salario promedio de los últimos cinco años y 3) La edad al momento de solicitar su pensión.Saludos cordiales.Atte. Jorge M. Martínez Rodrí[email protected]
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Jorge M. Martinez R 01/02/19 11:56
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Estimado Alejandro: Artículo 182. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen del seguro obligatorio conservarán los derechos que tuvieren adquiridos a pensiones en los seguros de Invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, por un periodo igual a la cuarta parte de tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja. Artículo 183. Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen del Seguro Social y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente: I. Si la interrupción en el pago de cotizaciones no fuese mayor de tres años, se le reconocerá todas sus cotizaciones; II. Si la interrupción excediera de tres años pero no de seis, se le reconocerán todas las cotizaciones anteriores cuando, a partir de su reingreso, haya cubierto un mínimo de veintiséis semanas de nuevas cotizaciones; III. Si el reingreso ocurre después de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento. Atte. Jorge M. Martínez R. Asesor en Pensiones IMSS
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Jorge M. Martinez R 28/01/19 11:27
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Estimadas Elizabeth y Maty: Efectivamente, para el calcular la cuantía de la pensión se toman en cuenta los tres factores que mencionas, a saber: El total de semanas reconocidas por el Instituto, el salario diario promedio de los últimos cinco años y la edad del solicitante el momento de tramitar su pensión. Por otra parte, el interesado cuanta con un plazo de hasta cinco años para solicitar su incorporación a la MODALIDAD 40, ya se ordinaria, o bien para el pago retroactivo de la misma. El período de conservación de derechos sólo es aplicable para el caso de solicitar la pensión. Hago esta observación muy respetuosamente, sobre todo para Maty, quien ivariablemente es muy acertada en su comentarios. Atte. Jorge M. Martínez R. Asesor en Pensiones IMSS.
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Jorge M. Martinez R 28/01/19 10:46
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Estimaado (a) Jaxal: Con 63 de años de edad y 1,500 semanas actuales de cotización, tiene muy buenas posibilidades de alcanzar una buena o muy buena pensión, con dos y hasta cinco años de Modalidad 40, lo que tú decidas, con base en tu disponibilidad de recursos y tus planes personales. Es importante que para el efecto, tengas presente, que el cáculo de tu futura pensión se efectuará, en su oportunidad, con base en lo siguiente: 1.- El total de semanas cotizadas. 2.- El salario diario promedio de los últimos cinco años. 3.- la edad que tengas al momento de pensionarte. Si me proporcionas un correo te envío una "GUÍA DE PENSIÓN". Saludos. Jorge M. Martínez Asesor en Pensiones IMSS.
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Jorge M. Martinez R 28/01/19 10:28
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Sí, efectivamente, se podría inscirbir en la Modalidad 40, con el salario más bajo posible, (igual al que tiene actualmente), sólo para acumular las semanas que requiere para pensionarse. Ahora bien, dices que comenzó a cotizar desde 1976. ¿ya checaste que en el total de semanas cotizadas, actualmente de 300, se encuentren consideradas todos los años de cotizción, particularmente los correspondientes de 1976, que empezó a coitzar a 1982, año desde el cual el IMSS las computa electrónicamente?. En su "CONSTANCIA DE SEMANAS COTIZADAS", puedes verificar desde cuándo le están considerando. Saludos. Atte. Jorge M. Martínez R. Asesor en Pensiones IMSS
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