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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Javijiro
    -
    Top 100
    #980
    10/01/19 11:41

    Para la recuperación de derechos de pensión, tienes que cotizar cuando menos 52 semanas continuas. Saludos.

  2. en respuesta a Rakelsa
    -
    Top 100
    #979
    10/01/19 11:35

    Hola. Son varios requisitos. Lo mejor es que los consultes directamente en la página del IMSS.

  3. en respuesta a Omargmacias
    -
    Top 100
    #978
    10/01/19 11:29

    Hola. Aquí primero lo que hay que hacer es que tengas un Reporte de Semanas Cotizadas y Reconocidas por el IMSS actualizado para que tengas bien claro cuántas semanas tiene cotizadas y reconocidas en total. En este dato ya podremos saber si le conviene inscribirse en la Modalidad 40 o no. Y sí, para inscribirse en la Modalidad 40 uno de los requisitos es no tener relación laboral alguna.

  4. en respuesta a Betocolin03
    -
    Top 100
    #977
    10/01/19 11:26

    Sí claro. Sólo habría que ver si realmente te conviene hacerlo y por cuánto tiempo y con qué salario. Pero por lo que me comentas, no tienes restricciones de poder inscribirte en la m40.

  5. en respuesta a Ivanpeña
    -
    Top 100
    #976
    10/01/19 11:24

    Hola. Para poder saber ese dato es necesario saber el salario promedio de tus últimas 250 semanas cotizadas ante el IMSS.

  6. Nuevo
    #975
    09/01/19 22:00

    Hola cómo estás
    Me contacte por el chat del IMSS y me comentaron que las 52 semanas cotizadas deberán ser continuas lo que me provocó dudas, tenía entendido que las 52 semanas son con base a 5 años o cómo es. Porque me comentaron que por eso no tenía el derecho de contestarlo
    Espero tu opinión muchas gracias

  7. Nuevo
    #974
    03/01/19 04:33

    Andrea, saludos desde Autlán Jalisco México... Ingrese al seguro 1987 HASTA 2007
    Cumpli más de 600 semanas. Que me aconsejas para tramitar mi pensión.
    Mi edad actual 61 AÑOS.
    Héctor Alejandro Casillas Brambila.
    Al ingresar al sistema me encontré que por error de dedo mi nombre lo ingresaron Héctor A. Casillas Brambila.
    Pedí rectificación 2018,y hasta la fecha no he recibido aviso de las oficinas de Seguro Social, la corrección, quedaron de avisarme ...
    Todos mis documentos escritos están con mi nombre correcto. Punto uno.
    Punto dos deje más de 5 años sin seguro, que paso tengo que seguir, para poder solicitar mi pensión.

    que consejo me puedes dar, punto uno, no haber recibido el aviso de que mi nombre ya esta correcto en el sistema de internet... y dos, referente a mi pensión.
    SALUDOS Y GRACIAS.

  8. Nuevo
    #973
    02/01/19 16:40

    Hola Andrea, buenas tardes
    me convendra inscribirme a la modalidad 40 ?

    desde hace 10 años ya no cotizo, trabajo x mi cuenta. tengo 506 semanas cotizadas al dia d hoy..
    y mi ultimo salario fue de $596 diarios.tengo 2 dudas
    1.- que me recomiendas
    2.- como hacerle para asegurar a mi familia

    gracias por la atencion

  9. Nuevo
    #972
    30/12/18 13:00

    Buen dia, alguien me puede informar que requisitos tienes que reunir para jubilarte por la modalidad 40? cuantas semanas, documentacion etc etc etc
    gracias de antemano

  10. Nuevo
    #971
    29/12/18 16:08

    Hola. Mi madre tiene 62 años. Actualmente tiene relación laboral en la que lleva cotizadas 520 semanas (más las de sus anteriores trabajos) y entra en la ley 73,pues comenzó a cotizar en su primer trabajo en el 77. Su plan es retirarse a los 65 para alcanzar un 100% de pension. El salarii con el que está dada de alta en el imss es bajo. Cual sería la alternativa para maximizar su pension? Debe terminar su relacion laboral para poder inscribirse en Modalidad 40? O se puede hacer algo similar sin la terminacion laboral? Muchas gracias de anyemano por su tiempo y atención.

  11. Nuevo
    #970
    28/12/18 16:43

    Hola tengo,57años estoy en la ley73 tengo 760semanas cotizadas.actualmente tengo 2 años trabajandoy cotizando en mi empresa,pero dejé de cotizar 13 años.puedo todavía pensionarme con la modalidad 40.

  12. Nuevo
    #969
    23/12/18 00:43

    hola. yo tengo 552 semanas y estoy con la ley del imss 1973 y estoy en la modalidad 40, mi pregunta es: ¿cuanto alcanzo de pension? de antemano gracias por la infortmacion.

  13. en respuesta a Jorge M. Martinez R
    -
    #968
    19/12/18 17:23

    Buenas tardes, Jorge. Gracias y espetó tu opinión y comentarios.
    Saludos

  14. en respuesta a Rolandojavier
    -
    #967
    19/12/18 11:30

    Estimado Rolandojavier:

    Con todo gusto. He estado un poco ocupado. Apenas tenga tiempo, te doy mi opinión y sugerencias al respecto.

    Saludos.

    Jorge M. Martínez.
    Asesor en Pensiones IMSS.

  15. en respuesta a Rolandojavier
    -
    #966
    19/12/18 10:07

    Buenas tardes, Jorge
    Escribo de nueva cuenta, para que por favor me puedas orientar para ver que puedo hacer con respecto a que ingrese un escrito de inconformidad en la Subdelegacion 2 del IMSS " SANTA MARIA LA RIBERA" desde el dia 27 de Julio del presente año en el cual hago mencion que en la resolucion de pension que me entregaron el dia 20 de julio de este mismo año, no estan en primer lugar considerando mis 1400 semanas cotizadas, las cuales ya habia tramitado en en el formato que ellos mismo me dieron en esa misma subdelegacion 2 y que se llama SOLICITUD DE ACLARACION DE SEMANAS COTIZADAS, este formato lo recibieron el dia 14 de Marzo del 2018 y medieron respuesta hasta finales del mes de Mayo y me estan considerando las 1400 semanas cotizadas, por lo cual inicie el tramite de mi Pension,misma que me dieron respuesta el 20 de Julio del cual ya hice mencion al principio de este mensaje. Hasta la fecha 29 de Noviembre no me han dado una respuesta a mi ESCRITO DE INCONFORMIDAD para que ya quede considerado a la fecha de mi tramitacion de Pension las 1400 semanas.
    El segundo punto que exprese en mi ESCRITO DE INCONFORMIDAD es que ellos me estan considerando el 75% de la pension, ya que dicen que me consideran los 60 años cumplidos al dia 7 de Septiembre del 2016 y no al 26 de Junio del 2018 cuando inicie mi tramite de pension en mi clinica de adscripcion y en el que entonces tenia 61.9 años de edad. y de acuerdo a la resolucion de la Tesis Jurisprudencial 5/2017 (10a) y por ende de aplicacion obligatoria a partir del Lunes 30 de Enero del 2017 del articulo 182 de la Ley del IMSS de 1973 que prevé un periodo de conservación de derechos en materia de pensiones igual a 1/4 parte de las semanas cotizadas. que en mi caso serian las 350 semanas ó 6.73 años.
    Ellos me alegan los de la Subdelegacion 2 que al momento de mi baja 24 de Octubre del 2014 y que deje de cotizar en el IMSS tenia 58 años y que ellos consideran la conservacion de derechos hasta el año 2016 cuando yo cumplia los 60 años, y no hasta la fecha en la que yo realice mi tramite de pension que fue en este 2018.
    Gracias por el tiempo prestado para leer este mensaje. Saludos

  16. en respuesta a Luis Alberto G
    -
    Top 100
    #965
    14/12/18 15:51

    Porque aunque la misma ley lo permite, en muchas subdelegaciones te lo niegan y te exigen que te des de alta con el mismo salario anterior. No es lo correcto, pero en la práctica así es. Y si metes una inconformidad, te pueden dar meses y meses en que te resuelvan.

  17. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #964
    14/12/18 09:50

    Si fueran 5 años serían 260 semanas o sean 10 semanas mas de las 250, son mas o menos dos meses y medio de diferencia, creo que es mas preciso decir como tu dices 250 ultimas semanas para el calculo que decir últimos 5 años, no crees Maty?

  18. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #963
    13/12/18 23:29

    Maty; Porque se dice que es riesgoso dejarte dar de baja por el sistema en modalidad 40 al dejar de pagar por dos meses con la intención de incrementar el promedio al reincorporarte si la misma ley lo permite?

  19. en respuesta a Sat6201
    -
    Top 100
    #962
    13/12/18 10:32

    De hecho, parte de lo que pagas mensualmente a la m40 va al afore. Así es que no hay ningún problema. Los estados de cuenta del afore nos llegan cada cuatro meses a todos.

  20. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #961
    13/12/18 10:25

    gracias Mati R. y no avisarles la cuenta de afore no se pierde? o la dan de baja por no tener movimiento como las cuentas de banco?. ya ni no me llegan estados de cuenta desde hace dos meses eso es normal? perdón por el abuso, solo no quiero que despues de ahorrar cinco años en modalidad 40 me salgan con alguna sorpresa-