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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Emetege
    -
    Top 100
    #1120
    23/02/19 19:27

    Sí claro, tú te puedes inscribir a la modalidad 40 independientemente de tu edad ... aunque por lo mismo de tu edad es muy importante que antes de tomar la decisión de inscribirte te hagas un estudio de pensión para que tengas en claro las opciones que tienes tanto en tiempo de permanencia como en cantidad a pagar mensualmente.

  2. en respuesta a Rolandotg
    -
    Top 100
    #1119
    23/02/19 19:24

    El haber renunciado voluntariamente no tiene ningún problema pues la ley sólo habla de 'haber causado baja del régimen obligatorio', no establece ningún condicionamiento sobre el motivo.

  3. #1118
    23/02/19 09:21

    ¿Es posible incorporarme a la Modalidad 40 si YO renuncio? Me dijeron que no podría hacerlo si mi renuncia es voluntaria con un patrón. Pero no sé cuál es el fundamento legal. Gracias por sus comentarios.

  4. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1117
    22/02/19 14:34

    Muchas geacias!!por sus atenciones muy amable de su parte.
    Saludos.....

  5. Nuevo
    #1116
    22/02/19 13:00

    Empecé a cotizar en IMSS desde 1978. Actualmente tengo 65 baños y estoy a punto de terminar mi relación laboral de mas de 25 años, donde cotizo al IMSS aunque con un bajo salario. ¿Puedo aún acceder a la modalidad 40 para aspirar a una mayor pensión?

  6. en respuesta a Enrique V S
    -
    Top 100
    #1115
    22/02/19 10:34

    Por tu esposa te darán un 15% más y por tu hija menor un 10% adicional (siempre y cuando siga estudiando en una institución afiliada a la SEP)

  7. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1113
    22/02/19 10:26

    Ok muchas gracias!! lo tomare en cuent.
    De que manera infuiria (positiva o negativamente ) enel calculo con esposa he hija menor ?
    Gracias.

  8. en respuesta a Enrique V S
    -
    Top 100
    #1112
    22/02/19 08:00

    Si estás pagando esa cantidad cada mes, significa que estás dado de alta en Modalidad 40 con aprox. $600 pesos diarios y al llegar a los 60 años tendrás aproximadamente 1550 semanas cotizadas. Te comento que con esta información, tu pensión a los 60 años andaría en $9,800 pesos mensuales (+- 5%)
    Para lograr una pensión de $18-$20mil pesos mensuales tendrías que aumentar a $1,200 pesos diarios tu salario base de cotización por cuatro años (de los 56 a los 60)
    También te comento que si tuvieras la capacidad económica de que estos últimos 4 años los pagaras con el salario topado actualmente (pagar $6,400 pesos mensuales aprox), tu pensión se iría a los $31mil pesos mensuales (+- 5%)

  9. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1110
    21/02/19 21:41

    Correcto así es 25 mensualidades al momento. el monto es variable y oscila entre los 1,800 y 1,900 $

  10. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1108
    21/02/19 19:50

    Es correcto Maty Rodríguez esa es mi pretencion, o no sé si tenga alguna sugerencia para mejorar lo k ya inicie he pagado 2 años y estoy empezando en febrero el tercero.
    Si causará algún honorario u aportacion su asesoría favor de hacérmelo saber.
    Gracias as y saludos.

  11. en respuesta a Enrique V S
    -
    Top 100
    #1107
    21/02/19 18:50

    Ok ... eso quiere decir que quisieras una pensión de $18-$20mil pesos mensuales.
    A lo que me refiero con 'plan para pensionarte' es que si la aportación que estás haciendo actualmente a la modalidad 40 está calculada para que al cumplir los 60 años alcances esa pensión.

  12. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1106
    21/02/19 18:44

    Muchas gracias Maty Rodríguez por tu importante información.
    En cuanto a el plan quisiera llegar a los 60 o 61 años con un salario de 600 diarios.
    Gracias y saludos.

  13. en respuesta a Enrique V S
    -
    Top 100
    #1105
    21/02/19 18:34

    El haber renunciado voluntariamente no tiene ningún problema pues la ley sólo habla de 'haber causado baja del régimen obligatorio', no establece ningún condicionamiento sobre el motivo. Por tu edad asumo que perteneces a la generación de transición (Ley 73) Ya tienes claro cuál es tu plan para pensionarte?

  14. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1104
    21/02/19 18:28

    Gracias !!
    Si actualmente estoy pagando semanas con modalidad 40 este es mi tercer año, tengo 1350 semanas reconocidas, y pertenezco a la ley 73, tengo 56 años pero hace 3años renuncie por salud y me preocupa que al llegar a los 60 me afecte está condición (renuncia) al solicitar pencionarme.
    Gracias y saludos.

  15. en respuesta a Enrique V S
    -
    Top 100
    #1103
    21/02/19 09:05

    Eres trabajador del IMSS o eres trabajador afiliado al IMSS?
    En qué año es tu fecha de alta ante el IMSS?

  16. en respuesta a Cdd123
    -
    #1102
    20/02/19 13:41

    Yo tengo la misma duda y condición alguien que responda ? Por favor.

  17. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #1101
    20/02/19 11:49

    Ok, intentare llegar a un acuerdo con el patron para que me pague por honorarios. gracias.