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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. #1360
    24/06/19 12:55

    Hola Buen Día si mi mama en octubre del 2019 cumple 59 y hace 2 años que dejo de trabajar con 510 semanas cotizadas y salario diario integrado de 90 pesos.
    Se da de alta en la modalidad 40 con $4,000 pesos solo 1 año hasta cumplir los 60 años cuando le darán de pensión?????

  2. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #1359
    23/06/19 18:52

    Hola tengo 58 años y estoy desde agosto 2016 aportando
    Modalidad 40 y pienso pre jubilarme a los 60 años en octubre 2020 , la pregunta es si tengo que seguir aportando hasta completar los 5 años consecutivos o nada que ver ya que a octubre 2020 llevaría 4 años y dos meses aportando
    Aniversario en oct 2010 o hasta qué fecha

  3. en respuesta a Mgalvas
    -
    Top 100
    #1358
    22/06/19 09:42

    Hola Mgalvas ...

    No entiendo tus preguntas. Exactamente qué es lo que quieres hacer?

  4. en respuesta a Verania Ramirez
    -
    Top 100
    #1357
    22/06/19 09:40

    Hola de nuevo. La modalidad 40 funciona para quienes pueden optar por la Ley 73 del IMSS, lo cual no es tu caso.

  5. en respuesta a Ka Ty
    -
    Top 100
    #1356
    22/06/19 09:35

    Hola Ka Ty ... eso depende de cuántos años quiera tu mamá estar pagando la modalidad 40.

  6. Nuevo
    #1355
    21/06/19 11:25

    Buenos Dìas!! respecto a la modalidad 40 los 5 años para la jubilaciòn empiezan a correr a partir de que te des de alta y pagas? o si llegas a la edad de retiro puedes ir a darte de alta y pagar retroactivo los 5 años de la modalidad? y jubilarte de inmediato? finalmente si te das de alta y te despues de un tiempo no puedes seguir pagando cuantos meses o años puedo dejar de pagar sin perder la modalidad 40 y poder retirarme al llegar a mi fecha de jubilaciòn.

  7. en respuesta a Verania Ramirez
    -
    Nuevo
    #1354
    20/06/19 16:48

    pero empecé a trabajar ya de firma continua en 2006 al 2019

  8. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #1353
    20/06/19 16:46

    hola me di de alta en 1999

  9. #1352
    20/06/19 10:26

    Hola Buen Día si mi mama en octubre del 2019 cumple 59 y hace 2 años que dejo de trabajar con 511 semanas cotizadas y salario diario integrado de 150 pesos y pertenece a la ley 73.
    Se da de alta en la modalidad 40 con $4,000 pesos cuando le darán de pensión?????

  10. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1351
    14/06/19 15:39

    Hola Maty. Entiendo. En el caso que anteriormente me habías dicho que en M40 si escojo topado alcanzaría una pensión de aprox $ 49,500 esto significaría que debería pagar impuestos ante el SAT y podría ser esto mucho dinero de impuestos?

  11. en respuesta a Patysan
    -
    Top 100
    #1350
    14/06/19 12:59

    No, creo que te estás confundiendo. Con el Infonavit sí se puede deducir los INTERESES realmente pagados (porque son intereses que estás pagando) En la Afore tú no estás pagando nada, estás ahorrando. Son dos cosas totalmente diferentes. Una parte del pago que se da en la Modalidad 40 va al Afore. Sólo se pagan impuestos por las pensiones superiores a 15 UMAS; es decir, sobre el excedente de $38mil pesos mensuales.

  12. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1349
    14/06/19 10:45

    Hola Maty cómo estas?. Tengo unas dudas mas, disculpa. Es verdad que para la Afore, puedo hacer una declaración anual así como lo hago con el Infonavit ? con solo pedir la constancia de retenciones al Afore? Al entrar a Modalidad 40 también se ve reflejado en mi Afore? otra es: si lo que se recibe de Pensión también se pagan impuestos? bonito dia!

  13. en respuesta a Isela Va
    -
    Top 100
    #1348
    13/06/19 17:07

    Bajo la Ley 73 no te puedes pensionar antes de los 60 años (salvo que sea una pensión por accidente)

  14. en respuesta a Patysan
    -
    Top 100
    #1347
    13/06/19 17:05

    La Ley no distingue el motivo del cese ... pero para evitar suspicacias mejor que el motivo sea por terminación de proyecto.

  15. #1346
    13/06/19 15:47

    Hola,
    Entre tantos comentarios, creo lei que te puedes pensioner antes si tienes ahorrado 1 millon de pesos, pero me pregunto,
    - se puede pensioner uno antes de la edad correspondiente?
    - donde tienes que tener ese dinero ahorrado?
    - tienes que tener una cantidad de semanas cotizadas para esto?
    Gracias

  16. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1345
    13/06/19 11:57

    muchas gracias Maty por tu respuesta de verdad te agradezco mucho, voy a considerar y ver con mis hijos la posibilidad de apoyo para tomar el salario topado. Una sola pregunta mas, debo hacer una renuncia voluntaria o debe decir algo en especial la baja en mi trabajo?

  17. en respuesta a Janette Castro
    -
    Top 100
    #1344
    12/06/19 21:36

    No se puede saber ... por eso en mi anterior comentario te decía hay que ser muy prudente.

  18. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #1343
    12/06/19 21:15

    Muchas gracias por tu respuesta, otra pregunta he escuchado mucho que se van a ser cambios en las pensiones, si ya estas inscrito te respetaran las condiciones aunque te falten 4 años para jubilarte?

  19. en respuesta a Patysan
    -
    Top 100
    #1342
    12/06/19 17:24

    Ok ...
    Tienes una cantidad super excelente de semanas cotizadas. El plan que te sugiero es este:
    -Que tu patrón te dé de baja ante el IMSS ya cuanto antes (puedes seguir trabajando con él facturándole por honorarios) No necesitas esperarte hasta Julio pues con tu anterior trabajo cubres perfectamente el tiempo requerido.
    -Dejas pasar un mes a partir de tu baja y vas a la subdelegación del IMSS que te corresponda a darte de alta en la Modalidad 40.
    -Si tu capacidad de pago máximo es de $4,000 pesos mensuales, te darás de alta en la Modalidad 40 con un salario diario de $1,315 pesos. Pagarás +- $4,000 pesos mensuales hasta Marzo del 2024. Con este esquema, al pensionarte en Abril del 2024 recibirías una pensión de un poco más de $30mil pesos al mes.
    -Si tuvieras la capacidad de inscribirte a la Modalidad 40 con el salario topado, para esto deberás pagar $6,400 pesos x mes, igual hasta Marzo del 2024, tu pensión a partir de Abril del 2024 se iría a poco más de $49,500 pesos mensuales.

    Como ves, la diferencia es significativa. Con tu cantidad de semanas cotizadas bien vale la pena el esfuerzo de invertirle lo más que puedas por medio de la Modalidad 40.
    Espero haberme explicado.