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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. Nuevo
    #1440
    31/07/19 08:37

    Hola me gustaría saber que hacer cuando la persona que esta en esta modalidad fallece donde puedo solicitar su pensión?

  2. Nuevo
    #1438
    30/07/19 18:09

    Que tal, un saludo a todos, ¿quisiera saber si al pagar un año de modalidad cuarenta osea 52 semanas, se me dan otras 52 semanas mas? y de ser así cual es el fundamento legal.

  3. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1437
    30/07/19 16:42

    Gracias.........

  4. en respuesta a Beto Adame
    -
    Top 100
    #1436
    30/07/19 16:10

    Son exentos de impuestos hasta 15 UMA's ($38,020 pesos mensuales) Cualquier cantidad arriba de eso se le cobran impuestos (ISR) El porcentaje varía porque el excedente es acumulativo a otros ingresos.

  5. #1435
    30/07/19 15:57

    Maty :

    Hola que tal, solo una pregunta, de que monto de la pensión empiezan a cobrar impuestos, y cual es el porcentaje ?,

    Saludos.

  6. #1434
    30/07/19 10:13

    Buen dia quisiera saber cuanto tendria que invertir en la modalidad 40 y por cuanto tiempo si tengo 1773 semanas cotizadas y tengo 59 años de edad ?

  7. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #1433
    29/07/19 13:27

    Muchas gracias, mi duda esta resuelta, Buen dia.

  8. en respuesta a Jose Valdez
    -
    Top 100
    #1432
    29/07/19 13:14

    Las semanas cotizadas tanto en el régimen obligatorio como en la M40 cuentan para lo mismo. Con estar inscrito y pagando la M40 estás conservando derechos.

  9. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #1431
    29/07/19 13:04

    OK o sea no habria problema de que ya pasaran mas de 5 años de que estuve en regimen obligatorio, Gracias

  10. en respuesta a Jose Valdez
    -
    Top 100
    #1430
    29/07/19 11:35

    Hola José ... no tienes ningún problema pues al estar inscrito en la M40 sigues conservando tus derechos para pensionarte.

  11. Nuevo
    #1429
    29/07/19 11:31

    Buen dia
    Ya tengo un año pagando mod 40, tengo la sgte duda, la vigencia para pensionarse o jubilarse es de 5 años despues de tener una relacion laboral o esos 5 años son solo para la contratacion de la mod 40?, pienso completar 5 años de mod 40, no perdere mi vigencia o derecho de pensionarme al pasar ese tiempo de la relacion laboral ? Gracias.

  12. en respuesta a Teregahe
    -
    Top 100
    #1428
    29/07/19 09:38

    Buen día. No hay un tope de edad para inscribirte a la Modalidad 40, sólo que en tu caso (por tu edad) es recomendable que te hagas un estudio de pensión para que tengas bien en claro si te conviene o no (económicamente hablando)

  13. en respuesta a Daviddelasota
    -
    Nuevo
    #1427
    29/07/19 09:18

    tengo todos los requisitos para la modalidad 40. pero tengo 65 años de edad aún puedo hacer modalidad 40??? por eso la pregunta hasta que edad se puede hacer modalidad 40????

  14. #1426
    29/07/19 00:19

    Requisitos para que el afiliado haga su alta en la modalidad 40

    La persona con número de seguridad social IMSS interesado inscribirse en la Modalidad 40 puede llevar acabo el trámite en la unidad administrativa del Seguro Social (Subdelegación IMSS) correspondiente a su domicilio y presentando la siguiente documentación:

    No haber pasado más de 5 desde la última cotización en el régimen obligatorio
    Haber cotizado 52 semanas en su última relación laboral en el régimen obligatorio.
    No estar pensionado en el ramo de invalidez, cesantía o vejez.
    Escrito con libre redacción para la inscripción a la modalidad 40.
    Documento oficial con número de seguridad social.
    Comprobante de domicilio.
    Identificación oficial.
    CURP
    HTTPS://www.modalidad40.com.mx

  15. Nuevo
    #1425
    26/07/19 23:52

    cuál es la edad maxima para realizar modalidad 40?

  16. Nuevo
    #1424
    26/07/19 15:57

    Hola Andrea, tengo 50 años y empeze a cotizar en el IMSS en 1998, que tengo que hacer para tener una buena pensión y a los cuantos años me puedo pensional?

  17. Nuevo
    #1423
    25/07/19 21:58

    El seguro de invalidez y vida en modalidad 40, en qué consiste?. Qué pasa si al estar pagando la modalidad 40 adquiero una enfermedad que me imposibilite volver a trabajar, me pueden pensionar por invalidez?
    Gracias

  18. en respuesta a Roberto1509
    -
    Top 100
    #1422
    25/07/19 10:40

    Ya te respondí por mensaje

  19. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1421
    24/07/19 13:39

    Hola!, Maty. Buenas tardes.
    Es usted muy amable. Le agradezco mucho su información y su tiempo.
    No había considerado mi “perdida”.

    Tengo más de un año tratando de recuperar mis semanas (y eso que cuento con mis comprobantes), me dicen que porque obtuve mis líneas de Internet, no me pueden ayudar en la delegación, y por Internet me turnan a la delegación. Si recuperara esas semanas, si ayudaría significativamente mi promedio.
    Por último, creo que tendría la opción de meter un recurso de inconformidad al momento de que me den la resolución de pensión, pero temo que se vaya a llevar mucho tiempo.
    Una vez más, muchas gracias por su consejo, me ha abierto mi mente.
    Que tenga un excelente día.