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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Gibersyd
    -
    Top 100
    #1000
    16/01/19 15:06

    Primero debes ir personalmente a la Subdelegación a darte de baja y allí mismo te dirán los pasos a seguir.

  2. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #999
    16/01/19 14:59

    65 años

  3. en respuesta a Gibersyd
    -
    Top 100
    #998
    16/01/19 14:00

    Qué edad tienes?

  4. Nuevo
    #997
    16/01/19 13:56

    Mi papa tiene 71 años, actualmente abora en una compañia, y tiene casi 300 semanas cotizadas en el IMSS. El comenzo a cotizar en 1976. Ya se quiere retirar de trabajar pero se quiere jubilar podría inscribirse en la modalidad 40 para completar las semanas que le faltan?

  5. Nuevo
    #996
    15/01/19 19:17

    Estoy por darme de baja en la modalidad 40 ya que cumplí 5 años cotizando y quiero cobrar mi pensión cuál es el siguiente paso. Gracias

  6. Nuevo
    #995
    14/01/19 09:07

    Si tengo una IPP puedo entrar a modalidad 40?

  7. en respuesta a Ivanpeña
    -
    Top 100
    #994
    14/01/19 07:04

    Tienes 5 años cotizando con el mismo salario de $105 pesos diarios en la modalidad 40? A qué edad te vas a pensionar?

  8. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #993
    13/01/19 23:51

    $105 pesos

  9. en respuesta a Javiermaximus
    -
    Top 100
    #992
    12/01/19 18:20

    Busca en la red a Jaime Gutierrez Melchor, él es especialista en estos temas.

  10. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #991
    12/01/19 15:30

    Me recomiendas acudir con un abogado antes de meter a mi mama a la modalidad 40? O que me recomiendas?

  11. en respuesta a Javiermaximus
    -
    Top 100
    #990
    12/01/19 15:09

    También me tocó una situación en que sí pensionaron a la persona, pero le quitaron las semanas cotizadas que estuvo dada de alta con su pariente.

  12. en respuesta a Javiermaximus
    -
    Top 100
    #989
    12/01/19 15:03

    Mira: el que te pongan objeciones o no para pensionarse dependerá mucho de qué persona te toque al momento iniciar los trámites. En muchas ocasiones no revisan tanto pero en otras sí, aunque debes de saber que el riesgo existe y que existe una ley que ampara dicha negación.

  13. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #988
    12/01/19 14:45

    Entonces no podra pensionarse? Queria pagarle la modalidad 40, los últimos años estubo trabajando, pero hace 4 la di de baja, que puedo hacer en mi casa? Se la negaran, o es algo que puede suceder?

  14. en respuesta a Javiermaximus
    -
    Top 100
    #987
    12/01/19 12:34

    Hola. Sí le afecta. En muchas ocasiones el IMSS toma como referencia los artículos 351, 352 y 353 de la Ley Federal del Trabajo para negar derecho a pensión a quienes están dados de alta por ascendientes (padres) o descendientes (hijos).

  15. #986
    12/01/19 11:41

    Tengo negocio y mi madre trabaja conmigo la tenia registrada en el seguro como trabajadora, ya casi se pensióna, no afecta a la pensión que su patron sea su hijo?

  16. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #985
    10/01/19 12:14

    Eres muy amable muchas gracias

  17. en respuesta a Javijiro
    -
    Top 100
    #984
    10/01/19 12:11

    Allí no sé decirte (de la modalidad 40 pregúntame lo que quieras :) )
    Lo que sí te puedo recomendar es que te asesores muy bien antes de tomar cualquier decisión porque puedes perjudicar tu pensión.

  18. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #983
    10/01/19 12:02

    Gracias de nueva cuenta.
    El año pasado solo coticé 9 semanas. Actualmente no estoy cotizando. Tendré derecho a la modalidad 35
    Saludos

  19. en respuesta a Javijiro
    -
    Top 100
    #982
    10/01/19 11:54

    Las 52 semanas que cotizaste fraccionadas te servirán para el total de semanas cotizadas que acumularás para el cálculo de tu pensión. No te puedes dar de alta tú mismo, el IMSS no lo permite para cuestiones de pensión.

  20. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #981
    10/01/19 11:50

    Hola gracias
    Entonces las anteriores no cuentan cierto.
    Estoy dado de alta como RIF y tengo registro patronal me puedo dar de alta yo mismo para acumular estás 52 semanas continuas
    Gracias por tu atención