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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #1860
    19/06/21 10:15
    Muchas gracias por su oportuna y pronta respuesta
  2. en respuesta a Ulidt
    -
    Top 100
    #1859
    18/06/21 08:18
    Sí podrías re-ingresar a Modalidad 40 siempre y cuando cumplieras con el requisito de tener mínimo 52 semanas cotizadas en tus últimos 5 años. 

    Debes revisar MUY BIEN la conveniencia de ese trabajo pues si ya estás en edad próxima a pensionarte, el darte de alta con un patrón con menos UMAs te bajaría tu próxima pensión. 
  3. Nuevo
    #1858
    18/06/21 08:08
    Pregunta : Estoy en Modalidad 40 con el tope de 25 UMAS , pero tengo la oportunidad de un trabajo  por el regimen obligatorio ( 18.2 UMAS Aprox ) , que pasa con la modalidad 40 si regreso al regimen obligatorio . Cuando vuelva a terminar mi relacion laboral obligatoria puedo reingresar a modalidad 40 ( si es posible bajo que condiciones ) o ya no será posible , Gracias
  4. en respuesta a Epifanio Hernandez A
    -
    Top 100
    #1857
    14/06/21 13:15
    Hola de nuevo Epifanio ... 

    Sí puedes pagar la Modalidad 40 en retroactivo, a partir de tu fecha de baja.

    Debes de inscribirte antes de 5 años a partir de tu última baja. 
  5. #1856
    14/06/21 13:07
    Hola buenos días, deje de cotizar al IMSS en Agosto de 2020, quiero inscribirme a la modalidad 40 por al menos 2 años pero surgen una preguntas que espero me ayuden a contestar.

    Puedo pagar la modalidad 40 a partir del mes de agosto del 2020 ?
    Hasta cuando tengo derecho para inscribirme en la modalidad 40 ?

    Saludos
  6. en respuesta a Luccy
    -
    Top 100
    #1855
    13/06/21 17:41
    Las aportaciones voluntarias al Afore y la Modalidad 40 son cosas muy distintas. 

    Qué te conviene hacer? Depende de muchos factores (laboral, de salud, económico) 

    Estás en una edad excelente para planear bien. 

    Estoy a tus órdenes. 
  7. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #1854
    13/06/21 17:24
    Buenas tardes gracias por responde, tengo 48 años

    Cómo empecé a cotizar antes del 1997, podría hacer aportaciones voluntarias y después modalidad 40 o es lo mismo?.
  8. en respuesta a Luccy
    -
    Top 100
    #1853
    13/06/21 06:53
    Buen día, Luccy... 

    Qué edad tienes? 

    Como tienes tantos años sin cotizar, lo primero que debes hacer es cotizar al IMSS por medio de un patrón por un mínimo de 18 meses y después de eso ya podrías ingresar a Modalidad 40.

    Te sugiero que antes que tomes la decisión de hacer esto e invertir en Modalidad 40 te hagas una proyección de pensión para que tengas en claro si en verdad te conviene o no, pues con tan pocas semanas a veces no es redituable. 

    Martha Rdz. - 
  9. Nuevo
    #1852
    12/06/21 20:41
    Buenas noches 

    Mi último trabajo fue en 2002 (por cuestiones de salud),  tengo  274 semanas cotizadas en el IMSS,  inicie a cotizar en el año 1993; quisiera hacer las aportaciones voluntarias al régimen obligatorio del imss, pero con la cuota mínima y posteriormente poder aumentarla por la modalidad 40. Sería esto posible?. En caso contrario de ser posible me pudieran indicar que seguimiento tengo que hacer para poder pensionarme a los 65. 

    De antemano gracias .
  10. en respuesta a Sergio Martinez Lope
    -
    Top 100
    #1851
    09/06/21 12:13
    Hola Sergio... 
    Uno de los requisitos de la Modalidad 40 es que NO puedes estar cotizando al IMSS por medio de un patrón. 

    Mientras estás en Modalidad 40 puedes seguir trabajando pero de forma independiente. 
  11. en respuesta a Edicor
    -
    Nuevo
    #1850
    09/06/21 11:55
    hola buen día solo quiero saber si puedo seguir trabajando normalmente en cualquier empresa cotizando aunque haya contratado la modalidad 40 
  12. en respuesta a Sanzorena
    -
    Top 100
    #1849
    27/05/21 12:37
    Sí puedes pagar de los 53 a los 58 ... y luego de los 58 a los 60 ya sólo esperas a que tengas los 60 cumplidos para pensionarte.  De poder, sí se puede.  
    Ahora, de que sea lo que más te convenga, no creo.  Habría que analizar tus números para ver si realmente es lo que te conviene. 
  13. Nuevo
    #1848
    27/05/21 12:12
    Buenos dias, cumplo todos los requisitos para pagar modalidad 40, mi pregunta es, en Diciembre del 2021 cumplo 53 años, puedo pagar modalidad 40 de los 53 a los 58 años y que pasaria de los 58 a los 60 años?
    gracias y pendiente con su respuesta
  14. #1847
    03/05/21 00:38
    q pasa si estoy en modalidad 40 y muero?

  15. #1846
    17/03/21 14:16

    ¿Qué debo hacer para obtener la mejor de las pensiones posibles? 

     
    Es muy importante contar con la asesoría adecuada, que defina con claridad la mejor estrategia de pensión, atendiendo a las particularidades del caso y a sus intereses y capacidades financieras. Lo cierto es que hay diferentes alternativas para diferentes casos. 
     
    Que ya no trabaja pero cotizó al seguro, por ejemplo veinte años, con un sueldo bajo, y tiene 55, 56 años. Se puede incorporarlo Régimen de Retiro Voluntario, también llamado Modalidad 40, (Artículo 194), cotizando con un salario diario relativamente alto, lo que implica, ciertamente, una inversión importante durante dos, tres…hasta cinco años, pero al final se obtiene una muy buena pensión. 
     
    Que causó baja hace años, ya tiene 60 años y cotizó al seguro 15, 20, 22, años. Se diseña una estrategia mediante la cual se reactivan sus derechos pensionarios y se tramita su pensión, o bien se reactivan su derechos, se le incorpora al régimen voluntario durante dos o tres años, y se pensiona razonablemente bien a los 62 ó 63 años, según sea el caso. 
     
    En fin, son diversos los casos que podrían presentarse. Lo cierto es que mediante una estrategia adecuada, usted podría tener acceso a una importante pensión, dependiendo, como ya se indicó, de los años que haya cotizado al seguro, la edad a la pretenda o pueda pensionarse y la inversión que esté en posibilidad de hacer. En cualquier caso, usted tiene derecho a una pensión mínima. 
    ​ 
    Jorge M. Martínez R.
  16. en respuesta a R2d2piz1961
    -
    #1845
    11/03/21 14:30
    Permítame hacer los siguiente comentarios.

    1.- 29 años de cotización corresponden a 1,508 semanas de cotización no las 1,800 semanas que indica. Se sugiere verificar el número de semanas cotizadas y reconocidas por el IMSS.

    2.- Con 55 años de edad y  un alto número de semanas cotizadas (sean 1,508 ó las 1,800 que se indican), tendría una muy alta posibilidad de obtener una muy buena cuantía de pensión inscribiéndose en la Modalidad 40 con una alta cobertura durante tres  o cinco años.

    3.- El cálculo de pensión se realiza en función de los siguientes tres factores:

    a) El total de semanas cotizadas.
    b) El salario base promedio de las últimas 250 semanas (poco me de los últimos cinco años)
    c) La edad al momento de solicitar su pensión.

    Es recomendable que antes de tomar una decisión respecto de la Modalidad 40, se realice un estudio de pensión que clarifique las interrogantes:

    ¿Con qué salario base me conviene darme de alta y qué costo mensual tendría?, ¿ por cuánto tiempo voy estar pagando esta mensualidad? y fundamentalmente ¿ a qué edad voy a pensionarme y de a cuánto ascendería el monto de mi pensión?

    Saludos Cordiales.


    Jorge M. Martínez R.
    [email protected]


  17. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1844
    08/03/21 12:15
    Muchas gracias 
  18. en respuesta a Pepecruz
    -
    Top 100
    #1843
    08/03/21 11:03
    Como dependiente no tendrás ningún problema con tu Modalidad 40. Saludos. 
  19. #1842
    08/03/21 10:57
    Hola buen dia quiero seguir recibiendo comentarios pero ya no tengo el correo con el que me regristre es  necesario volverme a registrar ? o solo modificar el correo actual? 
    tengo una pregunta  
    me inscribi en la modalidad 40   pero por necesidad de salud mi hija me dio de alta en el seguro como dependiente   mi pregunta es que esto no me afecta con la la modalidad 40?
  20. en respuesta a Ivonne Martínez H.
    -
    #1841
    05/03/21 16:56
    Estimada Ivonne:

    La Modalidad 40 te permite permanecer en la misma los años que usted decida. en forma general lo más conveniente es cotizar durante cinco años y hacerlo con el mayor salario que esta cobertura te permite, actualmente de $2,240.00, que tiene un costo de $6,770.00 para meses con 30 días y $6,990.00 para meses con treinta y un días.

    El monto de la pensión dependerá de los siguientes tres factores: 1) El total de semanas cotizadas, 2) El salario promedio de los últimos cinco años y 3) La edad al momento de solicitar su pensión.

    Saludos cordiales.

    Atte. Jorge M. Martínez Rodríguez.
    [email protected]