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Fallece un pensionado del ISSSTE: trámites y documentación

Fallece un pensionado del ISSSTE: trámites y documentación

Cuando fallece un pensionado del ISSSTE, sus familiares pueden realizar varios trámites: la recuperación de los gastos funerarios, el cobro del seguro de vida y la pensión por viudez u orfandad. Te explicamos la documentación, los montos y los plazos.
¿Qué hacer cuando fallece un pensionado del ISSSTE?
La pérdida de un ser querido es un momento difícil, y los trámites lo complican aún más. En esta guía te ayudamos con lo que debes hacer cuando fallece un pensionado del ISSSTE: la recuperación de los gastos funerarios, el cobro del seguro de vida y la pensión por viudez u orfandad.
Puntos clave
  • Qué puedes tramitar: gastos funerarios, seguro de vida y pensión por viudez u orfandad.
  • Gastos funerarios: hasta 120 días (unos 4 meses) de la pensión; no necesitas ser familiar y el trámite es gratuito.
  • Seguro de vida institucional: prima mensual del 0.7% de la pensión; suma asegurada de 18 meses para jubilados.
  • Plazo: estas prestaciones prescriben a los 5 años del fallecimiento.

¿Qué hacer cuando fallece un pensionado del ISSSTE? Documentación general

Si eres familiar directo de la persona pensionada fallecida, necesitarás como base:
  • Último comprobante de pago del pensionado (copia).
  • Acta de defunción (original).
  • Identificación oficial de los familiares derechohabientes (original).
  • Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria (original).

Cada modalidad pide documentos adicionales: para viudez, el acta de matrimonio; para hijos menores o beneficiarios con incapacidad, el nombramiento de tutor; y para hijos mayores de edad, una constancia de estudios. Los trámites pueden hacerse en línea o en el Departamento de Pensiones del ISSSTE más cercano.

Recuperación de los gastos funerarios

Si pagaste el funeral de una persona pensionada o jubilada del ISSSTE, el Instituto te reembolsa hasta 120 días (unos 4 meses) de la pensión que recibía, tras comprobar los gastos. No necesitas ser familiar del pensionado, siempre que presentes los documentos. Si el pensionado tenía dos o más pensiones, el cálculo se hace sobre la más alta.

Documentos: certificado de defunción (original), factura de los gastos (original), identificación oficial vigente de quien pagó (original y copia) y CURP del solicitante. El trámite se hace en el Departamento de Pensiones del ISSSTE y la respuesta llega en unos 90 días hábiles.

Ten en cuenta que esta prestación prescribe a los 5 años del fallecimiento (artículo 248 de la Ley del ISSSTE). Además, el recibo de los gastos debe estar a nombre de quien reclama, con el monto en letras y números, y el trámite no tiene costo.

Seguro de vida

Puede haber dos situaciones:

Seguro de vida institucional

Es el seguro con el que cuentan los pensionados administrados por el ISSSTE y los servidores públicos de la administración pública federal. La prima mensual equivale al 0.7% de la pensión y se descuenta de ella.

La suma asegurada, en el caso de un jubilado, es de 18 meses de su pensión al momento del fallecimiento y solo cubre ese evento. Igual que los gastos funerarios, prescribe a los 5 años. El titular designa a sus beneficiarios mediante un formulario.

Seguro de vida independiente

Si no perteneces al grupo que puede acceder al seguro institucional, puedes contratar un seguro de vida independiente, con más flexibilidad para fijar el monto y las primas. La póliza debe indicar los datos de las partes, la persona asegurada, los riesgos cubiertos, la vigencia, la suma asegurada, la prima y los beneficiarios. Puedes ampliar la información en cómo funcionan los seguros de vida.

Cómo cobrar el seguro de vida

Reúne la documentación que acredite el fallecimiento (identificación del asegurado y beneficiarios, acta de defunción certificada, talón de pago, póliza y designación de beneficiarios, entre otros) y contacta a la aseguradora. 

El plazo para avisar del fallecimiento es de siete días, aunque se amplía hasta cinco años cuando no hay mala fe.

Pensión por viudez y orfandad

Cuando fallece un pensionado del ISSSTE por causas ajenas al servicio, y siempre que hubiera cotizado tres años o más, se originan las pensiones por viudez y orfandad:
  • Si el viudo o la viuda no tiene hijos con derecho, recibe el 100% de la pensión del fallecido.
  • Si hay hijos menores de 18 años (o hasta 25 si estudian y no trabajan), el 100% se reparte equitativamente entre los beneficiarios.

También tiene derecho el concubino o concubina que vivió con el pensionado durante los cinco años previos a su muerte, o con quien tuvo hijos, siempre que ambos estuvieran libres de matrimonio. En caso de orfandad, la prestación se divide entre los descendientes que cumplan los requisitos.

Para la mayoría de estos trámites debes acudir a la Delegación Regional o Estatal del ISSSTE. También te puede interesar: cómo descargar los talones de pago del ISSSTE.

Preguntas frecuentes


Hasta 120 días (unos 4 meses) de la pensión que recibía. No necesitas ser familiar, solo comprobar los gastos, y el trámite es gratuito.


Cinco años desde el fallecimiento; después prescriben a favor del Instituto (artículo 248 de la Ley del ISSSTE).


El viudo o viuda, el concubino o concubina y los hijos, si el pensionado cotizó al ISSSTE tres años o más y la muerte fue por causas ajenas al trabajo.


En el Departamento de Pensiones de tu delegación del ISSSTE; algunos pueden iniciarse en línea.

Fuentes consultadas:
  • Ley del ISSSTE (artículos sobre pensiones por muerte y prescripción) e ISSSTE (gob.mx/issste).
  • Seguro de vida institucional de los pensionados del ISSSTE.
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  1. en respuesta a Br4nd0n
    -
    Nuevo
    #40
    19/07/21 14:17
    Los talones del pensionado los encuentra en la pagina de jubilados del ISSSTE de manera virtual, y le van a pedir los datos que vienen en la credencial del jubilado, 
    Le van a pedir crear un usuario y contraseña. Y listo ya puede descargar el comprobante de la fecha que desee.  Que dios la bendiga y la proteja. Saludos
  2. Nuevo
    #38
    13/07/21 23:01
    Hola mi caso es el siguiente mi abuela fallecio ase 2 años el 23 de julio de el 2019 y nos piden el talon de pago de el mes que fallecio y no sabemos como tramitarlo, y no hemos podido cobrar lo de el seguro de vida porque no tenemos el talon de el mes de julio y no sabemos si mi abuela lo descargo pues el papel no aparece en sus cosas personales y me gustaria alguien me ayude porfavor que me asesore por la pandemia no podimos agilizar el tramite .
  3. Nuevo
    #37
    17/01/21 00:23
    Quisiera saber, si se pude cobrar el seguro de vida del pensionado, dejo como beneficiaria a mi madre.
    mi madre fallece al mes , que tramite necesito hacer para cobrar el seguro de vida, yo como hijo. 
  4. en respuesta a Luis Pedraza
    -
    Nuevo
    #36
    29/06/20 23:11
    Hola Luis Pedraza. Mi madre falleció el 23 de abril y he buscado la manera de informar al ISSSTE su defunción pero no he logrado hacerlo. He llamado a un sin fin de números telefónicos y quieren atenderme en relación al covid pero no me han podido dar un número correcto para este tipo de trámites. En internet me sale sólo información sobre que otro cobre la pensión (orfandad, viudez, etc) pero yo lo que quiero es informar al ISSSTE su fallecimiento! Tendrás un número al que te hayas comunicado para informar? Gracias de antemano.
  5. en respuesta a Luis Pedraza
    -
    Nuevo
    #35
    29/06/20 16:51
    Hola Luis,

    Espero te encuentres bien, disculpa que no tenga una respuesta para ti, pero me encuentro en una situación prácticamente igual a la tuya y tus inquietudes son las mismas que tengo. No sé si ya te hayan dado respuesta o te hayan dicho a donde acudir. 
  6. Nuevo
    #34
    01/06/20 12:55
    Buenos dias,

    Mi madre fallecio el 5 de Abril de 2020 y hasta 15 dias despues recibimos su certificado de defuncion en adicion y  debido a la actual Pandemia la Oficina de Pensionados en Cd Juarez a permanecido cerrada. El 1 de Mayo a mi madre le depositaron su pago por pension el cual nos sirvio de ayuda para ajustar un poco los gastos derivados de los gastos funerarios sin embargo, durante todo este es las oficinas siguieron cerradas por lo que el tramite necesario para reclamar el seguro de fallecimiento no se ha podido llevar a cabo. Hoy es 1 de Junio y mi madre no recibio pago alguno lo cual pareciera justo ya que ella fallecio en Abril. Al respecto tego dos preguntas. 1) Es correcto que a mi mama no le hayan hecho ningun deposito? 2) Los unicos hijos de mi madre son un servidor y una hermana que tiene discapacidad intelectual desde su nacimiento ella tiene actualmente 50 anios y vivia con mi madre, yo me quede como el tutor de ella. Mi segunda pregunta es: Ella tiene derecho a recibir algun porcentaje de su pension asi como el servicios medico?
    Gracias por su respuesta
  7. Nuevo
    #33
    10/03/20 17:56

    buenas tardes, disculpe, lo que pasa que yo e intentado con el afore de un familiar que fallecio pero no e podido sacarlo, se hizo un jucio en el tribunal federal de conciliacion y arbitraje, para designar beneficiario, pero ahora el afore pide negativa de pension emitida por el issste, pero el issste solo me dio un oficio y la afore me dijo que ese no lo puede aceptar, y estoy trabada ahi y no se que mas hacer

  8. Nuevo
    #32
    08/01/20 18:51

    Hola buenas tardes
    Disculpen me podrian decir que puedo hacer ya que mi padre tiene poco tiempo que acaba de fallecer y respecto a la gente de su trabajo asi como jefe ninguna persona nos ah ayudado
    Y el tenia el issste segun porque el dia que fallecio dice mi mamá que segun no estaba en el regristro ya que nunca lo dieron de alta de parte de su trabajo pero en todos sus recibos de nomina viene que le descontaban todos los gastos respectivos al issste y nose que pueda hacer

  9. Nuevo
    #31
    23/10/19 00:17

    Hola disculpe tengo una pequeña duda espero i alguien me pueda ayudar mi padre cotiza en el isste era jubilado así que fallesio y el me dejo una pensión de orfandad ya ise los trámites correspondientes y ya esta todo con mi aseguradora y mi cuenta bancaria ya pasaron 2 meses y no me depositan el primer pago cuanto es lo que tardan en pagar el primer pago d epension d eorfandad alguien que ya tenga experiencia se les agradecerá su ayuda

  10. Nuevo
    #30
    25/09/19 10:34

    Buenos dias! Me interesa saber informacion o que se puede hacer?
    Mi abuela fallece, y estaba pensionada por parte del isste , y tiene un hijo que es mi tio pero esta descapacitado y no tiene manera de trabajar o solventarse por si solo, ya que mi abuela se solventaba con su pension.
    Es por eso que quisiera saber si hay algo que se pueda hacer para el que ha quedado solo, sus familiares hemos estado apoyando .

    Porfavor me gustaria saber que se puede hacer, gracias por su atencion!

  11. Nuevo
    #29
    20/04/19 00:41

    Buena noche mi papá falleció en enero y en pensiones aún no lo han dado de baja y si no lo dan de baja no podemos continuar con los trámites para que mi mamá cobre la pensión, que podríamos hacer ya son 2 meses y ellos deberían que en un mes lo darían de baja del ISSSTE. Nosotros lo podemos dar de baja en algun otro lugar???

  12. Nuevo
    #28
    07/03/19 22:53

    Hola, mi señora madre necesita asesoría, su caso es el siguiente:

    Ella actualmente es una adulta mayor, enviudó muy joven en 1980 esto al fallecer de manera prematura mi padre (quien era arquitecto y trabajaba en una dependencia federal) quedando ella sola al cargo de nosotros sus 2 hijos quienes aún eramos niños de 7 y 10 años respectivamente.

    Mi padre fue derecho-habiente del ISSSTE por más de 5 años; al quedar viuda mi madre le fue negada pensión por viudez ignorando ella los motivos y además le desaparecieron los documentos que acreditaban a mi papá como derecho-habiente del ISSSTE, es decir actuaron de mala de para que ella no tuviera modo de exigir.

    Han pasado muchos años desde entonces pero hace un par de meses una persona le dijo a mi mamá que legalmente sí le correspondía pensión por viudez y le sugirió que la tramitara aún cuando ya pasó tanto tiempo. Yo la estoy apoyando y pude conseguir los documentos requeridos pues afortunadamente existe una base de datos y se pueden expedir ciertos comprobantes aunque sean de décadas pasadas.

    Mis preguntas son dos: la primera es si es verdad que aunque ya pasó el tiempo ella todavía pueda conseguir la pensión por viudez. La segunda pregunta es en caso que sí sea posible si la pensión sería retroactiva o si sería a partir del momento que empiecen a otorgársela (en caso que se la den).

    Ojalá y pudieran contestarme ya que ella piensa acudir al ISSSTE de nuestra localidad para solicitar hacer el trámite pero quiere informarse bien antes de proceder.

    Gracias por leer, espero su amable respuesta.

  13. Nuevo
    #26
    14/02/19 08:50

    Buenos días
    Si ya paso más de un año y no sé ah tramitado lo de la pensión por orfandad
    Ya no se podrá realizar??

  14. en respuesta a Diana Ltg
    -
    Nuevo
    #25
    22/01/19 20:35

    Hola Diana, de antemano lamentable tu perdida, tienes que checar las prestaciones que le pertenecian a tu papi, por que hablas de infonavit, que es una prestación del imss y por otro lado del issste

  15. Nuevo
    #24
    21/01/19 16:01

    mi papa ya lleva 2 años cobrando la pensión de mi mama como puedo hacer para que regrese ese dinero y haga las cosas pertinentes y no ande haciendo mal uso de el dinero de mi mama

  16. Nuevo
    #23
    20/01/19 22:29

    En el caso mío no soy casada, pero tengo a mamá asegurada, que es lo que tiene que hacer en caso de mi fallecimiento.

  17. en respuesta a Carlos.Guba
    -
    Nuevo
    #22
    19/01/19 22:23

    El viudo debe cobrar la pensión.

  18. en respuesta a Diana Ltg
    -
    Nuevo
    #21
    19/01/19 22:21

    Ya no se paga la casa. Se le queda al beneficiario que anotó con Infonavit. Busquen el documento. Tampoco se liquida el préstamo. Muestren una copia certificada del fallecimiento del señor al Gerente. Si no les hace caso, vayan con un abogado. Les pagarán los funerales. Que los gastos estén a nombre de una sola persona. También hay que cobrar el seguro institucional. El ISSSTE para 18 meses del salario del fallecido. Y sí también tenía seguro individual, busquen la póliza, allí aparecen los beneficiarios y la parte proporcional que les corresponde. Si no encuentran la póliza, el IMSS debe proporcionarles una copia. La viuda debe quedársele la pensión del difunto.