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Afores y pensiones: herederos, viudez, concubinato, orfandad, invalidez...

En el coloquio tratamos casos y preguntas sobre las afores y pensiones desarrollando las claves para tener una buena pensión, cómo tramitar la pensión de viudez y a quién le corresponde la pensión, quiénes son los herederos legales y cómo tramitar la pensión por concubinato, orfandad o ascendencia.

Como comentamos en el coloquio quien guste realizar una pregunta concreta sobre su situación personal para que estudiemos en profundidad su caso puede agregarla en el foro y será excelente poder ayudarle. 

afore

El actual sistema para el retiro en México:

Sólo es una plataforma básica que garantiza una pensión de entre 25 y no más de 30% del último salario del trabajador.

 

 

1. Qué hacer para tener una buena pensión

Para tener una pensión equivalente al 80% del último salario:

Es necesario hacer aportaciones adicionales durante un tiempo considerable y de forma periódica, es decir ahorrar una cantidad específica por semana, o quincena o mensual.

Ejemplo: un trabajador que realice aportaciones voluntarias a su afore y que se retire con un último salario de 10 mil pesos mensuales, puede tener una pensión de ocho mil pesos.

 

2. ¿Puedo tener Afore si no trabajo para una empresa formal?

Quien trabaja de manera informal o como profesionista independiente también puede ahorrar en su Afore. Para ello es necesario:

  • Inscribirse a una Afore.
  • Hacer aportaciones regulares, es decir cada semana, quincena y mensuales.
  • Hay que hacerlo como un hábito, con la misma disciplina con la que se paga la cuenta de la Luz, la renta o la mensualidad del carro.

 

3. Si un trabajador tiene más de una esposa ¿a quién le corresponde la pensión?

La actual Ley del Seguro Social no contempla la situación en la que un trabajador tenga más de una pareja sentimental, por tanto estos designar quién debe heredar la pensión se convierte en un proceso legal muy largo y tedioso.

 

4. ¿Quiénes son los herederos legales de la Afore de un trabajador fallecido?

  • La viuda o el viudo que haya tenido dependencia económica con el  trabajador.
  • Los hijos menores a 16 años.
  • Los mayores de 16 años solamente si no pueden mantenerse por sí mismos.
  • Los hijos entre 16 y 25 años que se encuentren estudiando.
  • Si los padres del trabajador se encuentran con vida y además viven en la casa del trabajador.
  • La concubina o el concubinario.

 

5. ¿Qué es la Pensión por Viudez? ¿cómo se tramita?

Hay que decir que para este caso el IMSS contempla que la pensión se le otorga a la viuda-Esposa o Concubina y se requiere la siguiente documentación:

  • Para viuda - esposa: Acreditar el vínculo matrimonial.
  • Para viuda - concubina: Acreditar la relación de concubinato.
  • Acreditar 150 semanas de cotización al IMSS.
  • Si el trabajador murió derivado de un riesgo de trabajo, se requiere el documento”ST-3”.
  • Nombre del pensionado muerto y del (o los) familiar(es) derechohabiente(es).
  • Original y copia de credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte o Carta de Naturalización de quien solicita la pensión.
  • Acta de Defunción del Pensionado.

 

6. ¿Qué es la Pensión por Concubinato? ¿cómo se tramita?

  • Acreditar la relación de concubinato.
  • Acreditar 150 semanas de cotización al IMSS.
  • Si el trabajador murió derivado de un riesgo de trabajo, se requiere un documento llamado “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3”.
  • Nombre del pensionado muerto y del (o los) familiar(es) derechohabiente(es).
  • Original y copia de credencial para votar expedida por el IFE, pasaporte o Carta de Naturalización. de quien solicita la pensión.
  • Acta de Defunción del Pensionado.
  • Acreditar el vínculo con el asegurado o pensionado fallecido. 
  • Acreditar la edad del hijo. 
  • El asegurado debe contar con 150 semanas de cotización al momento de su fallecimiento y debe tener vigentes o en conservación su seguro de Invalidez, de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez).

 

7. ¿Qué es la Pensión por Orfandad? ¿cómo se tramita?

Pensión por orfandad para hijos que se encuentran estudiando:

  • Acta o actas de Nacimiento.
  • Copia simple de CURP de los hijos.
  • Copia simple del último comprobante de pago del pensionado o pensionada.
  • Identificación oficial.
  • Constancia de Estudios de Nivel Medio o Superior con reconocimiento oficial.

 

8. ¿Qué es la Pensión por invalidez? ¿cómo se tramita?

Al declararse el estado de invalidez, el asegurado debe encontrarse vigente o dentro del período de conservación de derechos.

Para Régimen de la Ley del Seguro Social de 1973: al declararse en invalidez, el asegurado debe acreditar 150 cotizaciones semanales.

Para Régimen de la Ley del Seguro Social 1997: el asegurado debe acreditar un mínimo de 250 cotizaciones semanales a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez, PERO si el dictamen de invalidez determina una valuación de 75% o superior, sólo será necesario comprobar 150 semanas de cotización.

Dictamen de invalidez ST-4, expedido por los servicios Médicos Institucionales. Este documento debe acreditar el estado de invalidez del asegurado. Este documento será proporcionado directamente por los servicios de Salud en el Trabajo correspondiente.

 

9. ¿Qué es la Pensión por Ascendencia? ¿cómo se tramita?

  • Acta de Nacimiento de Padre y/o Madre.
  • Copia simple de CURP de Padre y/o Madre.
  • Copia simple del último comprobante de pago de Pensionada(o).
  • Identificación oficial de Padre y/o Madre.
  • Comprobar  la dependencia económica (ello se hace en un Juzgado de lo Familiar).

 

Grabación completa del coloquio

Si estabas inscrito en el webinar y no pudiste asistir o quieres volverlo a ver porque te perdiste algo, puedes acceder a la grabación completa del curso con Facundo Molina presionando el play.

 

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