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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Pedro J. Santos
    -
    Top 10
    #800
    29/08/18 09:51

    Hola,

    Las pensiones no se afectan, lo único que puede pasar es que generen bajos intereses pero ello ya sería por otras razones que tienen que ver con las inversiones que se hagan con ellas entre otras causas.

  2. en respuesta a Issrael
    -
    Top 10
    #799
    29/08/18 09:48

    Hola,

    La condición principal es que no tengas relación laboral, es un requisito, asi que si reactivas la continuidad de derechos obligatoria por medio de un patrón anulas la continuidad voluntaria dela M40.

  3. en respuesta a Oscar Rice
    -
    Top 100
    #798
    28/08/18 18:42

    En estricta teoría, no. Pero si la persona que te atiende 'anda de buenas y te quiere echar la mano', sí.

  4. Nuevo
    #797
    28/08/18 18:08

    Cuando ya estas dentro de la modalidad 40 puedes incrementarla despues de dos años
    saludos
    gracias

  5. en respuesta a Oscar Rice
    -
    Top 100
    #796
    27/08/18 17:54

    Ok. Si cotizas un año a $350 pesos diarios y 4 años a $1,200 pesos diarios quiere decir que te pensionarías a los 62 y alcanzarías una pensión de aproximadamente $22mil pesos.

  6. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #795
    27/08/18 17:01

    estimada maty
    yo gano actualmente 350.00 pesos diarios y quiero entrar a la modalidad 40 con un sueldo diario de 1200.00 pesos me conviene entrar a modalidad 40 de cuanto seria mi pension con ese sueldo.
    saludos

  7. en respuesta a Jorge M. Martinez R
    -
    Nuevo
    #794
    27/08/18 16:56

    Estimado Jorge
    yo gano actualmente 350.oo diarios y cuando entre a la modalidad 40 piensom poner un sueldo de 1200.oo pesos
    saludos

  8. en respuesta a Oscar Rice
    -
    Top 100
    #793
    27/08/18 15:34

    Hola Oscar. Te convendría cambiarte a la Modalidad 40 si tienes planes de inscribirte con el salario topado, lo cual te costaría $6,200 pesos mensuales en promedio. Si piensas seguir con el mismo salario que tienes actualmente, no te conviene contratar la M40. Saludos.

  9. en respuesta a Oscar Rice
    -
    #792
    27/08/18 14:57

    Estimado Óscar:

    Si te pensionas a los 60 años, con ese salario diario de $1,200.00 y suponiendo que este ha sido tu salario promedio de los últimos cinco años, y con las semanas que reportas más 104 correspondientes a dos años más, en lo que cumples los 60, te pensionarias con $20,300.00; si lo hicieras en esas condiciones pero a los 62 años, como dices querer pensionarte, la cuantía sería de $24,600.00

    Dices que quieres ingresar a la Modalidad. Recuerda que debes hacerlo con un salario diario no menor al que percibes acutualmente, es decir no menor a los $1,200.00. Sólo te convendría si te dieras de alta con el salario topado de $2,015.00 diarios, que te costaría poco más de $6,000.00 mensuales, con lo que elevarías sustancialmente tu futura pensión. De no ser así, mejor continúa trabajando en las condiciones actuales, al fin a al cabo, tienes un buen salario diario y pensiónate a los sesenta años de edad.

    Saludos cordiales.

    Jorge M. Martínez R.

  10. Nuevo
    #791
    26/08/18 18:17

    Mi nombre es oscarTengo 58 años y me voy a cambiar a la modalidad 40 por 4 años de cuanto va a ser mi pension mensual tengo 1555 semanas cotizadas y tengo un sueldo diario de 1,200 pesos

  11. en respuesta a Jorge M. Martinez R
    -
    Nuevo
    #790
    24/08/18 16:06

    Geacias por sus respuestas. Una pregunta, ustedes realizan estudios de pensiones? Cuál es el costo? Gracias de antemano

  12. en respuesta a Javier 73
    -
    #789
    24/08/18 13:46

    Estimado Javier:

    Por lo que toca a incorporarte a la Modalidad 40, te recomiendo se te efectúe un estudio de pensión que te ayude a determinar en tu particular situación con qué salario diario darte de alta y durante cuánto tiempo y, muy importante, a cuánto ascedería tu furura pensión.

    Saludos.

    Jorge M. Martínez R.

  13. en respuesta a Javier 73
    -
    #788
    24/08/18 11:52

    Estimado Javier:

    Sí, su esposa tiene el derecho de asegurarlo en el IMSS para efectos de la atención médica.

    Saludos.

    Jorge M. Martínez R.

  14. en respuesta a Pedro J. Santos
    -
    #787
    24/08/18 11:47

    Estimado Pedro J. Santos:

    Sólo le afectaría en que caso de que su pensión fuera tan alta que tuviera derecho a la cuantía máxima o topada. Esto es así, porque anteriormente la pensión estaba topada a 25 salarios mínimos y, actualmente, se encuentra, igualmente topada, pero a 25 Unidades de Medida Actualizda, (UMA), la que es un tanto menor que el salario mínimo.

    Recuerde que la cuantía de la pensión se calcula con base en tres factores, estos son: 1) el total de semanas cotizadas en el IMSS, 2) El salario diario promedio de los últimos cinco años y 3) la edad del solicitante al momento de tramitar su pensión.

    Derivado de lo anterior, usted sólo alcanzaría la pensión topada en caso de contar unas 1,500 semanas de cotización y de haber percibido un salario de $2,000.00 diarios o más, duante los últimos cinco años, contadod a partir de su baja definitiva.

    Saldudos.

    Jorge M. Martínez R.

  15. en respuesta a Javier 73
    -
    Top 100
    #786
    23/08/18 11:53

    Sí claro, sin problema.

  16. en respuesta a Barmig
    -
    #785
    23/08/18 10:38

    por favor hacer caso omiso de que ya me respondiste no he recibido la respuesta y cada que te excribo sale en respuesta a Barmig gracias Misael por tu atencion

  17. en respuesta a Barmig
    -
    #784
    23/08/18 10:35

    hola buenos dias Misael te vuelvo a realizar la pregunta que no me respondiste a lo que te pregunte por favor recurro a ti por la experiencia que tienes yo actualmente estoy registrado en el imss con un sueldo de $271.82 me daran una pensión temporal de 1 año para no estarme dando incapacidad mensual pues mi problema es de la visión y el riñón mi pregunta cuanto me corresponde de pensión tengo 62 años y cuando se acabe la pensión temporal podre seguir trabajando en la empresa para saber que hago pues segun en el seguro me sugieren vaya a auditoria laboral para que auditen a la empresa por que el salario no es igual al recibo de nomina que me aconsejas POR FAVOR RESPONDE ME GRACIAS.

  18. Nuevo
    #783
    22/08/18 19:14

    Tengo una duda: si quiero estar en la modalidad 40 y mi esposa tiene seguro por su trabajo, puede ella meterme al seguro (seguro de enfermedades) como esposo de ella? Gracias

  19. en respuesta a Barmig
    -
    #782
    22/08/18 15:55

    BuenAS TARDES Misael ok gracias si tengo 271.82 como base de salario registrado en el imss ello me van hacer una pensión temporal de 1 año para no estarme dando incapacidad mensual pues mi problema es de la visión y el riñón mi pregunta cuanto me corresponde de pensión tengo 62 años y cuando se acabe la pensión temporal podre seguir trabajando en la empresa para saber que hago pues segun en el seguro me sugieren vaya a auditoria laboral para que auditen a la empresa por que el salario no es igual al recibo de nomina que me aconsejas POR FAVOR RESPONDE ME GRACIAS.

  20. Nuevo
    #781
    22/08/18 13:11

    Hola Andrea, me pensionaré en septiembre de este año 2018 y mi pregunta es si mi pensión se verá disminuida por la entrada en vigor de los UMA?