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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a E Aaron Campos
    -
    Top 10
    #58
    31/08/16 06:54

    Buen día Ernesto,

    todos los trámites son gratuitos. La carga social por esta modalidad es del 10.075% del salario mensual que se registre. En el momento de registrarte no te han solicitado la cuenta o el número de tarjeta?

  2. en respuesta a Humberto Cg
    -
    Nuevo
    #57
    28/08/16 20:10

    yo me encuentro en la misma situacion, pero no encuentro respuesta, y a veces acudir al seguro a que lo orienten te sale contraproducente, si me entero de algo concreto lo publico hasta luego.

  3. en respuesta a Pastor Alemán
    -
    Nuevo
    #56
    26/08/16 13:23

    Gracias Pastor Alemán por tu comentario.

  4. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #55
    26/08/16 09:50

    Hola buenos dias ,una ves dado de alta en donde tengo que hacer mis aportaciones ustedes me indican, para iniciar mi alta por internet, y cuanto es por este tramite saludos

    Ernesto A Campos

  5. en respuesta a Humberto Cg
    -
    Top 25
    #54
    26/08/16 07:17

    Hola, yo pienso que si que deberías poder, siempre que cumplas los requisitos, porque en los requisitos no dice en ningún caso nada de personas que tienen pensiones por IPP.

  6. Nuevo
    #51
    25/08/16 21:18

    Si tengo una pensión por IPP (Incapacidad Permanente Parcial) puedo entrar a cotizar mediante la modalidad 40.

  7. en respuesta a E Aaron Campos
    -
    Top 10
    #50
    25/08/16 07:46

    Buenos días,

    puedes aportar la cantidad que desees siempre que no superes los 25 salarios mínimos. Toda cantidad que aportes hará incrementar tu salario para el retiro, pero dependiendo de la cantidad, el incremento será mayor o menor.

  8. Nuevo
    #49
    24/08/16 14:31

    Hola, buenas tardes tengo 62 deje de trabajar y cotizara los sesenta años, quiero inscribirme a modalidad Cuarenta, mi pregunta es, cuanto tengo que aportar mensualmente para incrementar mi retiro a los 65 años saludos

    Ernesto Aaron

  9. en respuesta a Ely Castillo
    -
    Top 10
    #48
    24/08/16 03:47

    Buen día Ely,

    en la modalidad 40 debes pagar cada 30 días el equivalente al 10.075% del salario con el que deseen cotizar. Por tanto, el salario que quieres aportar lo estableces tu. Siempre que no supere el máximo de 25 salarios mínimos (se tomará el salario mínimo vigente a la fecha de la inscripción).

  10. Nuevo
    #47
    12/08/16 19:17

    Hola Andrea, quiero darme de alta en modalidad 40, en 9 meses cumplo 5 años sin cotizar, tenía el salario topado para IMSS, 2 consultas: 1.- Me puedo dar de alta con un salario menor? 2.- Más adelante puedo volver a topar mi salario en esta modalidad? Gracias y cordiales saludos,

  11. en respuesta a Villano
    -
    Top 10
    #46
    29/07/16 05:48

    Buen día,

    Si, por supuesto, no hay ningún problema, siempre que no hayan transcurrido los 5 años desde tu última relación de trabajo, puedes realizar aportaciones voluntarias para completar tu retiro. Para eso, cuando puedas inscribirte a la Modalidad 40 deberás pagar cada mes el equivalente al 10.075% del salario con el que deseen cotizar. Por tanto, no es necesario que cotices con un nuevo patrón siempre que no pasen los 5 años desde tu última relación laboral. Un saludo, si tienes alguna duda más puedes volver a contactar con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.

    Un saludo!

  12. en respuesta a Ferdbb
    -
    Top 10
    #45
    28/07/16 11:08

    Perdona, no lo había redactado bien, ya lo he modificado para que se entienda mejor. Gracias por tus comentarios. ¿Has estado sujeto a esta Modalidad? Un saludo.

  13. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    #44
    28/07/16 11:03

    Claro que se puede, pero mi comentario hacia ti, es que estas explicando, que las 52 semanas tienen que ser con un solo patrón y eso es incorrecto ( dentro de los últimos 5 años de otro caso), Un abrazo

  14. en respuesta a Ferdbb
    -
    Top 10
    #43
    28/07/16 09:58

    Si, obvio puede cotizar con más de un patrón. El problema que tiene es que no le dejan cambiar su cotización, para cotizar más ahora que tiene un salario más elevado. Un saludo.

  15. Nuevo
    #42
    28/07/16 09:16

    Muchas gracias por la información , mi pregunta es acerca de aportación voluntaria , tengo 53 años termine mi relación laboral a los 52 años después de trabajar 25 años con el mismo patrón mi deseo es pensionarme... si nada cambia a los 60 años ...pregunta puedo empezar a aportar en esta modalidad 40 antes de cumplir los 57años? Es decir antes de que pasen 5 años de terminada mi relación laboral Y aportar 3 años voluntariamente hasta los 60?
    O tendré que cotizar con algún patrón por lo menos un año? En este momento no puedo cotizar voluntariamente hasta no estabilizarme económicamente
    Gracias de antemano y saludos a todos los del foro.

  16. en respuesta a Adicarser
    -
    #41
    27/07/16 13:04

    Esta confusa tu información de arranque, con gusto te oriento.