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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Pao Laguna
    -
    #300
    18/07/17 14:03

    Estimada Pao:

    Mientras su papá se encuentre inscrito en la Modalidad 40 no recibirá un beneficio adicional, ni siquiera tendrá derecho a atención médica. Esto es así, porque esta modalidad se diseñó para personas que en su oportunidad trabajaron para algún patrón y posteriormente, quizá cuando se titularon, decidieron trabajar por su propia cuenta, (doctores, abogados, dentistas, etc.,)pero que igualmente requerían conservar sus derechos pensionarios.

    Ya cuando su papá se pensione, adquirirá los derechos que en esa situación le corresponden, como son derecho a atención médica, aguinaldo, préstamos personales, y derecho a transmitir su pensión a sus deudos, ya por viudez u orfandad, en los casos y términos que la ley prevé.

    Esperando que la presente información le sea de utilidad, le saludo cordialmente.

    Atte.

    Jorge M. Martínez.

  2. en respuesta a Jorge M. Martinez R
    -
    Nuevo
    #295
    18/07/17 12:51

    Muchas gracias Sr. Martínez agradezco mucho sus comentarios.seria posible me indique como lo puedo contactar por teléfono? De nuevo muchas gracias.

  3. Nuevo
    #294
    18/07/17 10:35

    Buen dia quisiera saber si una vez que te encuentras pagando la modalidad 40, pudieran modificar las condiciones de pensión es decir surja una ley que la anule?, o una vez inscrita se es seguro lograr la pensión para la cual estas aportando. Gracias

  4. Nuevo
    #293
    17/07/17 18:06

    Hola, mi duda es si al pensionarse mi papa con la modalidad 40, mi papa queda con algun beneficio?

  5. en respuesta a Juan Herna
    -
    #292
    17/07/17 10:41

    Estimado Juan:

    Efectivamente, le conviene seguir cotizando al IMSS. ¿Cómo puede hacerle?. Tiene que entrar a una empresa, por muy modesta que sea. Farmacia, taller, microempresa, que lo dé de alta en el IMSS. Esto le permitirá seguir cotizando semanas para cuando llegue el momento de su retiro. Es igualmente recomendable que a los 55 años, o a los sesenta, si es el caso que tuviera pocas semanas de cotización, se dé de baja en el Instituto y se inscriba a la modalidad 40, con un salario considerablemente alto, recomendable de poco mas de $2,000.00 (lo que les costará poco más de $6,000.00), lo que en su oportunidad le permitirá tener una aceptable pensión.

    Recuerde, como se lo indico a todos, que los requisito para pensionarse son:

    Tener 60 años cumplidos.
    Contar por lo menos con 500 semanas de cotización (Ley 1973, lo que implica haberse dado de alta antes de 1997).
    Haber causado baja del IMSS y,
    Estar en su período de conservación de derechos.

    También debe recordar para el cálculo de su pensión se considera básicamente.

    La semanas totales de cotización reconocidas por el IMSS.
    EL salario promedio diario de los últimos cinco años. (por esto es importante que cotice con un salario alto en la Modalidad 40, previo su trámite de pensión)
    La edad al momento de pensionarse.

    Le saludo cordialmente.

  6. en respuesta a Roberto Molina
    -
    #291
    17/07/17 10:15

    Estimado Roberto Molina:

    Me envía el correo, pero se dirige a Andrea.

  7. en respuesta a Jorge M. Martinez R
    -
    Nuevo
    #290
    17/07/17 01:35

    hola andrea. ojalá puedas ayudarme, tengo 58 años; 430 semanas cotizadas, pedí en mi empresa que me dieran de baja en el imss. me inscribí a la modalidad 40 en diciembre del 2016. llevo pagadas 6 mensualidades de $ 5'800. 
    es conveniente que siga así? o según los comentarios leidos, sería mejor continuar cotizando hasta completar al menos las 500 semanas obligatorias? en mi empleo solo me registran con el salario mínimo. 
    muchas gracias.

  8. Nuevo
    #289
    12/07/17 14:49

    Hola, tengo 46 años , Trabajo por mi cuenta pero quiero seguir cotizando para la pensión , con una cuota mínima para cumplir con las semanas , como le hago ??
    Llevo un año sin cotizar.

    Pero no quiero con la Modalidad 40 , por que no puedo cambiar el salario y cuando cumpla los 60 años me gustaría aplicar con las mas alta y poder pensionarme a con la pensión mas alta.
    Muchas gracias por su respuesta

  9. en respuesta a Francisco Abelardo
    -
    #288
    12/07/17 11:14

    Estimado Francisco Abelardo:

    Comenta en su mensaje que, "qué puede hacer para alcanzar la máxima pensión". Ahora bien la máxima pensión que otorga el IMSS, es la topada a 25 salarios mínimos mensuales, es decir, de poco menos de $50,000.00 mensuales. Pero eso tipo de pensión sólo se alcanza cuando se tienen 1,500 ó mas semanas de cotización (algo así como 30 años trabajando y cotizando al Instituto)y, además, se cuenta con un salario alto diario promedio de los últimos cinco años, de más de $2,400.00, debido a que para determinar el monto de su pensión se consideran básicamente dos elemento muy importantes, que son el tiempo que tiene cotizando al IMSS, y el salario promedio de los últimos cinco años. Por ejemplo, con pocas semanas de cotización y un sueldo promedio alto, se alcanza una pensión de mediana cuantía, o bien, muchos años de cotización y un salario bajo, igualmente se tiene una mediana pensión.

    En su caso, que es lo que a usted le interesa, con sólo 600 semanas de cotización, y suponiendo 250 semanas más correspondientes a cinco años de cotización en la modalidad 40, sumaría un total de 850 y suponiendo igualmente un salario promedio alto, de $2,000.0 ó más, usted obtendría una pensión medianamente alta, muy probablemente entre $15,000 a $20, 000.00 (se aconseja, realizar un estudio de pensión para determinar con certeza el monto exacto de su pensión).

    En resumen, la pensión más alta no podría alcanzarla usted, pero incorporándose a la modalidad 40, por un período de cinco años con un salario de $2,000.00 o mayor, usted podría obtener una aceptable pensión.

    Otro aspecto importante que debe saber y que suele causar confusión, es el costo que tendrá darse de alta en esta modalidad. En su caso, darse de alta en la modalidad 40, con un salario promedio, por ejemplo de $2,000.00 diarios, le costará a usted poco más de $6,000.00 mensuales, aspecto muy importante que debe considerar, a efecto de saber si podrá contar con dicho recurso y durante el período de los cinco años presupuestados. Tome en cuenta, que para estar inscrito en esta opción, usted no deberá estar cotizando al Instituto, por lo que deberá resolver este punto previa su inscripción, es decir ¿de dónde o como obtendrá usted los $6,000.00 que requiere destinar a esta alternativa durante el período señalado?, independientemente de los recursos que requiera para sus gasto personales.

    Esperando que este información le sea útil, le saludo cordialmente.

    Atte.

    Jorge M. Martínez R.

  10. en respuesta a Francisco Abelardo
    -
    #287
    11/07/17 11:09

    Claro que sí puedo orientarlo. En breve responderé su petición.

  11. en respuesta a Jorge M. Martinez R
    -
    Nuevo
    #286
    10/07/17 02:04

    Tengo 60 años y deje de cotizar al imss por 20 años, sin embargo ya tengo un año cotizando dado que estoy trabajando con un salario de 20 mil pesos mensuales y tengo acumuladas 600 semanas aproximadamente, me puedes asesorar por favor para saber que puedo hacer para alcanzar la máxima pensión?

  12. en respuesta a Montemorelos
    -
    #285
    07/07/17 10:10

    Es importante mencionarte, que la modalidad 40 no incluye la atención médica. También es recomendable efectuar un cálculo de tu pensión, a efecto de que tengas la certeza de la cantidad con la que eventualmente te pensionarías.

    Saludos cordiales.

    Jorge M. Martínez R.

  13. en respuesta a Jorge M. Martinez R
    -
    Nuevo
    #284
    07/07/17 07:43

    muchas gracias, si aun trabajo para una compañía, entonces pediré la baja en la compañía y me inscribiré en la modalidad 40, para los últimos 4años que me quedan

  14. en respuesta a Montemorelos
    -
    #283
    05/07/17 15:08

    Estimado (a) Montemorelos:

    No me queda muy claro si actualmente trabajas, ya que dices "no continuo ahora en la actualidad" y mencionas que tienes un año y seis mese en la empresa que trabajas.

    ¿Puedes inscribirte en la Modalidad 40?, sí, sí puedes inscribirte en la modalidad 40, siempre y cuando al momento de tu solicitud de inscripción no te encuentres cotizando al Instituto. Igualmente puedes darte de alta con un salario de cotización topado (25 salarios mínimos), pero es importe que sepas, que cuando te pensiones tu pensión no sería igualmente topada a 25 salarios, si no que se calcularía con base en las semanas que tuvieras cotizadas al instituto y el sueldo promedio de los últimos cinco años. Para tener una pensión topada, actualmente de poco menos de $50,000.00 mensuales, requerirías de unas 1,500 semanas de cotización y un salario diario promedio de poco menos de $2,500.00

    Ahora bien, con poco más de 1,000 semanas de cotización que tendrías en el supuesto que te inscribieras a la modalidad 40 por un período de cinco años (762 que tienes actualmente y 250 más de los cinco años de esta modalidad), y siempre y cuando, te dieras de alta con un sueldo de $2,000.00 o mayor, alcanzarías una buena pensión, muy probablemente, a reserva de efectuar el cálculo correspondiente de unos $25,000.00 al mes.

    Saludos.

    Jorge M. Martínez R.

    Antes de tomar una decisión pide que se te efectúe un Estudio de Pensión.

  15. en respuesta a Robertovt
    -
    #282
    05/07/17 14:43

    Estimado Robertovt:

    Para que la Modalidad 40 realmente te convenga y obtengas una pensión alta requieres tener por lo menos unas 1,000 semanas de cotización. Esto es porque la cuantía de la pensión se calcula con base en el total de semanas cotizadas y reconocidas por el Instituto y el sueldo promedio de los últimos cinco años. Como se puede deducir, actualmente tienes sólo 350 semanas cotizadas, que sumadas a las 250 más, correspondientes a los cinco años que pretendes cotizar en la Modalidad 40, darían un total de únicamente 600 semanas. Esto, aún suponiendo que te dieras de alta con un sueldo diario promedio alto los cinco años que cotizaras en la modalidad, no de daría en pensión alta, debido, reitero, a las pocas semanas de cotización que en ese supuesto tendrás en el IMSS.

    No obstante, puedes darte de alta en esta modalidad con un salario menor, lo que tendría un costo igualmente menor, y te permitiría cumplidos los requisitos pensionarte con una cuantía mínima, probablemente de una salario mínimo mensual de sólo $2,433.00 en la actualidad

    E resumen, tiene dos opciones:

    1.- Cotizar en la modalidad 40 por un período de cinco años, con un salario alto y pensionarte a los 68 años de edad, con una cuantía no muy significativa, o bien,

    2.- cotizar en la modalidad 40 por un período de sólo 2 años, con un salario menor y pensionarte a los 65 años con una cuantía de poco menos de $2,500.00

    Recuerda que mientras dura la modalidad 40 no contarás con servicios médicos, y que para pensionarte se requiere de 60 años de edad, mínimo 500 semanas de cotización, (casi 10 años, Ley 1973), haber causado baja del IMSS, y encontrarte en tu período de conservación de derechos.

    Finalmente te reitero que para calcular tu pensión se toma en cuenta las semanas que tienes cotizadas en el Instituto y el sueldo promedio de los últimos cinco años, de manera tal que para que tu pensión fuera alta requieres muchas semanas de cotización, (por lo menos 1,000 semanas y un salario promedio también muy alto, por lo menos de $2,000.00, lo cual tendría un costo mensual para ti, de poco más de $6,000.00

    Esperando que esta información te sea de utilidad, te saludo cordialmente

    Jorge M. Martínez R.

  16. en respuesta a Louccynicest
    -
    #281
    28/06/17 10:14

    Estimada (o) Louccynicest:

    Sí, es posible y es legal. Igualmente, es recomendable, aunque es necesario señalar que debido a las pocas semanas de cotización, muy probablemente la cuantía de su pensión sea baja, aún cuando en la modalidad 40 se diera de alta con un buen sueldo diario. Al respecto, al respecto, le recuerdo que la pensión se calcula principalmente con base en los años que haya cotizado al Instituto y el sueldo promedio de los últimos cinco años.

    También le recuerdo, que para tener derecho a una pensión se requiere, tener por lo menos 10 años de haber cotizado al IMSS, (500 semanas, Ley 1973), haber causado baja del Instituto y tener 60 años de edad cumplidos.

    Por último, y en relación a su interés en la modalidad 40, le recomiendo previa asesoría, a efecto de determinar qué tanto le conviene, dadas la pocas semanas tiene de cotización al IMSS.

    Saludos Cordiales.

    Jorge Martínez.