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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Oscar Gonzalez
    -
    Top 10
    #380
    03/10/17 20:43

    Hola,

    Son las recomendaciones de algunas personas. A lo que se refiere es que en este caso lo más conveniente es hacer aportaciones a las afores junto a la modalidad 40, ¿por qué? porque quienes se pensionarán por la ley 97 la pensión se les calcula sobre el saldo que se tiene en la AFORE y no sobre el promedio de los últimos cinco años (como sucede en la M40), es por ello que lo que les conviene más es hacer aportaciones voluntarias a su AFORE en lugar de pagar altas cuotas voluntarias.

    Saludos.

  2. en respuesta a Miriam Tejeda
    -
    Top 10
    #379
    03/10/17 20:27

    Hola,

    Existen unos 20 elementos que el IMSS utiliza para calcular la pensión de quienes están en la Ley 73, pero uno de los factores más importantes para la continuación voluntaria es que se debe pagar el equivalente al 10.075% del salario mensual con el que se desea cotizar, además está topado a 25 unidades de medida (antes salarios mínimos mensuales).

    Ejemplo:

    Si el último sueldo registrado de alguien fue de 15 mil pesos mensuales, debe pagar para su Modalidad 40 aproximadamente $1,511.25 porque 100.75 x 15 = 1,511.25.

    Saludos.

  3. Nuevo
    #378
    27/09/17 17:58

    que información debe de contener el escrito libre

  4. Nuevo
    #377
    27/09/17 14:59

    ¿Por qué?

    "Los expertos no recomiendan cotizar a la modalidad 40 cuando:

    Estamos en la Ley del IMSS 1997, tenemos menos de 60 años y más de 1,250 semanas cotizadas. En este caso podemos realizar la modalidad 40 y aportaciones a las afores, pero los expertos en este caso no recomiendan cotizar en la modalidad 40."

  5. Nuevo
    #376
    26/09/17 22:10

    Hola, quisiera saber quien me puede hacer un calculo de cuanto tienen que ser las aportaciones en la modalidad 40, para recibir una mayor pension.
    Quiero tener el calculo completo para saber si es conveniente para mi.

    Gracias

  6. en respuesta a Kiless
    -
    Top 10
    #375
    23/09/17 20:13

    Cualquier retiro de afore se descuenta de su actual saldo, y lo que quede en su cuenta es lo que se le entregará como pensión mes a mes.

  7. Nuevo
    #374
    20/09/17 20:58

    me refiero a si retiro mi afore me vaya a descontar a mis mensualidades de pagos futuros de mi pension esa es mi pregunta Misael o nada tene que ver el afore y el pago de pension

  8. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #373
    20/09/17 20:54

    yo se lo que me alta porque hice un contrato por 5 años isael i PREGUNTA ES LA SIGUIENTE,
    NO AFECTA QUE RETIRE EL AFORE QUE TENGO EN EL BANCO A LOS 60 AÑOS O SI ME AFECTA ESA ES MI PREGUNTA yo estoy pagando al imss lo convenido cada mes pero si me afecta que se retire el afore que son mas de 400.000 mil pues mejor ni los muevo e ESA ES MI PREGUNTA HABER SI ME ENTIENDO

  9. Nuevo
    #372
    19/09/17 09:06

    que posibilidad hay, o al menos que se rumora respecto a la reforma de pensiones del imss, lo cual afectaría obvio a la modalidad 40, y que posibilidades existen de que se disminuya de 25 Salarios mínimos a 10 como lo han venido manejando en algunos foros, por ultimo si yo me inscribiera en la modalidad 40 con sus beneficios actuales, que posibilidad de que se me respetaran aunque se modificaran dichos beneficios, gracias

  10. en respuesta a Javiermaximus
    -
    Top 10
    #371
    18/09/17 23:24

    Buenas noches,

    Debe solicitarlo en la Subdelegación que le corresponda.

    Parece que aún está dentro del periodo para solicitarlo porque son 5 años después de causar baja.

    No está de más que vaya a preguntar

  11. en respuesta a Kiless
    -
    Top 10
    #370
    18/09/17 23:19

    Buenas noches,

    Pero le faltan dos años más pagando la M40 no?

    Por lo que entiendo lleva 3 años pagando, así que si 3l IMSS considera 5 todavía le falta.

    Saludos.

  12. Nuevo
    #369
    15/09/17 17:57

    estoy a punto de pensionarme con el salario topado en la modalidad 40 casi tres años pagando la cantidad que me hicieron en el tabulador 5.500.oo cada mes pero tengo una gran duda en que me afecta que ya el próximo año retire mi afore me afecta a mi pension mensual que tengo contratada o mejor ni muevo el dinero del afore para que no me afecte o esta esto independiente a la modalidad 40 no me gustaría llévame una sorpresa y que me diGan que porque retire lo de mi afore ME TOQU MENOS PENSIO MENSUAL SACAME DE MI DUDA GRACIAS POR APOYAR A MI DUDA según mi contratoo con el imss se hizo el cotrato a 5 años y estoy por cumplir 3 pagando el tope o sea lo maximo

  13. #368
    14/09/17 17:19

    desde cuando se puede activar la modalidad 40, hace 3 años se dejo de cotizar, puedo comprar la modalidad 40 desde que se dejo de cotizar o solo desde el dia de hoy ?

  14. Nuevo
    #367
    13/09/17 20:40

    Tengo 610 semanas cotizadas y fui dada de alta en 1989, quisiera aplicar la modalidad 40 pero tengo dudas de que porcentaje recibiría, porque creo que leí que lo máximo con lo que me puedo registrar son 27 salarios mínimos,es decir, alrededor de $2,161, lo que me vendría dando al mes alrededor de $21,610..estoy en lo correcto?? o cuanto es lo máximo con lo que me puedo registrar?? tiene que ver las semanas cotizadas con la cantidad que se recibirá al momento del retiro?

  15. Nuevo
    #366
    13/09/17 15:54

    Hola buenas tardes!
    mi esposo empezó a pagar la modalidad 40. lleva 3 meses!que pasa en caso de fallecimiento, es duro pero hay que saber que hacer en esos momentos,

    de antemano gracias;
    Alma Acevedo

  16. Nuevo
    #365
    08/09/17 11:57

    Hola!.
    Hablando de ésta aportación voluntaria. Yo estoy regido por la ley 1973. He sido dado de baja hace una semana después de trabajar casi 5 años con salario tope de 25 salarios. Cumplí 60 años en enero y antes de eso sólo trabajé menos de un año en 1975. Por tanto no completo quinientas semanas para jubilarse... La modalidad 40 es para mi?

  17. Nuevo
    #364
    05/09/17 12:11

    Hola buenos días, Es obligatorio contratar la modalidad 33 junto con la 40? Si no contrato la 33, que consecuencias trae que puedan afectar el recibir la pensión en su momento dado?

  18. en respuesta a Jose Flores Ortiz
    -
    #363
    04/09/17 09:21

    Hola Jese Flores

    En estricto sentido estas en lo correcto, eh leido diferentes articulos referente a la pertinencia de jubilarte a los 60,61,62,63,64 o 65 años, en todos ellos definitivamente la respuesta es que a los 60 años a pesar de solo recibir un 75% del 100% que pudieras recibir si te esperas a los 65 años, como tip te puedo comentar que tienes la posibilidad a esperarte por ejemplo a los 60 años y seis meses de edad (y una semana, por aquello de la burocracia, jajaja), pudiendo alcanzar el 80%, ya que la propia ley establece que a partir de esta fecha ya se considera año completo para la propia Ley.

    Saludos...

  19. Nuevo
    #362
    04/09/17 08:54

    Si ya tengo mas de 1280 semanas cotizafas me conviene la modalidad 40 sino porque????? ?

  20. en respuesta a guafle07
    -
    Nuevo
    #361
    02/09/17 01:00

    Hola es complejo entender la ley del IMSS y más si no estás familiarizado. Mi pregunta es, tengo 48 años, quiero pensionarme a los 60 estoy en la ley 73, qué pasa si dejo de trabajar a los 56? cumplo con las 52 semanas q pide la ley del imss en los últimos 5 años antes de solicitar la pensión a los 60 años, mi último salario fue de 35,000, al cumplir los 56 años de edad me corren, renuncio o como sea el caso, en ese momento me puedo inscribir a la modalidad 40? Si es q sí, quiero aportar el máximo para obtener el máximo de pensión, entonces tomando el ejemplo de q mensualmente yo aporté $5,200 mensuales al imss durante los 4 años para alcanzar los 60 años y solicitar mi pensión de jubilación el IMSS me dará el 75% del tope de pensión?