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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. Nuevo
    #280
    28/06/17 07:53

    buen día...

    tengo 762 semanas cotizadas y tengo 61 años, puedo inscribirme en la modalidad 40, y pedir el topado,? y como lo realizaría, alguien puede apoyarme. gracias ( empece a trabajar en 1992 pero no continuo ahorita en la actualidad., tengo un año y seis meses en la empresa que trabajo

  2. Nuevo
    #279
    27/06/17 09:01

    Hola, dejé de trabajar en 1990 para dedicarme a mi familia y sólo coticé como 250 semanas, ahora a mis 53 años quiero volver a trabajar un par de años para activar mi IMSS y luego seguir pagando bajo la modalidad 40 hasta los 65 años y jubilarme. Es ésto posible y legal????
    Mi otra pregunta es por qué no encuentro mi numero del IMSS en linea, será que como ya pasó mucho tiempo que dejé de trabajar ya no existe y por lo tanto ya no hay nada que hacer? Por favor ayúdenme a aclarar mis dudas! GRACIAS!!!!

  3. Nuevo
    #278
    26/06/17 10:57

    Andrea, buenos dias: cuantos años se debe pagar la modalidad 40 para que me pueda jubilar con el salario que de de alta, gracias y saludos.

  4. Nuevo
    #277
    24/06/17 16:31

    Srita. Andrea, si me pensiono por la modalidad 40 con el IMSS, ¿puedo seguir trabajando en el sector gobierno y pensionarme también por el ISSSTE? Tengo 59 años y actualmente cotizo al IMSS porque mi patrón me tiene registrado con el salario mínimo pero también trabajo para el gobierno y ctizo para el ISSSTE. Gracias de antemano por su amable respuesta.

  5. en respuesta a Rosalina J. Macías
    -
    Nuevo
    #276
    23/06/17 15:48

    Soy Rosalina J. Macías, ojalá me puedan contestar, y otra pregunta, porque a mi no me sale la manita de like. Muchas gracias.

  6. Nuevo
    #275
    22/06/17 12:17

    Hola, en los últimos 5 años e cotizado con salario mínimo, termino mi relación laboral y baja en el seguro social hace un mes, tengo 63 años, fui dado de alta en el seguro en el año 1980 y cotice aprox 7 años.
    la modalidad 40 del imss me conviene? puedo seguir con las prestaciones hospitalarias del imss en la modadlidad 40 o tengo que pagar adicional el seguro voluntario?. hoy en día trabajo por mi cuenta .

  7. en respuesta a Rudiberto Aguilar Bo
    -
    Top 10
    #274
    21/06/17 07:13

    Buenos días,

    Con esos datos no hay impedimento.

    Una vez que ya no esté trabajando hay que solicitar al IMSS la "Continuación voluntaria" (modalidad 40) y cotizar en ella el tiempo requerido (5 años) para aumentar su monto de pensión.

    Saludos.

  8. Nuevo
    #273
    20/06/17 14:32

    Hola, tengo 55 años, cumplidos, y solicité a mi patrón mi baja ante el imss para poder ingresar a la modalidad 40, mi registro ante el imss es desde 1983, tengo los últimos 5 años cotizando de manera regular 52 semanas por año y tengo según mi registro ante el imss a la fecha 1040 semanas cotizadas, mi pregunta es, cuando debo hacer mi registro ante el imss en esta modaliad 40? tendré de acuerdo a esos datos algún impedimento técnico para hacerlo?? y de ser así, todavía puedo hacerlo con los 25 Salarios??
    Gracias por sus comenatrios.

  9. Nuevo
    #271
    19/06/17 13:33

    Buenas tardes
    me podrias decir si para entrar en la modalidad 40 por primera vez, es necesario hacer el escrito libre? y si es asi como se hace o que datos debe llevar, tiene usted algun formato que me sirva de ejemplo

  10. Nuevo
    #270
    16/06/17 16:50

    hola yo tengo 1 mes que me retire de mi trabajo y en septiembre voy a cumplir los 60 años quiero pagar 1 año de modalidad 40 para incrementar mi pension cree que si me conviene hacerlo

  11. Nuevo
    #269
    08/06/17 16:24

    Buenas tardes, gracias por su información. Tengo dos preguntas, soy una mujer de 52 años, soltera, sin hijos ni dependientes familiares. Comencé a cotizar en el imss desde 1990, actualmente tengo 839 semanas cotizadas, también actualmente estoy cotizando con un patron. Siempre mis patrones me dieron de alta con salarios bajos. Quisiera obtener una de las máximas pensiones y pensionarme a los sesenta años. ¿con que salario me aconsejan entrar a la modalidad 40, es decir, cuanto tendría que pagar mensualmente y por cuanto tiempo me conviene pagar?
    Agradezco mucho su atención y respuesta.
    Buen día para todos.

  12. Nuevo
    #268
    07/06/17 22:52

    Hola , despues de leer la informacion me surgio una duda y espero pueda ayudarme a aclararla , explico mi caso:

    Mi ultima cotizacíóń´fue en octubre de 2010;en Enero del 2013 me inscribi a la modalidad 40, estoy aportando desde esa fecha el limite para poder subir mi pension , mi plan es realizar el tramite de jubilacion en Diciembre del 2017 con 61 años cumplidos.

    Mi duda es que cuando me inscribi cumplia con el requisito de no haber pasado mas de 5 años de mi úĺtima relacion laboral , pero cuando me jubile habran pasado 7 años desde la baja.
    ¿El requisito de los 5 años es solo para la inscripcion a la modalidad 40 o tambien para el momento de jubilarte?

    Espero me puedan ayudar a resolver esta duda, gracias de antemano.

  13. en respuesta a Luisana Rodríguez
    -
    #267
    06/06/17 12:30

    te recomiendo te acerques a un asesor en pensiones que conozca del tema para que sepas realmente con que salario te des de alta en Mod. 40 y que realmente le beneficie a tu papa, te menciono que el IMSS toma en cuenta el salario de los ultimos cinco años y como comentas pagarias solo 2 años y medio en esta modalidad
    las afores cuentan con calculadoras para hacerlo acercate a la afore de tu papa y ahi te apoyaran

  14. Nuevo
    #266
    05/06/17 22:23

    Buenas noches
    Una pregunta tengo 1564 semanas cotizadas fecha baja 4 oct 2012 conservación de derechos al 2 abr 2020 último sal cotizado 1558 es necesario 1.- pagar 5 años con el salario mínimo máximo para obtener una pensión máxima ó 2.- comenzar a pagar el máximo salario mínimo a partir de ahora para obtener la máxima pensión y cuánto sería o 3.- Me dijeron en el IMSS que tendría que pagar como 388 mil para actualizar mi sal promedio.

  15. en respuesta a Fambur
    -
    Top 10
    #264
    05/06/17 16:29

    Buenas tardes,

    No hay problema, solo recuerda para la M40 o se debe tener relación laboral y hay que avisar que se quiere ingresar a este régimen voluntario.

    Saludos.

  16. Nuevo
    #263
    02/06/17 20:18

    Tengo una duda.....Puedo acceder a la modalidad 40, si he tenido varios patrones en el último año trabajado?

  17. Nuevo
    #262
    30/05/17 19:04

    Buenas tardes.
    Si actualmente estoy pagando la modalidad 40 con un sueldo de 200 pesos desde el 2012, para efectos de cotizar semanas, pero ya tengo 58 años y quiero aumentar el monto para mi pensión, mi duda es si puedo hacerlo directamente, o si solamente dejo de pagar por unos meses y después vuelvo a cotizar pero más alto, o tengo que cotizar con un patrón (cuanto tiempo) y después pagar nuevamente la modalidad 4o.
    La ley habla de que se tienen que tener mínimamente 150 semanas acreditadas en el régimen obligatorio en los últimos 5 años, no tengo patrón desde hace 8 años, pero como estoy en la modalidad 40 y esta es continuación del régimen obligatorio se supone que si tengo esas 150 semanas, si dejo de pagarlo podre entrar nuevamente a la modalidad 40 o tendré que asegurarme con un patrón por casi 3 años.(150 semanas, ya que no tengo patrón desde hace 8 años), si la modalidad 40 considera esas 150 semanas, entonces para aumentarse el monto solamente dejo de pagar o cotizo con un Patrón unos 2 meses y ya pido nuevo convenio.
    La verdad son varias dudas en un mismo caso, les agradecerá su ayuda.
    Gracias.