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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #259
    25/05/17 10:27

    Buen día, gracias por su respuesta, si mira para pagar M40 me informé que esta se paga mes tras mes al banco mediante un recibo o recordatorio de pago que entregan en ventanilla de IMSS cada año al beneficiario, lo que me gustaría saber porque lo ignoro, si yo me inscribo en M40 por internet para poder hacer dichos pagos, como obtengo o como se me harían llegar dichos recibos o recordatorios de pago cada año, ya que para mi la inscripción M40 en línea, es excelente por estar imposibilitado de trasladarme, y esto me facilita muchísimo, solo que tengo esa duda en cuanto a los recibos o recordatorios d pago, un saludo y gracias

  2. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #258
    25/05/17 09:30

    Gracias :)

  3. en respuesta a Luisana Rodríguez
    -
    Top 10
    #257
    25/05/17 06:19

    Hola Luisiana, ¿qué duda tienen? ¿sobre el proceso para inscribirse?¿ o la cantidad?

  4. en respuesta a Solojc
    -
    Top 10
    #256
    25/05/17 06:18

    Buenos días, puedes hacer el proceso por internet sin problemas, tiene la misma validez. Y en cuanto a los recibos, ¿A qué recibos te refieres exactamente? Indicame y te digo los pasos para cada uno.

  5. en respuesta a Miguel19
    -
    Top 10
    #255
    25/05/17 06:14

    Hola Miguel, puedes seguir aunque tengas 60 años siempre que cumplas el resto de requisitos. En los requisitos de la Modalidad 40, no hay ninguno que tenga relación con la edad.

  6. en respuesta a Luistruca
    -
    Top 10
    #254
    25/05/17 06:12

    Buenos días, exacto es necesario estar desempleado para hacer este tipo de aportaciones, pero puedes completar tu pensión con los planes de retiro que ofrecen aseguradoras y operadoras de fondos de inversión. También puedes realizar aportaciones voluntarias a tu cuenta individual para incrementar tu pensión y forman parte de la subcuenta de ahorro voluntario. ¿Sabes cómo hacerlo?

  7. en respuesta a Alejandro González
    -
    Top 10
    #253
    25/05/17 06:04

    Buenos días Alejandro, con gusto te ayudo en todo lo que pueda. ¿Qué dudas tienes sobre la Modalidad 40?

  8. Nuevo
    #252
    24/05/17 17:13

    Buenas tardes tengo una duda con respecto a la modalidad 40 una persona que tiene los 60 años puede utilizarla durante los 5 años siguientes para aumentar el salario con el que se va a pensionar o solo aplica para las personas que aun no llegan a los 60

  9. Nuevo
    #251
    16/05/17 22:09

    Hola, es necesario para los usuarios estar desempleados para poder hacer aportaciones voluntarias?

  10. Nuevo
    #250
    16/05/17 03:12

    Buen día, Andrea.

    Veo que manejas bien el tema de la modalidad 40, ¿brindas asesoría? me interesa para mi papá que anda ya viendo ese tema, para que pueda pensionarse con un importe mayor.

  11. Nuevo
    #249
    16/05/17 01:50

    Que tal, estoy o interesado en tomar la M40, leo k es posible, hacerlo vía internet, mis preguntas son, tiene la misma validez que hacerlo presencial?, ya que esto y imposibilitado para trasladarme o me es complicadisimo hacerlo, cumplo con todo en los requisitos para ingresar, y la otra pregunta, los recibos para pagar al banco esos como los obtengo, y estoy preguntando por todos los recibos k necesito pagar por los 3 o 4 años que mi presupuesto me alcanza, es una duda que que tengo, muchas gracias por esta página es de mucha ayuda

  12. Nuevo
    #248
    15/05/17 16:25

    Buenas tardes.

    Mi papá cumplió en abril de este año 59 años, fuimos a la delegación del IMSS para saber cuantas semanaas cotizadas tiene y son 1526 semanas, pero su salario base es bajo,el se quiere pensionar hasta los 61 años, 6 meses y un dia para que sean como con 62 años y suba al 85%, queremos dar 4,000 mensuales, en el IMSS nos dijeron que ahí no te dan ningún tipo de asesoría, nos pasaron el teléfono de una señorita pero ella le pide a mi papá cambiarse de AFORE a Banorte para poder ayudarlo, nos interesa saber una proyección de con cuanto apróximadamente se podría pensionar.

    Consideran necesario el que antes de inscribirnos en la modalidad 40 acudamos con una persona o directo solo inscribirnos.

    Saludos.

  13. en respuesta a Mary Guzman
    -
    Nuevo
    #247
    09/05/17 16:42

    saludos Mary Guzman, te dejo el link para la conservación de derechos http://www.pensionesimss.com/conservacion_de_derechos_para_pension_tiempo_imss.html te Adelanto que es de una cuarta parte del tiempo que cotizaste, en la delegación te pueden dar la constancia, respect a estar desempleada para la modalidad 40, de hecho es un requisito, no se puede estar en una relación laboral y en la modalidad 40 al mismo tiempo, pues esta esta diseñana para personas que se separaron de su empleo pero quieren seguir cotizando, y tu edad es la major, pues a los 55 años cuando se debe de empezar a a cotizar para una cesantia en edad avanzada que comienza a los 60 y asi no esperar a la jubilacion hasta los 65 años.
    te digo ademas que si por una cosa u otra pasa la etapa de la conservación de derechos, puedes recuperarlas con tan solo cotizar 52 semanas más con un patron (que sea real porque te investiga el imss para impedir la simulación de la relación laboral) espero eso resuelva tus dudas,

  14. Nuevo
    #246
    03/05/17 23:31

    buenas noches, si me pueden orientar tengo 55 años con 1207 semanas cotizadas, en mi ultimo trabajo estube hasta abril del 2015
    ¿ me puedo inscribir en modalidad 40 aunque ya no trabaje para un patron, trabajo por mi cuenta ?
    ¿ cuanto tiempo tengo para no perder mis derechos y si trabajo por mi cuenta me puedo inscribir en modalidad 40?

    le agradesco su atencion

  15. en respuesta a Anacecyra
    -
    Nuevo
    #245
    03/05/17 19:26

    si, y si espera a los 60 y medio le pensionarian como si fuera de 61 y a la vez incrementaria el salario promediode los ultimos 5 años

  16. en respuesta a juancp
    -
    Nuevo
    #244
    03/05/17 19:19

    si te convendrá, cotizaras unas 250 semanas de los 55 a los 60 , mas 300 que te faltan para llegar a los 55 y 270 que tienes, tendrias algo asi como 830 semanas, con 500 empiezas a cotizar con el 13 por ciento del salario con que cotices los ultimos 5 años y a partir de ahi tendras un aumento por cada 52 semanas excedentes, tendrias unos 6 aumentos. a salaries topados tendrias una pension de poco más de 12,000 pesos mensuales. a los 65 sería de 23,000, pero no conviene esperar y en ese cazo seria major cotizar a salaries topadso a partir de los 60

    les dejo la liga de un simulador de pension de ley del 73
    https://www.aforebanamex.com.mx/zonaAbierta/pages/simuladorPension/PORT007_simuladorPensionLey73.jsf

  17. en respuesta a betomeiki
    -
    Nuevo
    #243
    03/05/17 19:10

    tienes que cotizar un año para recuperar derechos, pero de acuerdo a la fecha de tu pregunta para ahorita ya lo tendras

  18. en respuesta a Maalice
    -
    Nuevo
    #242
    03/05/17 16:22

    yo te recomendaría cotizar en cualquier empresa de aqui a los 55 años para asi no perder 150 semanas que se reflejaran al final en incrementos anuales, ademas los 5 años de cotización de seflejara´n como 250 semanas más cotizadas. no tiene cazo pagar tres años que no te van a contar al momento del calculo de pension, y si piensas cotizar a salaries topados, estarias pagando casi 6,000 pesos!! mensuales regalarias alrededor de 200,000 pesos. yo no lo haría