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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. Nuevo
    #240
    26/04/17 13:07

    hola Andrea, espero me puedas ayudar. Estoy a 11 meses de cumplir los 60 años y tengo 1040 semanas cotizadas, quiero entrar a 1a modalidad 40 para incrementar mi salario al tope ya que el de las ultimas semanas es de 79 diarios. ¿ mi duda es cuantos meses debo cumplir como minimo para que este nuevo salio sea tomado en cuanta para mi calculo de pension?
    gracias

  2. en respuesta a Apolo Espinosa
    -
    Nuevo
    #239
    25/04/17 18:49

    Hola buenas tardes. Su servidor Ricardo Jimenez Cuellar
    Cumpli 56 años el 01/dic/2016. Termino mi relacion laboral el dia 22/mar/2017. Ultimo salario de $29,400.00 mensuales.
    Tengo cotizadas aproximadamente 1,350 semanas ante el IMSS
    ¿Que es lo que me conviene hacer en estos momentos para incorporarme a la modalidad 40, o es mejor esperar?

    Agradezco su valioso apoyo. Saludos cordiales

  3. en respuesta a Ferdbb
    -
    Nuevo
    #238
    23/04/17 18:30

    Hola, tengo 54, dejé de laborar en octubre de 2015 e inmediatamente inicié los tramites para inscribirme en la Modalidad 40, el primer año con 20 salarios y actualmente subí a 25, tengo reconocidas en el IMSS 1000 semanas, es decir que mi vigencia de derechos terminará en 2020, y es en este año (2020) que terminaré de pagar la Modalidad 40, pero yo me pensiono hasta cumplir los 60 en abril de 2022, mi duda es: la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio me otorgará el plazo necesario para no perder mis semanas cotizadas?, porque según mis cálculos tendré al 2020 más o menos 1250 semanas. Esto me dará una nueva fecha límite para pensionarme. Mucho agradeceré sus respuestas.

  4. en respuesta a Humberto Dlr
    -
    Top 100
    #237
    21/04/17 03:29

    Hola Humberto
    Todas las personas que están inscritas al Instituto Mexicano del Seguro Social pueden acceder a las Modalidad 40, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
    Haber causado baja en el régimen obligatorio, es decir, no tener una relación de trabajo cotizando al seguro social.
    Y además, hay que tener 52 semanas cotizadas como mínimo en las últimas relaciónes de trabajo cotizando al régimen obligatorio del IMSS (con uno o varios patrones).
    No deben de haber transcurrido más de 5 años de su última relación de trabajo.
    saludos

  5. en respuesta a Rosalba Alemán
    -
    Top 100
    #236
    21/04/17 03:24

    Hola Rosalba
    Si se encuentras trabajando por su cuenta y cumple los requisitos de no tener más de 5 años de la última relación laboral formal y el salario es igual o mayor al último registrado en la última relación formal de trabajo, si que puede pensionarte por el IMSS.
    saludos

  6. Nuevo
    #235
    18/04/17 18:08

    Tuve cotizaciones desde 1972 al 2003 acumulando 1362 semanas, el salario final fue de 250.00
    Del año 2003 a 2013 solo tuve cotizaciones por trabajos eventuales 16 semanas, a partir del 2014 cotize con un patrón con un salario de $209 y en mayo 2016 hasta feb 2017 realizé aportaciones en modalidad 40 con un salario de $ 700.00 ya me di de baja . tengo 62 años, mi pregunta es; se consideran los últimos años cotizados al IMSS para cálculo de pensión ; es decir los últimos del salario de 250 del 2003 y los tres últimos recientes?

  7. Nuevo
    #234
    18/04/17 17:07

    Me quiero dar de alta en modalidad 40 desde 2016 deje de cotizar y quiero pagar retroactivo, pero me dicen que hay que pagar actualizaciones por los meses anteriores, eso es correcto, y cuanto me deben de cobrar por eso, hay algún articulo de la ley del IMSS que lo mencione?.

  8. Nuevo
    #233
    15/04/17 11:13

    hola buen dia., mi esposo tiene las semanas cotizadas 1284, pero tiene mas de 11 años que no aporta., fuimos al IMSS para lo de la modalidad 40 y nos dicen que se tine que activar con un patron de nuevo por 1 año 2 meses, yo estoy dada de alta en hacienda., pero NO en el imss., les comente que si yo podia dar de Alta al Imss y luego a mi esposo y me dijeron que no, el negocio es mio, pero no pudeo darlo de ALTA por que no valdria porque somos conyuge., que tan cierto es?? y lo que me dijeron que puedo darlo de alta a El y a otro trabajador x . deve de ser asi. por favor aclaren mis dudas. Gracias

  9. Nuevo
    #232
    04/04/17 22:04

    Buenas noches, mi papá es pensionado del Seguro Social y desea darse de alta en Hacienda y formar una empresa, pero la duda es..¿si tiene alguna repercusión en el Seguro Social?
    ¿Perdería sus derechos incluyendo la jubilación?

    Gracias, Rosalba

  10. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #231
    27/03/17 20:37

    Vi un video de You Tube donde se explica que una reforma es imposible que actúe en algo estructurado no es retroactiva. La Reforma actúa a partir de la fecha donde se establece y constitucionalmente no afecte lo establecido

  11. Nuevo
    #228
    27/03/17 13:45

    Buenas tardes.
    Yo cumplo con los requisitos para registrarme en la Modalidad 40 y me gustaría hacerlo, pero les pregunto:
    Voy a cumplir 59 años, si me registro en este momento, una vez cumplidos los 60 ¿Puedo solicitar la pensión por Cesantía en Edad Avanzada? Es decir ¿Puedo hacer ese trámite inmediatamente cumplidos los 60?
    Gracias por su atención.

  12. en respuesta a Silvia Antuna
    -
    #227
    22/03/17 09:39

    Estimada Silvia:

    Sí, sí puede darse de alta en esta modalidad. Además puede pagar de forma retroactiva las aportaciones por el período que usted eligiera. Aunque por sólo dos años con un sueldo diario de cotización de $1,000.00 le costaría aproximadamente $72,000.00, lo que mejoría relativamente la cuantía de su pensión. En fin,se requiere hacerle un estudio de pensión. Pero desde luego que hay alternativas que podría significarle una pensión considerable e inmediata.

    Saludos.

    Jorge M. Martínez R.

  13. Nuevo
    #226
    21/03/17 14:07

    puedo darme de alta en la modalidad 40, si me acaban de dar de baja de mi trabajo que ganaba un sueldo bajo y tengo 65 años de edad con 714 semanas cotizadas. tengo para invertir 50mil pesos me conviene para aumentar mi pension?

  14. en respuesta a Humberto Gutiérrez
    -
    #225
    21/03/17 10:27

    En atención a sus dudas le informo:

    1.- Sí, sí importan las semanas cotizadas. Además importa el sueldo base de cotización promedio de los últimos cinco años.

    2.- Para alcanzar la pensión máxima, igual al 25 veces el salario mensual en la Ciudad de México, requiere por lo menos 30 años de cotizaciones y un sueldo promedio de los últimos cinco años topado, igual a $2,433.00 actualmente.

    3.- Sí, efectivamente, a los 60 años de edad le corresponde el 75% de pensión, a los 61 el 80%, a los 62 el 85%, a los 63 el 90%, a los 64 el 95% y a los 65 el 100%; no obstante, un análisis muy sencillo, nos permite concluir que en términos financiero y hasta personales, le conviene pensionarse a los 60 años, ya que si bien la pensión mensual es menor, recibe usted su pensión por más años (desde los 60 y no hasta los 65), lo que representa cinco años más de pensión.

    Saludos cordiales.

    Jorge M. Martínez R.

  15. en respuesta a Humberto Gutiérrez
    -
    #224
    21/03/17 09:56

    Como se le comenté en mi correo anterior, en esta modalidad 40, usted elige el plazo, uno, dos, tres años, los que usted decida, claro está, reitero, que entre más años aporte más alta será su pensión. Igualmente, entre más semanas de cotización tenga más alta será pensión. En resumen, mientras más semanas cotizadas tenga y más alto sea el promedio de su Sueldo Básico de Cotización de los últimos cinco años, más alta será la cuantía de su pensión mensual.

    Saludos cordiales.

    Jorge M. Martínez R.

  16. en respuesta a hmol58
    -
    Nuevo
    #223
    20/03/17 20:56

    En cual afore estas para así solicitar una proyección

  17. #222
    18/03/17 13:51

    Importan las semanas cotizadas para poder obtener la pensión máxima o solo depende de los cinco años de la modalidad 40 es decir si tengo 500 semanas cotizadas o si tengo 1200 semanas cotizadas, al pagar 5 años de la modalidad 40 en cualquier caso se puede obtener la máxima paensión, y si me jubilo a los 60 años me darían de cualquier manera el 75% aún en la modalidad 40. Muchas Gracias. Me comunicare con usted en cuanto pueda gracias.

  18. #221
    18/03/17 13:33

    Por favor:¿ Es forzoso pagar los 5 años de la modalidad 40 o se puede pagar solamente 3 o 4 años no importando mucho que baje el monto de la pensión a recibir, tal vez el promedio no baje mucho?