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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Erika Le Vinson
    -
    Top 10
    #100
    21/09/16 11:04

    El webinario es el día 18 de octubre a las 18 horas, pero si no puedes asistir con registrarte podrás tener acceso a la grabación al finalizar el webinario. En la siguiente liga puedes regístrate en el curso: https://www.rankia.mx/cursos/661-modalidad-40-derechos-requisitos-preguntas-frecuentes

    Deberían de haberte entregado las cuotas de obreros patronales, pero si no es así, yo reclamaría ante el IMSS para que te consiga está información. Pero puedes llamar al contador de tu anterior trabajo para saber si el tiene estos documentos y te los puede hacer llegar.

  2. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #99
    20/09/16 16:51

    En que horario será el webinario? Y como solicito estos papeles al IMSS ? No los tendra el contador de la escuela donde trabajaba? De hecho lo unico qué me dieron fue mi renuncia firmada pero desconozco qué tipo de documento es el qué me tienen que dar!

  3. en respuesta a Erika Le Vinson
    -
    Top 10
    #98
    20/09/16 09:12

    Buenos días,

    debes reclamar al IMSS que no te han llegado estos documentos para que los haga llegar.

    El día 18 de octubre tenemos un webinario sobre la Modalidad 40, allí resolveremos todas las dudas y conoceremos los principales aspectos a tener en cuenta: Modalidad 40: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

  4. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #97
    19/09/16 23:46

    No aún no!

  5. en respuesta a juancp
    -
    Top 10
    #96
    19/09/16 09:23

    Buen día juancp,

    cuanto antes empieces a cotizar, más dinero tendrás acumulado para completar tu jubilación. Por lo que yo te recomendaría empezar cuanto antes y ir así ir acumulando tu dinero. ¿Ya sabes por la cantidad que quieres cotizar?

    Un saludo.

  6. en respuesta a Erika Le Vinson
    -
    Top 10
    #95
    19/09/16 09:20

    ¿Has empezado con el trámite en la web?

  7. Nuevo
    #94
    16/09/16 09:58

    buen dia, tengo 48 años, y en julio del 2016 deje de laborar en una ermpresa en la cual estuve cotizando durante 18 meses,actualmente llevo cotizado en el imss aprox 270 semanas y me di de alta la 1ra vez antes de julio del 97. mi pregunta es si me doy de alta ahora en la modalidad 40 durante 5 años y cuando tenga 60 años solicito mi jubilaxcion ante el imss, o cuando tenga 55 años me doy de alta en esta modalidad para cotizar 5 años, que me sugiere , gracias

  8. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #93
    16/09/16 09:40

    Hola no me llego , como puedo reclamarlo o conseguirlo?

  9. en respuesta a E Aaron Campos
    -
    Nuevo
    #92
    16/09/16 09:37

    Gracias por compartirte tu expereiencia en este momento entro y lo hago! Hasta qué algo funciona como se debe ! Qué bueno qué exist an estis foros y gracias a quienes les dan seguimiento!👏👏👏

  10. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #91
    16/09/16 09:34

    Much as gracias por Misael por tu informacion!

  11. en respuesta a E Aaron Campos
    -
    Top 10
    #90
    13/09/16 08:23

    Muchas gracias por compartir tu experiencia con nosotros.

    La verdad es que es un gran avance poder realizar este tipo de trámites por internet y no perder tiempo.

    Un saludo.

  12. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #89
    12/09/16 20:35

    Hola, la verdad es rápido, no tuve que ir a mi delegacion correspondiente, entre a la página del IMSS y sin ningún problema me di de alta a Modalidad 40 tengo mi CURP i mí No. de afiliación al IMSS determinando yo, con cuantos salarios mínimos quiero aportar para mi pensión, no más de 25 salarios, la misma página me dio la opción a imprimir mi pago, el cual elegí por medio de mi banco por internet , si es rápido.
    Ya que por este trámite me cobraban 2500 pesos, gracias por la información.
    Con esta tecnología es todo más rápido

  13. en respuesta a Erika Le Vinson
    -
    Top 10
    #88
    12/09/16 11:29

    Hola,

    Mira por desgracia como ya no tienes relación laboral vigente no puedes pedir un crédito porque ese es un requisito indispensable, pero si te vuelves a emplear y cotizas al IMSS automáticamente continúas con tu historial y puedes pedir el crédito (sólo revisa cuánto tiempo debe pasar con tu nuevo patrón para pedir el crédito), así que tampoco tu Afore está en riesgo.

    En cuanto al despido injustificado, te pido que revises este post donde vienen los motivos que la ley del trabajo contempla son justificables por parte del empleador. Aquí están contempladas las nuevad modificaciones a la Ley Federal del Trabajo: https://www.rankia.mx/blog/mejores-opiniones-mexico/2802891-como-calcular-finiquito-liquidacion-laboral

  14. en respuesta a E Aaron Campos
    -
    Top 10
    #87
    12/09/16 10:51

    Perfecto, ha sido un placer ayudarte. Te invito a que compartas tus experiencias de la Modalidad 40 con todos nosotros, para que podamos saber todas las dudas y aspectos a tener en cuenta.

    Saludos.

  15. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #86
    09/09/16 16:38

    Hola, gracias por la informacion , me inscribi a modalidad 40 por internet ,ya estoy pagando mis cuotas les deseo lo hasta pronto.

    Ernesto A. Campos

    saludos

  16. en respuesta a Andrea Broseta
    -
    Nuevo
    #85
    09/09/16 16:23

    Hola, como mentcione en el mensaje anterior yo empece a trabajar en el 2003 no antes!
    Te comento qué acábo de ser despedida des pues de 5 años lo cual fue una sorpresa para mi ! Acábo de ir ayer al infonavit ya qué estoy comprarndo un depto, para esto vendi mi casa pero como ya no estoy dada de alta me dijeron qué ya perdi mi derecho al credito y los puntos qué habia acumulado y qué tendre qué volver a empezar para calificar para un credito! Por eso ahora quiero saber qué y como debo hacer para no perder mi pensión....actualmente estoy desempleada y no tengo idea si debo hacer este tramite 40 ! Ya qué todos los movimientos los hacia la escuela por mi su contador y nunca utilice mi credito Es hasta ahora que Iva a poder hacer uso pero pues me despidieron sin Darnell razon! No me dijeron nada!

  17. en respuesta a Erika Le Vinson
    -
    Top 10
    #84
    09/09/16 05:47

    Buen día Erika,

    empezaste a trabajar antes de 1 de julio de 1997?

    Las cuotas de obreros patronales son las aportaciones de seguridad social establecidas en la ley a cargo del patrón, trabajador y sujetos obligados, ¿no te llegó?

    Según el IMSS es posible retirarse a los 60 años pero con una menor pensión. ¿Estás pensando hacerlo?

    Un saludo.

  18. Nuevo
    #82
    08/09/16 15:22

    Hola, tengo 50 años hasta el pasado 12 de Julio deje de trabajar , trabaje en el 2003 hasta el 2009 con un jefe lye go deje de trabajar y fue hasta el 2011 qué trabaje de Nuevo hasta Julio de 2016 con otro jefe!
    Me conviene hacer este tramite ? Dentro de los requisitos para realization el tramite por internet lei a cerca sl recibo del Pago obrero patronal ? Cual es? Y quisiera saber si la jubilacion se puede hacer hasta los 65 o puede ser a los 60?

  19. en respuesta a E Aaron Campos
    -
    Top 10
    #81
    05/09/16 11:17

    Para iniciar las aportaciones deberás acudir a la ventanilla del IMSS. Saludos.