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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. Nuevo
    #500
    09/02/18 16:25

    tengo 1 añ en la modalidad 40, es posible incrementar el monto del salario con el que me inscribi inicialmete?

  2. Nuevo
    #499
    08/02/18 13:22

    Mi papa acaba de cumplir 60 años, y acaba de reactivar sus derechos, ya que dejo de cotizar hace algunos años, pero siempre cotizo con el minimo, tiene alrededor de 700 semanas, queremos meterlo en la modalidad 40 y pagar a tope durante 1 año o 2 max, como podemos saber la pension que le tocaria bajo estos escenarios? existe alguna calculadora para revisarlo?

  3. Nuevo
    #498
    08/02/18 00:39

    Hola Andrea
    Espero aún puedas resolver dudas sobre la modalidad 40, yo tengo 43 años, en 31 de marzo del 2016 me dieron de baja desde entonces no trabajo, entiendo que comencé a laborar antes de julio del 97, Valdrá la pena inscribirme en la modalidad 40?

    Agradeceré mucho tu respuesta

  4. Nuevo
    #497
    01/02/18 16:23

    Hola Tengo 60 años y 902 semanas de cotización, ya no trabajo desde hace 3 meses y quiero tramitar mi jubilación, ¿puedo pagar la modalidad 40 de los años que no cotice en el IMSS?, o ¿solo se pagan los años en curso?

  5. Nuevo
    #496
    01/02/18 10:34

    Actualmente cotizo en el IMSS, si dejo de cotizar cumpliendo los sesenta años puedo inscribirme en la modalidad 40 y hacer un pago único para pensionarme con una mejor percepción?

  6. en respuesta a Manuel Siu
    -
    Top 10
    #495
    31/01/18 22:19

    Hola,

    Si necesita algo más aquí seguimos para ayudarle.

    Saludos.

  7. Nuevo
    #494
    30/01/18 19:35

    Agradezco su comentario y orientación. Saludos

  8. en respuesta a Angelica Diaz
    -
    Top 10
    #493
    29/01/18 19:57

    Hola,

    Para que no pierda el derecho a la M40 puede suspenderse, pero después debe pagarlo.

    Es un compromiso de pagos que se maneja de esa manera.

  9. en respuesta a Nancy Erika
    -
    Top 10
    #492
    29/01/18 19:35

    Hola,

    No puede, la modalidad 40 es sólo para aquellos que están balo la ley vieja del IMSS, es decir para quienes entraron a cotizarle al IMSS antes del 1 de julio de 1997, en tu caso al apenas comenzar a cotizar en 2017 estás en generación afore, por tanto no puedes tener M40.

    Saludos.

  10. en respuesta a Manuel Siu
    -
    Top 10
    #491
    29/01/18 19:32

    Hola,

    Es conveniente con sus antecedentes para así subir su pensión.

    Sólo recuerde no tener relación laboral con un patrón para poder hacerlo.

    Cualquier duda o asesoría estamos a sus órdenes.

    Saludos.

  11. #490
    29/01/18 01:12

    La modalidad 40 prevista en la Ley del Seguro Social está dirigida a las personas que se encuentran sin relación de trabajo y tienen como objetivo, seguir cotizando al IMSS para continuar acumulando sus derechos para obtener una cuantiosa pensión por Cesantía o Vejez.

  12. Nuevo
    #488
    25/01/18 22:30

    Hola! Tengo 44 años y en mis trabajos anteriores nunca tuve prestaciones de ley, por lo que nunca había cotizado en IMSS hasta en diciembre del 2017. No alcanzaré a cotizar 1250 semanas como requisito al llegar a mis 60 años. Mi pregunta es: Puedo aplicar la modalidad 40 de los 60 a 64 años y completar las 208 semanas faltantes y poder pensionarme? Agradeceré la ayuda.

  13. Nuevo
    #487
    24/01/18 20:00

    Buenas tardes. Una consulta: Recién cumplí 60 años, aún tengo relación laboral y estoy inscrito al IMSS. Es conveniente optar por la Modalidad 40? Puedo hacerlo a pesar de que ya cumplí los 60 años y tengo el número necesario de semanas cotizadas? Ya quisiera retirarme, pero me calculan una pensión muy baja si lo hago. Agradeceré sus comentarios

  14. Nuevo
    #486
    24/01/18 07:38

    He cumplido un año pagando la modalidad 40, quisiera suspender por un año o dos, pues en este momento no puedo seguir pagando., pero me informan en ventanilla que si suspenso cuando desee reanudar debo pagar el tiempo que se me de pagar y en una sola exhibicion. Es asi???

  15. Nuevo
    #485
    18/01/18 09:00

    Buen dia

    Disculpen mi madre tiene mas de 2 años que esta pagando su seguro para poder pensionarse dentro de la modalidad 40, nuestra pregunta es se puede pagar mas para poder recibir un poco mas de pensión? ya que cuando fue hacer todo el tramite para inscribirse a la modalidad la persona que la atendio del IMSS nunca le comento ni le explico que si daba cierta cantidad esa iba hacer hasta que terminara y que no podia pagar mas, pero investigando nos haz dicho que si se puede aumentar solo que es algo complicado ya que hay que meter una demanda y obviamente ganarla.. es cierto eso? nos podrian apoyar.

    En espera de sus comentarios quedo a sus ordenes.

  16. en respuesta a Martin Zafiro
    -
    Top 10
    #484
    15/01/18 21:19

    Lo que sucede es que para gozar de la M40 es necesario que ya no tenga una relación laboral con ningún patrón ante el IMSS, por eso se le llama "continuación o régimen voluntario" y él al estar cotizando al IMSS por medio de este patrón está en el "régimen obligatorio".

    Lo que muchos hacen es que cuando dejan de laborar para un patrón, siguen trabajando por fuera sin cotizar al IMSS y desde ahí aportan a su M40. Tal vez sea el camino que debe seguir, que lo valore para que analice si es lo que más le conviene.

    Saludos.

  17. en respuesta a Martin Zafiro
    -
    Top 10
    #483
    15/01/18 20:59

    Hola,

    Ah, esto que me acaba de decir lo cambia todo. Para tramitar la M40 lo primero es que no debe tener un patrón, así que podrá hacerlo cuando deje de laborar, cuando eso suceda la solicita y ya le dirán paso a paso qué debe hacer.

    Nosotros seguimos orientándole con gusto.

    Saludos.

  18. Nuevo
    #482
    15/01/18 14:54

    Hola! Que me recomiendas? Tengo 58 años, ya cotice más de 1560 semanas en el IMSS, hace seis meses deje de cotizar al imss. Los últimos seis años el salario de cotización fue el máximo (estaba topado). Quiero recibir mi pensión al máximo. Así que las preguntas que te hago son: 1. Lo mejor es optar ya por la opción 40 y depositar lo maximo al imss hasta que yo tenga 63 años y recibir alrededor de 50 mil pesos? 2. Porque en las instrucciones de afiliación al imss se señala que tengo hasta 5 años para empezar a depositarle al imss? Esto no afectará el lo Toby que recibiré al pensionarme? Esto lo pregunto porque entiendo que la referencia que toma el imss es el salario cotizado en los últimos cinco años. Entonces dual sería si yo en cinco años ya tendré 63 años.

  19. en respuesta a Jczamora
    -
    Nuevo
    #481
    15/01/18 12:43

    Puede estar en el régimen voluntario ?