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Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

La Modalidad 40 del IMSS (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio) te permite seguir cotizando para mejorar tu pensión. Te explicamos cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de 25 UMA, las coberturas y cómo registrarte y pagar en línea.
Modalidad 40 del IMSS
Si dejaste de cotizar al IMSS y quieres asegurar o mejorar tu pensión, existe la Modalidad 40 del IMSS, cuyo nombre correcto es Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Aquí te explicamos en qué consiste, cuánto cuesta en 2026, sus requisitos, el tope de cotización y cómo registrarte y pagar en línea.
Puntos clave
  • Qué es: sigues cotizando para invalidez y vida y para retiro, cesantía y vejez, sumando semanas y elevando tu salario promedio.
  • Cuánto cuesta en 2026: 14.438% del salario que elijas, un porcentaje que sube cada año hasta 18.8% en 2030.
  • Tope: puedes cotizar hasta 25 UMA (2,932.75 pesos diarios en 2026).
  • Ojo: no incluye servicios médicos ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT).

¿En qué consiste la Modalidad 40 del IMSS?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, con lo que acumulas semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual. 

El pago es mensual sobre el salario que decidas registrar, que no puede ser menor a tu último salario base de cotización ni mayor al tope de ley (25 UMA). La pueden usar tanto quienes cotizaron bajo la Ley de 1973 como bajo la de 1997, aunque en la práctica la aprovechan sobre todo los de la Ley de 1973, cuya pensión depende del salario promedio de las últimas 250 semanas.

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El costo ha ido subiendo cada año por la reforma de pensiones de 2020, que eleva de forma escalonada la aportación de cesantía y vejez hasta 2030. En 2026, el pago equivale al 14.438% del salario base que elijas (frente al 10.075% que se cobraba hasta 2022). Se calcula así: salario diario × 30.4 × 14.438%.
Año
Porcentaje de cotización
2020 a 2022
10.075%
2023
11.166%
2024
12.256%
2025
13.347%
2026
14.438%
2027
15.528%
2028
16.619%
2029
17.709%
2030 (tope)
18.800%
El salario máximo con el que puedes cotizar es de 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios; el mínimo es tu último salario base de cotización. Al tope, el pago mensual ronda los 12,700 pesos.

Derechos y coberturas

La Modalidad 40 te da derecho a seguir en los seguros de invalidez y vida y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a acumular semanas de cotización, a registrar el salario base que desees y a que se hagan aportaciones a tu Afore.

No incluye servicios médicos (seguro de enfermedades y maternidad) ni aportaciones a la vivienda (INFONAVIT), por lo que conviene resolver tu cobertura médica por separado.

Requisitos

  • Haber causado baja del régimen obligatorio (no tener una relación laboral cotizando al IMSS).
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años.
  • Solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja ante el IMSS.

Si pasaron más de 5 años sin cotizar, deberás estar dentro de la conservación de derechos; si la perdiste, tendrás que reactivarte en el régimen obligatorio durante un año para recuperar tus semanas.

Cómo registrarte y pagar

El trámite de inscripción inicial puede hacerse en línea, en el portal de Servicios Digitales del IMSS, con tu CURP, NSS y correo electrónico; la resolución llega en unos 5 días hábiles. También puedes hacerlo de forma presencial en la Subdelegación.

Como novedad, desde 2025 el IMSS habilitó el pago en línea de la Modalidad 40, sin necesidad de acudir a ventanilla o banco.

¿A quién le conviene?

Suele convenir a quienes están en la Ley de 1997, tienen menos de 60 años, aún no reúnen las semanas requeridas (875 en 2026, en aumento hasta 1,000 en 2031) y no están cotizando; y a quienes están en la Ley de 1973 con un salario promedio bajo. 

En cambio, si ya tienes las semanas necesarias bajo la Ley de 1997, los expertos no suelen recomendarla. Recuerda que, una vez elegido el salario, no podrás modificarlo, así que analiza bien tu caso.

Causas de término

La continuación voluntaria termina por solicitud del asegurado, por dejar de pagar las cuotas durante dos meses o por reingresar al régimen obligatorio. 

Si causas baja por mora y quieres volver, deberás pagar las cuotas atrasadas con recargos.

Preguntas frecuentes


El 14.438% del salario base que elijas. Es un porcentaje que sube cada año por la reforma de 2020, hasta llegar al 18.8% en 2030. Se calcula como salario diario × 30.4 × 14.438%.


Hasta 25 UMA, que en 2026 equivalen a 2,932.75 pesos diarios. El mínimo es tu último salario base de cotización.


Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, estar dado de baja del régimen obligatorio y solicitarlo dentro de los 5 años siguientes a tu baja.


No. Solo cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. No incluye servicios médicos ni aportaciones a INFONAVIT; debes resolver tu cobertura médica por separado.

Fuentes consultadas:
  • IMSS. Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (gob.mx/imss) y Servicios Digitales.
  • Reforma de pensiones 2020: incremento gradual de cuotas 2023-2030.
  • INEGI. Valor de la UMA 2026.
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  1. en respuesta a Alfonso Morfin Heras
    -
    Top 100
    #1480
    30/08/19 11:37

    En teoría sí se puede, pero eso a todas luces es una simulación laboral y al hacerlo corres un GRAN riesgo de que el IMSS te niegue pensión alguna ... y tampoco te devolverían lo que hubieras pagado de M40 ni te contarían las semanas cotizadas durante la M40. Espero haberme explicado.

  2. en respuesta a Linda23
    -
    Top 100
    #1479
    29/08/19 14:18

    Hola Linda. Por tu edad estoy casi segura que perteneces a la Ley 97. Si esto fuera así, a tí no te conviene la modalidad 40.

  3. Nuevo
    #1478
    29/08/19 11:19

    Buenos dias:
    Actualmente estoy pagando la Modalidad 40 al tope y me pregunta si puedo hacer lo siguiente:
    1) Darme de baja dejando de pagando hasta SEP-19
    2) Al mes siguiente, OCT-19, registrarme en el Regimen Obligatorio por 2 meses, hasta NOV-19, con el Salario Minimo diario de $102 y
    3) Recontratar la Modalidad 40 con el Salario Minimo Diario de $84.49 por unos 2 años, para luego darme de baja y dejar de pagarla 2 meses
    4) Recontratar la Modalidad 40 con 25 UMAS por otros 5 años
    Saludos y gracias de antemano por su respuesta

  4. Nuevo
    #1477
    28/08/19 10:02

    Buenas tardes soy rosy tengo 35 años y 215 semanas cotizadas trabajo como empleado pero no me dan prestaciones y contrate modalidad 40.esta bien eaa modalidad para cotizar unos años y podria después darme de baja unos mese y después volver a inscribirme con un mejor salario ? Que cree que me convenga mas. O si podría darme asesoría de éso se lo agradeceria.

  5. Nuevo
    #1476
    27/08/19 22:30

    si me ofrece el imss pensionarme por invalidez parcial permanente podria inscribirme a la modalidad 40 para tener una mejor pension

  6. en respuesta a Oscarjavier
    -
    Top 100
    #1475
    26/08/19 13:42

    En el papel deben de devolvértelas, en los hechos es más complicado que lo que parece. Te sugiero acudas a la CONDUSEF.

  7. #1474
    25/08/19 22:49

    solicite un préstamo por deseempleo años atrás y devolví el importe años mas tarde por lo cual me deswcontaron 83 semanas de cotización, y hasta la fecha se han negado por parte del imms a devolvemerlas, aduciendo que es cuestios de
    la procesa, y yo no se que es eso. Ayuda.

  8. en respuesta a Misael Mora
    -
    Top 100
    #1473
    21/08/19 18:50

    Hola Misael. El número de IMSS es único en la vida, no cambia. Si el 'alta' de la persona fue en el 82 como nos indica Raulim, le toca la ley 73 ... independientemente si halla reingresos o no. Saludos :)

  9. en respuesta a Raulim
    -
    Top 10
    #1472
    20/08/19 19:25

    Lo más probable es que por ese reingreso le toque la nueva Ley.

  10. en respuesta a Letita06
    -
    Top 10
    #1471
    20/08/19 18:57

    Para poder estar en la M40 debiste empezar a cotizar antes del 1 de Julio de 1997, ¿es tu caso?

  11. en respuesta a Raulim
    -
    Top 100
    #1470
    19/08/19 10:34

    Si su NSS es 6482, le aplica la ley 73.
    Habría que checar su historial laboral para que sepa a ciencia cierta si le conviene o no la modalidad 40.

  12. Nuevo
    #1469
    16/08/19 12:31

    Buen día, tengo un caso de una persona que no recuerda cuando se dio de alta con un patrón por primera vez, aunque su NSS comienza con 6482... según esto si le conviene modalidad 40, sin embargo en su reporte de semanas cotizadas, viene como "reingreso" a partir de 2004. Que ley le aplicaría para su pensión? 73 o 97?. Saludos.

  13. en respuesta a Francisco Herrera S
    -
    Top 100
    #1468
    15/08/19 17:49

    Reclamar el error no ... lo que puedes hacer es dejar de pagar 2 meses la M40 y con eso te dan de baja automáticamente. Al tercer mes vas de nuevo a darte de alta y pides que te registren con el salario que tú quieras (sólo vé preparado con el $$$ suficiente para que pagues los 3 meses ese mismo día)

  14. en respuesta a Letita06
    -
    Top 100
    #1467
    14/08/19 18:59

    Necesitas cotizar solamente 18 meses con un patrón para recuperar tus derechos; después de los 18 meses, ya te puedes inscribir en la M40.

  15. en respuesta a R2d2piz1961
    -
    Nuevo
    #1466
    14/08/19 18:56

    Hola!!
    Quizá necesite cotizar unos años y no sólo los 18 meses que comenta Maty, que me den de baja y ya inscribirme en M40 lo que falte.
    Muchas gracias por tu comentario, es muy útil

  16. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #1465
    14/08/19 18:48

    Te agradezco mucho, ha sido de mucha utilidad tu msj.

  17. en respuesta a R2d2piz1961
    -
    Top 100
    #1464
    14/08/19 14:03

    La pregunta de ella NO fue si le conviene o no le conviene (eso depende de varios factores, para lo cual requiere un estudio de pensión) Ella lo que preguntó es qué tenía que hacer para ingresar a la M40.

  18. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    #1463
    14/08/19 13:58

    Maty en respuesta a Letita06 ella te comenta que tiene 47 años esta en la ley 73, si cotiza con un patrón 18 meses tendría que entrar a la modalidad 40 casi por 10 años.Realmente le conviene ?. Ya que una vez que entre con el salario que ella desee no lo podrá modificar después

  19. Nuevo
    #1462
    14/08/19 13:34

    solicite modalidad 40 con 2015 pesos, el imss me registro con 1826 se puede reclamar al imss

  20. en respuesta a Letita06
    -
    Top 100
    #1461
    14/08/19 12:22

    Ok ... Lo que debes hacer es volver a cotizar al IMSS por medio de un patrón por 18 meses. Al terminar este tiempo, que tu patrón te dé de baja y entonces podrás inscribirte a la Modalidad 40.