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¿Cómo funciona el sistema de pensiones en México?

El sistema de pensiones lo administraban el IMSS o el ISSSTE. Hoy en día existe un sistema de capitalización individual, donde los trabajadores realizan aportaciones a empresas financieras privadas.
Antes de 1997, el sistema de pensiones en México era gestionado por el IMSS e ISSSTE, pero las pensiones resultaban insuficientes. Para mejorar los rendimientos, se instauró un sistema de ahorro individual, permitiendo que los trabajadores aporten a las Afores (Administradoras de Fondos para el Retiro). Estas entidades, autorizadas por la Secretaría de Hacienda y reguladas por la CONSAR, gestionan los ahorros de los trabajadores para su retiro. 
 

Funcionamiento de las Afores en 2024 

Las Afores son instituciones financieras dedicadas a administrar los ahorros para el retiro de los trabajadores. Cada trabajador tiene una cuenta individual en una Afore, donde se acumulan las contribuciones realizadas por el empleador, el gobierno y el propio trabajador

Aportaciones 

Las aportaciones a las cuentas de Afore provienen de: 
  1. Trabajador: Contribuye con el 1.125% de su salario base. 
  2. Empleador: Aporta el 5.15% del salario base. 
  3. Gobierno: Aporta el 8.725% del salario base. 
Estas contribuciones se acumulan en cuentas personales y se invierten en diversos instrumentos financieros para garantizar el ahorro a largo plazo. 

Subcuentas en las Afores 

 Las Afores se dividen en cuatro subcuentas principales: 
 1. Subcuenta de Retiro, Vejez y Cesantía
  • Empleador: Contribuye 2% para el retiro y 3.15% para cesantía y vejez. 
  • Gobierno: Aporta 0.225% para cesantía y vejez, además del 5.5% del salario mínimo. 
  • Trabajador: Aporta 1.125%. 
2. Subcuenta de Aportaciones Voluntarias:
Los trabajadores pueden realizar aportaciones adicionales sin límites específicos, y estas contribuciones son deducibles de impuestos. Las aportaciones pueden realizarse cada 2 o 6 meses. 
3. Subcuenta de Vivienda: 
El empleador aporta el 5% del salario base, destinado al Infonavit. Estos fondos pueden ser utilizados para solicitar un crédito para vivienda. 
4. Subcuenta de Aportaciones Adicionales o Complementarias:
Estas aportaciones pueden ser realizadas por el trabajador o el patrón y se invierten en Siefores (Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro). 

Reforma del Sistema de Pensiones (IMSS) 

El 16 de diciembre de 2020 se publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación reformando el sistema de pensiones del IMSS, que entró en vigor el 1 de enero de 2021. Los cambios principales incluyen: 
  1. Edad de Retiro: Se mantiene a partir de los 60 años
  2. Semanas de Cotización: Se reducen de 1,250 a 750 semanas en 2021, incrementándose gradualmente hasta 1,000 semanas en 2031. 
  3. Pensión Mínima Garantizada: Ahora se calcula según la edad, semanas de cotización y salario promedio, con un rango de $2,622 a $8,241. Esta cantidad se ajusta anualmente según el Índice Nacional de Precios al Consumidor. 
  4. Aportaciones al Seguro de Cesantía y Vejez
  • Trabajador: Se mantiene en 1.125%. 
  • Empleador: Aumenta gradualmente desde 2023, alcanzando hasta 11.875% en 2030. 
  • Estado: La cuota social se reestructura a partir de 2023, aplicándose solo a trabajadores con ingresos hasta 4 UMAS (Unidades de Medida y Actualización). 

Elección de Afore 

Si un trabajador no elige una Afore, la CONSAR asignará una con el mejor rendimiento neto disponible, aunque el trabajador puede solicitar el cambio de Afore después de un plazo de 1 año de permanencia en la Afore en la que la CONSAR eligió.
 
Como podemos ver, con estas reformas y la estructura de las Afores, el sistema de pensiones en México busca mejorar la seguridad financiera de los trabajadores al momento de su retiro, ofreciendo opciones más flexibles y rendimientos competitivos. 

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  1. en respuesta a victor brizuela
    -
    Top 10
    #2
    13/02/17 12:34

    Hola,

    En cuanto a la primera pregunta no eres de la ley 73, ello es exclusivamente para quienes comenzaron a cotizar al IMSS antes del segundo semestre de 1997.

    En cuanto a la segunda duda más bien te preguntaría ¿cuál es el propósito de tu ahorro? pues puedes hacerlo en Afore, UDIS, inevertir en Bolsa, fondos de inversión, Cetes, etc. pues pienso que el objetivo de tu ahorro te dirá qu+e es lo que te conviene más.

    Dime cuál es tu meta de inversión y así podría orientarte mejor.

    Saludos.

  2. #1
    04/02/17 01:24

    Buenas noches, tengo 2 preguntas tal vez un poco distintas una a la otra, la primera sobre la afore: ¿PUEDO PERTENECER A LA LEY 73 DEL SEGURO SOCIAL?, en mi estado de cuenta de la afore me llega indicando que soy generacion de transicion y me desglosa lo de invalidez y cesantia en edad avanzada ; el punto es que nunca he cotizado antes del 1 de julio del 1997, solo me incribi al seguro facultativo durante la preparatoria, y sospecho que por esa razon me llega mi esstado de cuena de la AFORE como transicion(mi numero de seguro social empieza con 049276)

    la segunda pregunta es:¿ donde o como puedo ahorrar en UDIS o me conviene ahorrar en mi AFORE(SURA)?

    Saludos y gracias por sus comentarios :)

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