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Pensión IMSS: Ley 1973 vs 1997 (requisitos y diferencias)

Pensión IMSS: Ley 1973 vs 1997 (requisitos y diferencias)

¿Te conviene más pensionarte por la Ley del IMSS de 1973 o por la de 1997? Te explicamos los requisitos de cada esquema, cómo se calcula la pensión y las diferencias clave, incluida la actualización de las semanas de cotización tras la reforma de pensiones.
Pensión IMSS: Ley 1973 vs 1997 (requisitos y diferencias)
Si cumples 60 años (cesantía en edad avanzada) o 65 años (vejez) y estás asegurado en el IMSS, puedes solicitar tu pensión. Sus características y beneficios cambian según la ley que te aplique: la Ley del IMSS de 1973 o la Ley del IMSS de 1997. Aquí te explicamos los requisitos de cada una, cómo se calcula la pensión y cuál puede convenirte más.
Puntos clave
  • Quién elige: quienes empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 pueden pensionarse por la Ley de 1973 o la de 1997; quienes cotizaron después, solo por la de 1997.
  • Semanas de cotización: la Ley de 1973 pide 500 semanas; la de 1997 pide 875 en 2026, cifra que sube gradualmente hasta 1,000 en 2031.
  • Cómo se calcula: en 1973, con el salario promedio de los últimos 5 años; en 1997, con el saldo de tu cuenta individual (Afore) más rendimientos.
  • Cuál conviene: depende de tu vida laboral; conviene comparar antes de solicitar la pensión.

Evolución del régimen de pensiones del IMSS: 1973 vs 1997

Varios factores impulsaron el cambio de la Ley de 1973 a la de 1997: el aumento de la esperanza de vida y la caída de la tasa de natalidad, que ponían en riesgo la sostenibilidad del sistema.

Bajo la Ley de 1973, las pensiones se financiaban con las cuotas de los trabajadores en activo (reparto). Con la Ley de 1997 el sistema pasó a ser de cuentas individuales: cada trabajador financia su pensión con lo que acumula en su Afore.

Pensiones: Ley del IMSS de 1973


Requisitos para pensionarte bajo la Ley de 1973

  • Haber empezado a cotizar al IMSS antes del 1 de julio de 1997.
  • Tener un mínimo de 60 años de edad.
  • Contar con al menos 500 semanas cotizadas reconocidas ante el IMSS.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio.
  • Conservar tus derechos vigentes.

Cuando se te autoriza la pensión, es el Gobierno Federal, a través del IMSS, quien la calcula (según tu salario promedio de los últimos años y tu edad) y quien la paga.

Monto de la pensión de la Ley de 1973

El cálculo se basa en el salario promedio de las últimas 250 semanas (unos 5 años), más varios factores:
  • Cuantía básica: un porcentaje del salario promedio, según la tabla del artículo 167 de la Ley de 1973.
  • Incrementos anuales: por las semanas cotizadas por encima de 500 (a más semanas, mejor pensión).
  • Asignaciones familiares: aumentan el importe de la pensión.
  • Además, puedes disponer en una sola exhibición de los recursos de Retiro 97, Retiro 92 y Vivienda 92.
Monto de la pensión de Ley del IMSS 1973

Pensiones: Ley del IMSS de 1997


Requisitos para pensionarte bajo la Ley de 1997

  • Haber cotizado el mínimo de semanas vigente: 875 semanas en 2026, cifra que aumenta cada año hasta llegar a 1,000 en 2031. (Antes de la reforma de pensiones de 2020 se exigían 1,250 semanas.)
  • Tener entre 60 y 65 años cumplidos.
  • Conservar tus derechos vigentes.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio.
  • Encontrarte privado de trabajo remunerado.

En la Ley de 1997 la pensión se paga a través de una aseguradora o Afore, y su monto depende de lo acumulado en tu cuenta individual. Si al cumplir 60 años no reúnes las semanas requeridas, no podrás pensionarte por cesantía o vejez, pero podrás retirar el saldo total de tu cuenta individual o seguir cotizando hasta completarlas. Ten en cuenta que, si esos recursos no se reclaman al cumplir 70 años, se transfieren al Fondo de Pensiones para el Bienestar; la SCJN confirmó en agosto de 2026 que el dinero sigue siendo del trabajador y puede solicitar su devolución en cualquier momento.

Ley del IMSS 1973 vs 1997: ¿cuál me conviene?

Quienes empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 pueden elegir entre ambos esquemas; quienes lo hicieron después, se pensionan por la Ley de 1997. Esta es una comparación de sus principales diferencias:
Concepto
Ley del IMSS de 1973
Ley del IMSS de 1997
Semanas cotizadas requeridas
500
875 en 2026 (aumenta hasta 1,000 en 2031)
Cálculo de la pensión
Salario promedio de los últimos 5 años
Saldo de la cuenta individual (Afore) más rendimientos
Asignaciones familiares
Sí
No
Aguinaldo (un mes adicional de pensión)
Sí
No
Duración de la pensión
Vitalicia
Según la modalidad y el cálculo de esperanza de vida
Pensión para beneficiarios (viudez, orfandad)
Sí
Sí, mediante el seguro de sobrevivencia
Actualización de la pensión
Anual, conforme a la inflación
Depende de la modalidad de retiro elegida
¿Cuál conviene más? Depende de cada persona. Por ejemplo, quien hizo aportaciones importantes a su cuenta individual puede obtener una mejor pensión con la Ley de 1997; en cambio, quien no alcanzó las semanas requeridas o tuvo un buen salario en sus últimos 5 años puede verse más beneficiado por la Ley de 1973. Conviene comparar ambos escenarios antes de solicitar la pensión.

Si quieres saber cómo retirar todo el dinero de tu Afore, no te pierdas este artículo.

Preguntas frecuentes


En 2026 se requieren 875 semanas de cotización. Este mínimo aumenta de forma gradual cada año hasta llegar a 1,000 semanas en 2031. Antes de la reforma de pensiones de 2020 se exigían 1,250 semanas.


Quienes empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y conservan sus derechos vigentes. Quienes cotizaron por primera vez después de esa fecha se pensionan por la Ley de 1997.


Depende de tu historia laboral. La Ley de 1973 suele convenir a quien tuvo un salario alto en sus últimos años y no acumuló mucho en su Afore; la de 1997 favorece a quien ahorró e invirtió bien en su cuenta individual.


En la Ley de 1973, con el salario promedio de las últimas 250 semanas (unos 5 años). En la de 1997, con el saldo acumulado en tu cuenta individual y sus rendimientos.

Fuentes consultadas:
  • Ley del Seguro Social (1973 y 1997) e IMSS (gob.mx/imss).
  • CONSAR. Reforma de pensiones 2020 y transición de semanas de cotización (gob.mx/consar).
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  1. en respuesta a Esther Tadeo
    -
    Top 10
    #60
    12/07/18 00:32

    Hola,

    Es correcto, ya que para solicitarla no se debe estar trabajando para nadie.

    Saludos.

  2. Nuevo
    #59
    08/07/18 06:11

    Buenos das , tengo una duda, a mi me registraron en el Imss en 1994, pero empecé a cotizar en 1998, mi duda es cual rey me corresponde la del 73 o la del 97?

  3. Nuevo
    #58
    05/07/18 14:28

    buenas tardes quiero saber si pago modulo 40 con salario 25 vsm. Inicie actividades 1986 trabajos eventuales; deje de trabajar 27-11-2013. Actualmente estoy trabajando en una empresa inicie 26-09-2017 para conservación de derechos para pensión, con un salario de $104.20 el 20-09-2017 solicité semanas cotizadas acumuladas tengo 471 y edad tengo 60 años cumplidos en sept. 2018 dejaré de laborar con patrón y pagar voluntariamente modulo 40 con salario 25 vsm. meses de Oct.2018 a Mayo 2019. y solicitar mi pensión con ese salario. estoy en lo correctó, esa es mi duda....

  4. en respuesta a Amalia Durán Guzmán
    -
    Top 10
    #57
    05/07/18 11:48

    Hola,

    Necesito más datos para darle un cálculo aproximado:

    1. Cuál es su afore.
    2. Saldo actual de su afore.
    3. fecha de nacimiento.
    4. Año de afiliación.
    5. Edad.
    6. Años cotizados.

    Saludos.

  5. Nuevo
    #56
    05/07/18 03:03

    Y como puedo acceder ala penaion que da el gobierno si me pensiono con la ley de 1997

  6. Nuevo
    #55
    02/07/18 16:46

    Nunca recibo una respuesta en tiempo y forma, espero este no sea el caso. Mi pregunta es. Si me pensiono a los 60 años con 830 semanas cotizadas y 479.00 salario diario. Cual seria mi monto de pensión mensual? Gracias de antemano

  7. en respuesta a Misael Mora
    -
    Nuevo
    #54
    19/06/18 10:26

    si estoy cotizando para el imss no puedo usar modalidad 40?

  8. en respuesta a Anónimo 753596
    -
    Nuevo
    #53
    28/05/18 14:06

    Gracias por la respuesta..saludos

  9. en respuesta a Laura23
    -
    Nuevo
    #52
    Anónimo 753596
    23/05/18 11:38

    Si puedes elegir Ley 73 o bien Ley 97, solamente las personas que empezaron a cotizar a partir o después del 1° de julio de 1997, les corresponde la Nueva Ley.

  10. Nuevo
    #51
    22/05/18 00:56

    Si mi alta en el imss fue el 24/06/97 entro en la ley del 73??

  11. en respuesta a Nekochuchu65
    -
    Nuevo
    #50
    Anónimo 753596
    21/05/18 13:58

    Si puedes seguir cotizando después de obtener tu PENSION por Cesantía en edad avanzada y retirar una vez al año tus aportaciones mas rendimientos de la Afore.

  12. Nuevo
    #49
    18/05/18 11:07

    Buenos días. Si una persona se pensiona por ley 73 con 25 salarios, que porcentaje pagará de impuesto y a partir de cuántos salarios?

  13. Nuevo
    #48
    02/05/18 23:42

    Cual sería la diferencia entre pensionarse temporalmente por invalidez por la ley de immss del 73 y la del 97?

  14. Nuevo
    #47
    17/04/18 00:47

    hola
    estoy por pensionarme, estoy en modadidad 40 y este mes me doy de baja,. hace 7 años pedi desempleo a la afore y me dio 7000 mil pesos y me desconto el imss38 semanas,pedi un reporte de semanas cotizadas al imss y ahi dice que tengo 751 y me rebajan 38 y quedan 713.
    un empleado de ahi de la subdelegacion me dijo que como yo me voy a pensionar por la ley 73 me pensionarian con las 751 semanas, que solo a los que se pensionan por la ley del 97 les rebajan las semanas y tienen que pagarlas . es verdad eso? yo tengo la intencion de pagar para que no me las rebajen , pero si de todas maneras no las rebaja pues asi lo dejo. es verdad eso???'

  15. Nuevo
    #46
    10/04/18 12:32

    Un amigo fue al IMSS para gestionar su pensión por cesantía y ya tiene 59 años y 7 meses, pero le dijeron que se tiene que esperar a los 60 años exactos. El artículo 171 de la Ley del 73, que es la que le aplica, estipula "Se aumentará un año a los cumplidos cuando la edad los exceda en seis
    meses." ¿Qué es lo correcto?

  16. Nuevo
    #45
    07/04/18 01:36

    Me pensionaron por invalides con una pension temporal de 2 años pero no me preguntaron que ley queria y me dieron la pension con ley 97 pero yo cotizo desde el 92. En que me puede afectar si al termino de esta pension deciden darme la definitiva? Puedo exigir que me den la definitiva con la ley 73? Y si no me dan la definitiva y regreso al trabajo en que me afecta tener esta pension temporal ley 97? Tengo 43 años

  17. Nuevo
    #44
    02/04/18 11:18

    Buenos días, una pregunta relacionada. Mi número de seguro social indica que fui dada de alta en 1995, pero empecé a laborar después del 97. En este caso es posible pensionarte con la ley del 73?
    Gracias

  18. Nuevo
    #43
    21/03/18 15:58

    deseo saber si con la ley 73 al retirarme en jubilación por sesentia podría trabajar sin perder mi pensión ya que no me alcanza el dinero y aun creo poder trabajar

  19. Nuevo
    #42
    14/03/18 17:49

    Buenas tardes si cotice como empleado y luego me di de alta como empresario por un año ( actualmente estoy dado de baja ) y continuo cotizando como empleado . Tendré algun problema al pensionarme por la ley 73

  20. Nuevo
    #41
    26/02/18 13:37

    Estimados amigos de Rankia

    ¿Dónde puedo conocer las reglas de operación de las modalidades de retiros programados y renta fija de la ley de 1997?

    Lo que me interesa saber es: ¿Cuánto dinero estaré recibiendo mensualmente una vez que me jubile?