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Pensiones: Ley del IMSS 1973 vs 1997

Si tienes más de 60 años o 65 años cumplidos y estas asegurado bajo el sistema de pensiones, puedes solicitar tu pensión por Cesantía en Edad Avanzada o la pensión de Vejez, respectivamente. Las características y beneficios de dichas pensiones variarán según la ley a la que se encuentren sujeta, ya sea la Ley del IMSS 1973 o la Ley del IMSS 1997.

En el siguiente espacio explicaremos la diferencia entre pensionarse bajo la Ley del IMSS de 1973 o pensionarse bajo la Ley del IMSS de 1997. ¿Cuáles son los requisitos para pensionarse bajo la Ley del IMSS de 1973? ¿Y para pensionarse bajo la Ley del IMSS de 1997? ¿Qué me conviene más estar bajo la Ley del 1973 o la Ley del 1997?

 

Pensiones: Ley IMSS 1973 vs 1997

 

 

Evolución del régimen de pensiones del IMSS: 1973 vs 1997

Hay diversas situaciones que provocaron el cambio de la Ley del IMSS a la Ley del IMSS de 1997. Situaciones como el incremento promedio de esperanza de vida de los mexicanos (59 años en 1960 a 80 años para 2030) o la disminución de las tasas de natalidad (de 6.8 en 1970 a 3.4 en 1990), que generaron preocupación por la insostenibilidad del sistema de pensiones. Ya que, estas situaciones suponen un crecimiento desproporcionado de los pensionados respecto a la población económicamente activa.

Debido a ello, la Ley del Seguro Social sufrió importantes cambios en lo referente al esquema de pensiones. Mientras que, con la Ley de 1973, el financiamiento de las pensiones provenía de las cuotas de los trabajadores en activo. Con la nueva Ley de 1997 se estableció que el sistema sería autofinanciable. Por tanto, los recursos vendrán de la administración de los recursos que cada trabajador tuviera en su cuenta individual.

 

Pensiones: Ley del IMSS de 1973

Requisitos para cotizar bajo la Ley del IMSS 1973

Para cotizar bajo la Ley del IMSS de 1973 debes de cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber empezado a cotizar antes el IMSS antes del 1 de Julio de 1997.
  • Tener un mínimo de 60 años de edad.
  • Contar como mínimo con 500 semanas cotizadas reconocidas ante el IMSS.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Haber estado inscrito al amparado de la Ley de Seguro Social vigentes hasta el 30 de junio de 1997.
  • Poseer sus derechos vigentes.

Cuando hayas cubierto los requisitos y te sea autorizada la pensión, es el Gobierno Federal a través del IMSS el que calculará tu pensión, según tu salario promedio de los últimos cinco años y la edad al momento del retiro. También será el encargado de pagar tu pensión.

 

Monto de la pensión de Ley del IMSS 1973

Hay que tener en cuenta que para el cálculo de la pensión con la Ley de 1973 se realiza con base al salario promedio de los últimos cinco años, pero existen otros factores adicionales para su determinación. Los factores para determinar el monto de la pensión en la Ley del IMSS de 1973 son los siguientes:

  • Promedio salarial últimas 250 semanas cotizadas: este promedio se utiliza para determinar la base para los factores que explicaremos a continuación. Por tanto, es importante que el salario base de los últimos cinco años sea el más alto posible.
  • Cuantía básica: La cuantía básica corresponde a un porcentaje del salario promedio. Para conocer este porcentaje debemos revisar la tabla establecida en el artículo 167 de la Ley del SS de 1973.
  • Incremento anual: este incremento se genera si tenemos semanas adicionales a 500. A más semanas cotizadas mejor será nuestra pensión.
  • Asignaciones familiares: las asignaciones familiares también aumentan el importe de la pensión.
  • Además, tienes derecho a disponer en una sola exhibición de los recursos de retiro 97, retiro 92 y vivienda 92. 
  • Por último, los recursos correspondientes al nuevo sistema de pensiones, que están en tu afore, se remitirán al Gobierno Federal para que sea el IMSS el que pague tu pensión.

Ley del IMSS de 1973

 

Pensiones: Ley del IMSS de 1997

Requisitos para cotizar bajo la Ley del IMSS 1997

A continuación, conoceremos las características y los requisitos que hay que cumplir en la Ley del IMSS de 1997. Para cotizar bajo la Ley del IMSS de 1997 debes cumplir los siguientes requisitos: 

  • Haber cotizado un mínimo de 1.250 semanas de cotización.
  • Tener 60 a 65 años cumplidos.
  • Tener los derechos vigentes.
  • Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Se encuentre privado de trabajo remunerado.

En este caso, en la Ley del IMSS de 1997 el pago de la pensión será a través de una aseguradora o Afore. La cantidad que recibas dependerá del monto que tengas acumulado en la cuenta individual que administra tu fondo. Por tanto, perderás tus aportaciones anteriores a 1997.

Además, en caso de no haber reunido las 1.250 semanas de cotización al momento de cumplir los 60 años, no estará apto para recibir una pensión por Edad Avanzada o Vejez, pero podrá retirar el momento total de su Cuenta Individual o seguir cotizando hasta cumplir con las semanas requeridas para el otorgamiento de la pensión.

 

Ley del IMSS 1973 vs 1997: ¿cuál me conviene?

Las personas que empezaron a cotizar antes de la entrada en vigor de la Ley del 1997, podrán optar por pensionarse de acuerdo a la Ley del IMSS del 1973 o la Ley del IMSS de 1997. Mientras que las personas que empezaron a cotizar después de esa fecha se pensionarán por la Ley del IMSS 1997. 

 

 

Ley del IMSS de 1973

Ley del IMSS de 1997

Semanas cotizadas requeridas

500

1250

Cálculo de la Pensión

Salario Promedio últimos 5 años

Monto ahorrado en la cuenta individual (Afore) más los rendimientos obtenidos

Asignaciones familiares

No

Si

Pago adicional de aguinaldo equivalente a un mes de pensión

Si

No

Duración de la Pensión

Vitalicia

Dependiendo del cálculo inicial de esperanza de vida del asegurado

Pensión de viudez

Si

No

Actualización de la Pensión

Anual conforme a la inflación

No se actualiza

 

Para las personas que pueden elegir el sistema de pensiones… ¿Qué les conviene más estar bajo la Ley del 1973 o bajo la Ley del 1997?

Esta consideración depende exclusivamente del pensionado, pues, las características de cada pensión pueden beneficiar a una persona o a otra según las condiciones de su vida laboral activa y de las cotizaciones que realizó a lo largo de la misma. Por ejemplo, para una persona que haya realizado aportes importantes a su cuenta individual tendrá una pensión mayor utilizando la Ley de 1997. Sin embargo, una persona que no alcanzó a cotizar las 1.250 semanas, o sus últimos 5 años de vida laboral gozó de un buen salario podrá ver más beneficiosa la Ley de 1973.

 

Entonces, aquellas personas que se hayan asegurado antes del 1 de julio de 1997 con derechos vigentes y deseen solicitar su pensión por Edad Avanzada o Vejez, deberán elegir cuál esquema de pensiones desean adquirir, dependiendo de la conveniencia que obtengan por sus beneficios o los requisitos que hayan logrado alcanzar. Así que, ¿Piensan que fue necesario el cambio de ley para el sistema de pensiones? Si tienen alguna sobre la Ley del IMSS de 1973 y la Ley del IMSS de 1997, no duden en consultarnos.

 

Vídeo: Ley del IMSS 1973 vs 1997

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  1. en respuesta a Jcerrite
    -
    Top 100
    #160
    04/12/19 13:20

    Al momento de pensionarte por la Ley 73 tendrás que tramitar aparte en tu Afore el retiro de tus recursos.

  2. Nuevo
    #159
    03/12/19 22:03

    Saludos.

    Mi primer trabajo lo tuve el 16 de julio de 1997; ¿Quiere decir que por 15 días no entro en la ley 73?

  3. Nuevo
    #158
    20/11/19 01:02

    En qué artículo de la ley se sustenta el derecho de la viuda a escojer bajo que régimen elegir la pensión por viudes y para la elecciones del regimen es antes de la solicitud de pensión o después de que se otorga resolución ( o por defaul la otorga el instituto)
    Gracias

  4. en respuesta a Jcerrite
    -
    Top 100
    #157
    19/11/19 09:34

    Ve a tu Clínica y pide que te den tu fecha de alta.

  5. Nuevo
    #156
    19/11/19 01:02

    Hola, que pasa si te jubilas con la ley 73 y ya tienes una AFORE? se puede disponer de ambos? hay alguna restriccion?

  6. en respuesta a Teresaaceves
    -
    Nuevo
    #155
    19/11/19 01:00

    hola, como saber cuando empezaste a cotizar? yo se que fue en el año 97 pero no recuerdo el mes...

  7. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #154
    12/11/19 11:43

    Excelente, mil gracias.

  8. en respuesta a Teresaaceves
    -
    Top 100
    #153
    12/11/19 10:50

    Si las condiciones del contrato con tu empresa sí lo permiten, sí. Lo tienes que ver con ellos.

  9. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #152
    12/11/19 10:29

    Ahhh, muy bien yo estaba confundiendo las cosas.

    Pero entonces se puede uno jubilar y pensionar?

  10. en respuesta a Teresaaceves
    -
    Top 100
    #151
    12/11/19 10:14

    A ver ... 'jubilación' y 'pensión' son dos cosas bien distintas. JUBILACIÓN es la prestación que muchas empresas dan por años específicos trabajados con ellos; estas jubilaciones son con sus propias reglas y tiempos.
    La PENSIÓN es la que proporcionan el IMSS o el ISSSTE por años cotizados.
    Si tú estás hablando de JUBILACIÓN, eso lo tienes que ver con la empresa con la cual trabajas.
    Si estás hablando de PENSIÓN del IMSS por ley 73, esto es a partir de los 60 años.

  11. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Nuevo
    #150
    12/11/19 10:10

    Muchas gracias, me habían comentado que podía jubilarme a los 30 años de servicio, eso es verdad?

  12. en respuesta a Teresaaceves
    -
    Top 100
    #149
    12/11/19 09:56

    Con la ley 73 te puedes pensionar a partir de los 60 años.

  13. en respuesta a Arturo Sánji78
    -
    Top 100
    #148
    12/11/19 09:55

    Si tu alta fue efectivamente hecha en junio del 97, sí eres ley 73. Sólo checa que administrativamente ante el IMSS fuiste dado de alta con esa fecha. La fecha que vale es la interna del IMSS.

  14. Nuevo
    #147
    11/11/19 17:52

    Buenas tardes, yo empece a cotizar en el seguro social desde 1991 y cuento con 536 semanas cotizadas en el seguro social, me puedo jubilar con la ley del 73 ya o hasta que cumpla los 60 año?

    Gracias.

  15. Nuevo
    #146
    01/10/19 21:58

    Buenas noches mi duda es
    Comencé a cotizar al imss en junio de 1997 y la ley entró en vigor el 01 de julio de 1997 puedo pensionarme con la ley 73?

  16. en respuesta a Cristianroa23
    -
    Top 100
    #145
    12/09/19 09:20

    Te sugiero que si ella comenzó a cotizar en el 97, cheques muy bien si su alta al IMSS fue entre enero y junio ...o entre julio y diciembre. Dependiendo de eso es la ley por la cual podrías reclamar algo y ambas leyes difieren en los montos.

  17. en respuesta a Cristianroa23
    -
    Top 10
    #144
    12/09/19 08:51

    Hola,

    Lo primero es que establezcas qué tú eres el beneficiario legal porque el IMSS se lo da a él, y además en tu caso eres concubino.

    Lee primero esto y me cuentas.

    https://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/3518727-como-saber-quien-beneficiario-afore

    Y es muy, muy importante que leas esta información:
    https://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/3043518-si-trabajador-tiene-varias-esposas-quien-hereda-pension-muere

    Saludos y sigo orientándote.

  18. Nuevo
    #143
    11/09/19 13:06

    Hola buenas tardes mi concuvina lamanetablemente fallecio y tenemos una niña me dicen que ella cotizo desde el 97 con esa ley y viendo me doy cuenta que no alcanzo pension por viudez esto es cierto ??

  19. en respuesta a Maty Rodriguez
    -
    Top 100
    #142
    07/09/19 11:58

    Para ambos trámites, tu papá deberá estar físicamente presente.

  20. en respuesta a Carloshdz10
    -
    Top 100
    #141
    07/09/19 11:57

    Primero debes confirmar que estés vigente en tus derechos pensionarios. Si es así, ya te puedes pensionar.
    A tí no te conviene hacer aportaciones a la Afore, lo que te podría convenir (si reúnes los requisitos) es la Modalidad 40.


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