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Pensiones: Ley del IMSS 1973 vs 1997

Si tienes más de 60 años o 65 años cumplidos y estas asegurado bajo el sistema de pensiones, puedes solicitar tu pensión por Cesantía en Edad Avanzada o la pensión de Vejez, respectivamente. Las características y beneficios de dichas pensiones variarán según la ley a la que se encuentren sujeta, ya sea la Ley del IMSS 1973 o la Ley del IMSS 1997.

En el siguiente espacio explicaremos la diferencia entre pensionarse bajo la Ley del IMSS de 1973 o pensionarse bajo la Ley del IMSS de 1997. ¿Cuáles son los requisitos para pensionarse bajo la Ley del IMSS de 1973? ¿Y para pensionarse bajo la Ley del IMSS de 1997? ¿Qué me conviene más estar bajo la Ley del 1973 o la Ley del 1997?

 

Pensiones: Ley IMSS 1973 vs 1997

 

 

Evolución del régimen de pensiones del IMSS: 1973 vs 1997

Hay diversas situaciones que provocaron el cambio de la Ley del IMSS a la Ley del IMSS de 1997. Situaciones como el incremento promedio de esperanza de vida de los mexicanos (59 años en 1960 a 80 años para 2030) o la disminución de las tasas de natalidad (de 6.8 en 1970 a 3.4 en 1990), que generaron preocupación por la insostenibilidad del sistema de pensiones. Ya que, estas situaciones suponen un crecimiento desproporcionado de los pensionados respecto a la población económicamente activa.

Debido a ello, la Ley del Seguro Social sufrió importantes cambios en lo referente al esquema de pensiones. Mientras que, con la Ley de 1973, el financiamiento de las pensiones provenía de las cuotas de los trabajadores en activo. Con la nueva Ley de 1997 se estableció que el sistema sería autofinanciable. Por tanto, los recursos vendrán de la administración de los recursos que cada trabajador tuviera en su cuenta individual.

 

Pensiones: Ley del IMSS de 1973

Requisitos para cotizar bajo la Ley del IMSS 1973

Para cotizar bajo la Ley del IMSS de 1973 debes de cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber empezado a cotizar antes el IMSS antes del 1 de Julio de 1997.
  • Tener un mínimo de 60 años de edad.
  • Contar como mínimo con 500 semanas cotizadas reconocidas ante el IMSS.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Haber estado inscrito al amparado de la Ley de Seguro Social vigentes hasta el 30 de junio de 1997.
  • Poseer sus derechos vigentes.

Cuando hayas cubierto los requisitos y te sea autorizada la pensión, es el Gobierno Federal a través del IMSS el que calculará tu pensión, según tu salario promedio de los últimos cinco años y la edad al momento del retiro. También será el encargado de pagar tu pensión.

 

Monto de la pensión de Ley del IMSS 1973

Hay que tener en cuenta que para el cálculo de la pensión con la Ley de 1973 se realiza con base al salario promedio de los últimos cinco años, pero existen otros factores adicionales para su determinación. Los factores para determinar el monto de la pensión en la Ley del IMSS de 1973 son los siguientes:

  • Promedio salarial últimas 250 semanas cotizadas: este promedio se utiliza para determinar la base para los factores que explicaremos a continuación. Por tanto, es importante que el salario base de los últimos cinco años sea el más alto posible.
  • Cuantía básica: La cuantía básica corresponde a un porcentaje del salario promedio. Para conocer este porcentaje debemos revisar la tabla establecida en el artículo 167 de la Ley del SS de 1973.
  • Incremento anual: este incremento se genera si tenemos semanas adicionales a 500. A más semanas cotizadas mejor será nuestra pensión.
  • Asignaciones familiares: las asignaciones familiares también aumentan el importe de la pensión.
  • Además, tienes derecho a disponer en una sola exhibición de los recursos de retiro 97, retiro 92 y vivienda 92. 
  • Por último, los recursos correspondientes al nuevo sistema de pensiones, que están en tu afore, se remitirán al Gobierno Federal para que sea el IMSS el que pague tu pensión.

Ley del IMSS de 1973

 

Pensiones: Ley del IMSS de 1997

Requisitos para cotizar bajo la Ley del IMSS 1997

A continuación, conoceremos las características y los requisitos que hay que cumplir en la Ley del IMSS de 1997. Para cotizar bajo la Ley del IMSS de 1997 debes cumplir los siguientes requisitos: 

  • Haber cotizado un mínimo de 1.250 semanas de cotización.
  • Tener 60 a 65 años cumplidos.
  • Tener los derechos vigentes.
  • Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Se encuentre privado de trabajo remunerado.

En este caso, en la Ley del IMSS de 1997 el pago de la pensión será a través de una aseguradora o Afore. La cantidad que recibas dependerá del monto que tengas acumulado en la cuenta individual que administra tu fondo. Por tanto, perderás tus aportaciones anteriores a 1997.

Además, en caso de no haber reunido las 1.250 semanas de cotización al momento de cumplir los 60 años, no estará apto para recibir una pensión por Edad Avanzada o Vejez, pero podrá retirar el momento total de su Cuenta Individual o seguir cotizando hasta cumplir con las semanas requeridas para el otorgamiento de la pensión.

 

Ley del IMSS 1973 vs 1997: ¿cuál me conviene?

Las personas que empezaron a cotizar antes de la entrada en vigor de la Ley del 1997, podrán optar por pensionarse de acuerdo a la Ley del IMSS del 1973 o la Ley del IMSS de 1997. Mientras que las personas que empezaron a cotizar después de esa fecha se pensionarán por la Ley del IMSS 1997. 

 

 

Ley del IMSS de 1973

Ley del IMSS de 1997

Semanas cotizadas requeridas

500

1250

Cálculo de la Pensión

Salario Promedio últimos 5 años

Monto ahorrado en la cuenta individual (Afore) más los rendimientos obtenidos

Asignaciones familiares

No

Si

Pago adicional de aguinaldo equivalente a un mes de pensión

Si

No

Duración de la Pensión

Vitalicia

Dependiendo del cálculo inicial de esperanza de vida del asegurado

Pensión de viudez

Si

No

Actualización de la Pensión

Anual conforme a la inflación

No se actualiza

 

Para las personas que pueden elegir el sistema de pensiones… ¿Qué les conviene más estar bajo la Ley del 1973 o bajo la Ley del 1997?

Esta consideración depende exclusivamente del pensionado, pues, las características de cada pensión pueden beneficiar a una persona o a otra según las condiciones de su vida laboral activa y de las cotizaciones que realizó a lo largo de la misma. Por ejemplo, para una persona que haya realizado aportes importantes a su cuenta individual tendrá una pensión mayor utilizando la Ley de 1997. Sin embargo, una persona que no alcanzó a cotizar las 1.250 semanas, o sus últimos 5 años de vida laboral gozó de un buen salario podrá ver más beneficiosa la Ley de 1973.

 

Entonces, aquellas personas que se hayan asegurado antes del 1 de julio de 1997 con derechos vigentes y deseen solicitar su pensión por Edad Avanzada o Vejez, deberán elegir cuál esquema de pensiones desean adquirir, dependiendo de la conveniencia que obtengan por sus beneficios o los requisitos que hayan logrado alcanzar. Así que, ¿Piensan que fue necesario el cambio de ley para el sistema de pensiones? Si tienen alguna sobre la Ley del IMSS de 1973 y la Ley del IMSS de 1997, no duden en consultarnos.

 

Vídeo: Ley del IMSS 1973 vs 1997

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  1. en respuesta a Roberto Hm
    -
    Top 100
    #140
    07/09/19 11:56

    Tristemente es una práctica muy común en nuestros días. Lo que puedes hacer (si es que te quieres meter en ese rollo) es ir al IMSS y demandar a tu ex-patrón.

  2. en respuesta a Margarita Lizama Cha
    -
    Top 100
    #139
    07/09/19 11:54

    Puedes recuperar tus derechos pensionarios pero debes de darte de alta ante el IMSS por medio de un patrón por un lapso de 18 meses. Recuerda que para tener la pensión mínima necesitas 500 semanas cotizadas.

  3. en respuesta a Carlosmp66
    -
    Top 100
    #138
    07/09/19 11:53

    Necesitas cotizar ante el IMSS por medio de un patrón por un mínimo de 12 o 18 meses (dependiendo de cuántos años tengas sin cotizar) Esto es necesario para que recuperes tus derechos pensionarios y puedas pensionarte.

  4. en respuesta a Alberto Rios
    -
    Top 100
    #137
    07/09/19 11:51

    Al momento de pensionarte te entregarán también en una sola exhibición lo que tengas en tu afore (exepto el rubro de Cesantía y Vejez)

  5. en respuesta a Alex Garciaram
    -
    Top 100
    #136
    07/09/19 11:50

    Claro que te conviene quedarte con el número de 1996 !!! Tienes que ir a la subdelegación y pedir una unificación de cuentas.

  6. en respuesta a Jackmes14
    -
    Top 100
    #135
    07/09/19 11:49

    Sí claro, tiene derecho a pensión del IMSS siempre y cuando sus derechos pensionarios estén vigentes.

  7. en respuesta a Marlene17
    -
    Top 100
    #134
    07/09/19 11:46

    El tercer y cuarto dígito de tu número de afiliación al IMSS dice en qué año te diste de alta. Con ese dato tienes la respuesta :)

  8. en respuesta a Fidehdz
    -
    Top 100
    #133
    07/09/19 11:45

    Hola. Para poderte pensionar tienes que estar vigente en tus derechos pensionarios ya sea con un patrón o por la Modalidad 40 (si es que aplicas para ella)

  9. en respuesta a Jeherreras79
    -
    Top 100
    #132
    07/09/19 11:43

    Hola. Con 500 semanas cotizadas alcanzarás la pensión mínima garantizada de un salario mínimo. Cuando te pienses pensionar (a los 60 años si así lo decides) tendrás que estar vigente en tus derechos pensionarios.

  10. en respuesta a Esther A.M.
    -
    Top 100
    #131
    07/09/19 11:42

    Hola Esther. Para saber con cuánto se pensionará tu mamá es necesario que se haga un estudio de pensión. A tus órdenes.

  11. en respuesta a Sergio007
    -
    Top 100
    #130
    07/09/19 11:41

    Hola. Debes de recuperar tus derechos pensionarios para lo cual tienes que cotizar al IMSS por medio de un patrón durante 18 meses.

  12. en respuesta a Alicia1966
    -
    Top 100
    #129
    07/09/19 11:40

    Te entregan todo, excepto lo que está bajo el concepto de 'Cesantía y Vejez'

  13. en respuesta a Gustavo Armas
    -
    Top 100
    #128
    07/09/19 11:39

    La edad mínima son 60 años.

  14. en respuesta a Imurakawa
    -
    Top 100
    #127
    07/09/19 11:39

    Si tu mamá firmó por ley 97, ya no hay nada que se pueda hacer. Al terminarse el saldo, ya no recibirá pensión.

  15. en respuesta a Don Rodriguez
    -
    Top 100
    #126
    07/09/19 11:37

    La mínima garantizada.-

  16. en respuesta a Armando Mv
    -
    Top 100
    #125
    07/09/19 11:37

    Hola Armando. Los dígitos tercero y cuarto de tu número de IMSS dicen en qué año estás dado de alta. Si es antes del 96, eres generación 73.

  17. en respuesta a Elizabeth Pat
    -
    Top 100
    #124
    07/09/19 11:04

    Hola Elizabeth. En tu caso es muy importante que te hagas un estudio de pensión para que tengas en claro qué estrategia es la que más te conviene para que obtengas la máxima pensión posible.

  18. en respuesta a Karyrodrizo
    -
    Top 100
    #123
    07/09/19 11:02

    Para que tu papá pueda recibir pensión, la única opción es que cotice 12 meses con un patrón en México para que así pueda recuperar sus derechos de pensión. Después de esto, se puede inscribir en la modalidad 40 con un salario mayor para mejorar su pensión.

  19. en respuesta a Chryss
    -
    Top 100
    #122
    07/09/19 10:59

    Para esto debe de ir tu papá a la subdelegación que le corresponda y pedir una búsqueda de semanas de forma manual. Le pedirán fechas y datos de dónde trabajó. Este trámite puede tardar meses, pero sí es efectivo.

  20. Nuevo
    #121
    03/09/19 16:37

    Si yo estoy en con la ley de 1973 y ya tengo los 60 como se hace el proceso para pensionarte? que instituciones administradoras convienen mas?

    Puedes hacer aportaciones a la afore para que aumente tu pension (ley 73)?

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